Connect with us
Casos de éxito

Contrato de arrendamiento de vivienda urbana celebrado con el Decreto Boyer, desde 9 de mayo de 1985. Demanda de desahucio por resolución del contrato de arrendamiento al expirar el plazo contractual

Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




Casos de éxito

Contrato de arrendamiento de vivienda urbana celebrado con el Decreto Boyer, desde 9 de mayo de 1985. Demanda de desahucio por resolución del contrato de arrendamiento al expirar el plazo contractual



AUTOR: www.ksolucion.es

SUMARIO:



1.- El Caso

1.1.- Supuesto de Hecho



1.2.- Objetivo. Cuestión planteada



1.3.- La estrategia del Abogado

2.- El Procedimiento Judicial

2.1.- Partes

2.2.- Peticiones Realizadas

2.3.- Argumentos

2.4.- Normativa

2.5.- Documentación

2.6.- Prueba

2.7.- Resolución Judicial

3.- Jurisprudencia relacionada con el caso

4.- Documentos jurídicos

5.- Biblioteca

6.- Formulario: Demanda de reclamación de cantidad por daños y perjuicios derivados de vicios ocultos en una vivienda

 

1.- El Caso

1.1.- Supuesto de Hecho

Barcelona

El 20 de diciembre de 1985, Doña Ana, como propietaria de un inmueble destinado a vivienda ubicado en la ciudad de Barcelona, suscribe un contrato de arrendamiento con termino “indefinido” con Doña Teresa acordando el pago de un precio total de renta anual, dividida en mensualidades adelantadas, renovaciones consecutivas, solo interrumpidas por la notificación previa de las partes en su deseo de finalizar el mismo. En el año 2006 Doña Ana decide vender el inmueble a la empresa “casita SL”, por lo que decide finalizar la relación contractual con Doña Teresa. Tomando en consideración el contenido del contrato firmado, Doña Ana comunica la recisión del contrato mediante Burofax, sin llegar a una solución negociada con Doña Teresa. Una vez adquirida la propiedad del inmueble por “Casita SL”, esta emprende las acciones legales correspondientes.

1.2.- Objetivo. Cuestión planteada

El cliente es Doña Teresa y sus pretensiones son:

  • Que no se revoque el contrato de arrendamiento al que se encuentra sujeto que está firmado con Doña Ana.
  • Que se le permita seguir viviendo en el inmueble objeto del conflicto.

1.3.- La estrategia del Abogado

 

Si bien el Abogado conoce  que el contrato fue firmado con posterioridad a la entrada en vigor del real Decreto Ley 2/1985 de 30 de abril, de Medidas de Política Económica, decide exponer ante el Juzgador que no sólo se analice de manera aislada el documento jurídico en cuestión bajo los efectos de la referida Ley, sino que se tome en cuenta las circunstancias en las que se celebró el referido contrato en aras de analizar la real voluntad de las partes.

2.- El Procedimiento Judicial

Orden Jurisdiccional: Civil.

Juzgado de inicio del Procedimiento: Juzgado de Primera Instancia de Barcelona.

TIPO DE PROCEDIMEINTO: Juicio Verbal de resolución de contrato de arrendamiento de vivienda urbana por finalización del plazo contractual.

FECHA DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO: 17/01/2007.

2.1.- Partes

Parte Demandante

–       Casita SL

Parte Demandada

–       Doña Teresa (arrendataria)

2.2.- Peticiones Realizadas

Parte demandante

  • Que se estimen los hechos y fundamentos expuestos en su demanda y se declare extinguido el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes el 20 de diciembre de 1985, respecto del inmueble en cuestión, por finalización de su duración contractual.
  • Se condene a Doña Teresa  a que desaloje el piso en autos, dejándolo libre, vaco y expedito a disposición de la actora. Procediendo, en caso contrario a su lanzamiento a su costa.
  • Se condene a la expresa imposición de las costas de este procedimiento a la demandada.

Parte demandada

  • La desestimación de la demanda impuesta por la actora, a efecto de determinar el contrato de arrendamiento ya referido.
  • Se condene al pago de costas de este procedimiento a la demandante.

2.3.- Argumentos

La parte actora en su demanda fundamenta sus peticiones en los siguientes argumentos:

  • En cuanto a la duración del contrato, expresada bajo la fórmula indefinido, debe ser llevada al contexto histórico de su fijación, en el mismo año en que entró en vigor el Real Decreto Ley 2/1985, que permite su finalización en cualquier tiempo, por lo que el adjetivo que califica la duración se refiere tan sólo a su carácter indeterminado, y no a la estipulación de prórroga forzosa.

 

  • Nos hallamos ante la causa de desahucio que previene el artículo 1569 del Código Civil, al haber expirado el término convencional establecido para la duración del contrato.

 

Parte demandada

  • Los interesados pactaron, bajo la fórmula de señalar que el plazo del contrato se convenía “por tiempo indefinido”, la concesión al arrendatario del derecho prorrogar a su voluntad el contrato anualmente, habida cuenta que fijaron la renta en anualidades pagaderas en doce mensualidades.

    ...

    CONTENIDO EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES

    BUSINESS MENSUAL
    14,99€ ELEGIR PLAN
    Pago mensual
    BUSINESS ANUAL
    149€ ELEGIR PLAN
    Pago único
    BUSINESS BRAND ANUAL
    299€ ELEGIR PLAN
    Pago único

Última hora jurídica



Recibe nuestra newsletter de forma gratuita