Contrato de Trabajo: demanda de despido improcedente
"En fecha 25 de enero de 1996 las partes celebraron un contrato de trabajo por tiempo indefinido para ocupar el puesto de auxiliar de clínica"
(Foto: Economist & Jurist)
Contrato de Trabajo: demanda de despido improcedente
"En fecha 25 de enero de 1996 las partes celebraron un contrato de trabajo por tiempo indefinido para ocupar el puesto de auxiliar de clínica"
(Foto: Economist & Jurist)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 15-02-2021
- Materia: Derecho Social
- Especialidad: / Derecho Social / Contrato de Trabajo
- Número: 13229
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: DESPIDO IMPROCEDENTE
- Documentalista: Andoni Osinaga
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho
- Lleida, 25-01-1996
En fecha 25 de enero de 1996 las partes celebraron un contrato de trabajo por tiempo indefinido para ocupar el puesto de auxiliar de clínica. El 2 de enero de 2019 se entregó a la parte actora una comunicación de despido alegando ineptitud sobrevenida por tres procesos de incapacidad temporal. Tras un intento de conciliación previa, la parte actora presentó una Demanda por despido improcedente. Admitida a trámite la Demanda se citó a las partes a actos de conciliación y juicio donde se presentaron documentos de prueba, la parte actora ratificó su Demanda y la parte demandada se opuso a ella.
Objetivo: cuestión planteada
Desde el primer momento el objetivo de la parte demandante es que se mande citar a las partes demandadas para que comparezcan al acto de conciliación previo y subsiguiente juicio donde se declare el despido como improcedente.
La estrategia: solución propuesta
- Orden Jurisdiccional: Social
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de los social de Lleida
- Tipo de procedimiento: Despido/ Cese en general
- Fecha de inicio del procedimiento: 01-02-2019
Partes
Demandante:
- Trabajadora
Demandados:
- Centro sociosanitario
- Organismo autónomo
Peticiones realizadas
Demandante:
- Declare el despido por improcedente condenando a la empresa a que a su elección la readmita en el mismo puesto y condiciones de trabajo, más el abono de los salarios de tramitación, o abones la indemnización máxima legal.
- Mande citar a las partes para que comparezcan al acto de conciliación previo y subsiguiente juicio.
- Imposición del pago de las costas del proceso
Demandado:
Argumentos
Demandante:
- Prestación de sus servicios durante 23 años de forma ininterrumpida
- Improcedencia en el despido debido a la valoración de ineptitud según un puesto de trabajo diferente al de la parte actora .
- El primer proceso de incapacidad temporal fue causado por Cervicalgia tras la cual recibió el apta para trabajar
- Segundo proceso de incapacidad temporal fue causado por accidente no laboral tras el cual recibió el apta para trabajar
- Tercer proceso de incapacidad temporal fue causado por accidente laboral, tras el cual recibió indicaciones de restricciones médicas pero la empresa no modificó su situación laboral.
- No acudieron las partes demandadas a los intentos de conciliación
Demandado:
- La empresa había solicitado una nueva revisión al servicio médico de prevención de riesgos laborales para que realizara una nueva evaluación médica a fin de valorar su estado de salud actual y, en su caso, adoptar todas las medidas de protección necesarias, incluido de ser necesario un posible cambio de puesto de trabajo.
- La demandante debía avisar a su superior cuando no podía realizar una acción
- Se ofreció a la demandada trabajar en la recepción, trabajo que rechazó porque suponía cambio de horario y trabajar los fines de semana.
- Fue calificada como «no apta» tras una contractura muscular dorsal
Normas y artículos relacionados
- Artículo 52. Extinción del contrato por causas objetivas. , Artículo 53. Forma y efectos de la extinción por causas objetivas. , Artículo 56. Despido improcedente. , Artículo 52. Extinción del contrato por causas objetivas. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Prueba
Demandante
- Carta de despido
- Solicitud de conciliación
- Acta de resolución
- Interrogatorio del legal representante del centro
- Recibos de salarios desde enero 2017 hasta enero de 2019
- Boletines cotización Seguridad Social
- Revisiones médicas desde 2016
Estructura procesal
Resolución Judicial
- Fecha de la resolución judicial: 15-02-2021
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Se estima la Demanda interpuesta por la parte demandante condenando a la citada empresa a que readmita a la parte actora en el mismo puesto y condiciones de trabajo que regían antes del despido, o la indemnice en la cantidad de 8.684,36 euros.
Dicha opción deberá ser ejercitada en el plazo de cinco días desde la notificación de esta Sentencia, mediante escrito presentado en este Juzgado o comparecencia; en caso de que la demandada no ejercite ningún tipo de opción de forma expresa, se entenderá que procede la readmisión. En caso de optar por la readmisión, se condena a la empresa demandada a que, además, abone a la parte demandante los salarios dejados de percibir por ésta desde el día siguiente al del despido hasta el día en que se notifique esta Sentencia, ambos inclusive, y la mantenga en situación de alta en la Seguridad Social durante el período correspondiente a tales salarios.
Se absuelve al organismo autónomo y se imponen al centro las costas del proceso y los honorarios del Letrado de la parte contraria (300€).
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
La absolución del organismo autónomo se fundamenta en la inexistencia de constancia en este proceso de que haya una situación de insolvencia empresarial legalmente declarada ni el inicio de vía administrativa ante aquél, tiene el carácter preventivo que se desprende del artículo 23 LRJS.
El juez o tribunal impondrán las costas del proceso a la parte que no hubiere comparecido sin causa justificada, incluidos honorarios, hasta el límite de seiscientos euros, del letrado o graduado social colegiado de la parte contraria que hubieren intervenido.
Tras la declaración de «no apta» la empresa no realizó ninguna actuación en orden a su reubicación a pesar de la existencia de puestos vacantes.
Jurisprudencia
- Tribunal Superior de Justicia de Canarias, núm. 824/2004, de 09-09-2004. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 194940
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 04-11-2010. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2247765
Formularios jurídicos relacionados con este caso
Biblioteca
Libros
Artículos jurídicos
- La readmisión del trabajador tras un despido improcedente (septiembre 2017)
- Despido objetivo por absentismo laboral (abril 2017)
Casos relacionados
- Demanda de juicio ordinario accionando nulidad de condiciones generales de la contratación y reintegro de cantidades abonadas indebidamente en el marco de préstamo hipotecario contra entidad bancaria «Cláusula suelo». Estimación íntegra de la demanda. Cláusula de interés de demora y Cláusula de vencimiento anticipado de préstamo hipotecario en escritura de compraventa, subrogación y novación.
- Demanda de juicio ordinario accionando nulidad de condiciones generales de la contratación y reintegro de cantidades abonadas en gastos hipotecarios. «Cláusula suelo». Allanamiento de la entidad.
- Demanda de juicio ordinario accionando nulidad de condiciones generales de la contratación y reintegro de cantidades abonadas indebidamente en el marco de préstamo hipotecario contra entidad bancaria «Cláusula suelo». Cláusula techo. Cláusula abusiva. Falta de transparencia e información.