Delito contra la Seguridad vial (conducción sin permiso)
Se pretende evitar la pena privativa de libertad a la que ha sido condenado de forma subsidiaria al resultar insolvente para el pago de la multa
(Foto: E&J)
Delito contra la Seguridad vial (conducción sin permiso)
Se pretende evitar la pena privativa de libertad a la que ha sido condenado de forma subsidiaria al resultar insolvente para el pago de la multa
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 18-03-2021
- Materia: Derecho Penal
- Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra la seguridad / Contra la seguridad vial
- Número: 12871
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Conducción sin permiso o sin licencia, De la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad contemplada en la LO 1/2015 de 30 de marzo que reforma el vigente Código Penal., De los delitos contra la seguridad vial, DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL, EJECUCION PENAL, La protección penal de la seguridad vial, RESPONSABILIDAD PERSONAL SUBSIDIARIA, Tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial
- Documentalista: Irene del Saz
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho
- MADRID, 21-02-2019
Con fecha 21 de febrero de 2019 D. Jesús, es parado en un punto de verificación de documentación a vehículos y conductores en una vía de Madrid. En dicho control policial, le son requeridas tanto las identificaciones personales como las del vehículo. D. Jesús ha de informar que carece de permiso de conducir.
Tras ello, los agentes verifican dicha información y, efectivamente, D. Jesús carece de permiso de conducción, por lo que es declarado como investigado y posteriormente acusado y condenado de un delito contra la seguridad vial por conducir sin el permiso que le habilita para ello con una pena de multa de 6 euros día durante 8 meses.
Objetivo: cuestión planteada
- Evitar la pena privativa de libertad a la que ha sido condenado de forma subsidiaria al resultar insolvente para el pago de la multa.
La estrategia: solución propuesta
- En fase de ejecución, solicitar la suspensión de la pena privativa de libertad de 51 días a la que había sido condenado su cliente de manera subsidiaria por ser insolvente y cumplir con todos los requisitos legales para otorgar el beneficio de la suspensión como es la duración de la pena, la cual se encuentra dentro de los límites del art. 80.2.2ª CP, que la persona condenada carece de antecedentes penales computables, y por último, que no existan responsabilidades civiles.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Penal
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Instrucción de Móstoles
- Tipo de procedimiento: Juicio Rápido
- Fecha de inicio del procedimiento: 26-02-2019
Partes
Defensa:
- D. Jesús
- El Ministerio Fiscal:
- Defensor judicial
Peticiones realizadas
Ministerio Fiscal:
- Que se condene al acusado a la imposición de una multa de 6 euros al día durante 12 meses.
- Que se adopten las medidas cautelares necesarias para asegurar las responsabilidades pecuniarias, manteniendo la libertad provisional de dicho acusado y formalizando la correspondiente pieza separada de su situación personal.
- En fase de ejecución no se opone a la solicitud de suspensión de la pena privativa de libertad formulada por la otra defensa.
Defensa:
- No se oponen a las peticiones del Ministerio Fiscal en cuanto a la acusación formulada.
- Solicita en la fase de ejecución la suspensión de la pena privativa de libertad que se le había impuesto tras declarar la insolvencia de su cliente en cuanto a la multa por la que había sido condenado.
Argumentos
El Ministerio Fiscal, en su escrito de acusación fundamenta sus peticiones en los siguientes fundamentos:
- Que el acusado, siendo conocedor de la necesidad de un permiso de conducir para poder manejar vehículos a motor, carece de ello cuando es parado por la Policía Local.
- Que, los hechos descritos, son constitutivos de un delito tipificado en el Código Penal contra la seguridad vial en su artículo 384.
- Que no se le reconocen circunstancias modificativas de la responsabilidad penal y es responsable del delito en concepto de acusado.
La Defensa fundamenta sus peticiones en los siguientes argumentos:
- En la fase de juicio presta la conformidad de su cliente con la acusación del Ministerio Fiscal en base a la declaración de su cliente de no haber obtenido nunca el permiso de conducir, conociendo que dicha conformidad, era beneficiosa para que su cliente viera la pena solicitada por la acusación reducida en un tercio.
- En la fase de ejecución, solicita la suspensión de la pena privativa de libertad, basándose en el cumplimiento de los requisitos por parte de su cliente del artículo 80 del Código Penal, a la que había sido condenado por ser declarado insolvente y no poder hacer frente al pago de la multa impuesta en Sentencia.
Normas y artículos relacionados
Documental aportada
- Misma que la prueba aportada.
El Ministerio Fiscal aporta en su escrito de acusación:
- Acta de declaración del acusado.
- Diligencias instruidas por la Policía Local.
La Defensa aporta:
- Documentos que prueban la insolvencia del condenado.
- Antecedentes penales del mismo.
Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial: 18-03-2021
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
- El Juzgado de Instrucción de Móstoles dictó sentencia de forma oral condenando a D. Jesús como autor de un delito por conducción sin haber obtenido el permiso de conducir con una pena de multa de 6 euros al día durante 8 meses, con la correspondiente responsabilidad subsidiaria en caso de impago y costas.
- En fase de Ejecución de la pena, el Juzgado de lo Penal de la misma localidad, procede a declarar mediante Auto la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad que se le había impuesto derivada de su insolvencia.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
- Se procede a la condena en base a las pruebas practicadas en el atestado policial remitido al juzgado, las mismas que se han utilizado para formular acusación, junto con la declaración de conformidad del acusado ante el juez de guardia y reiterada la misma durante el proceso, se procede a imponer por parte del Juzgado la pena solicitada por el Ministerio Fiscal con reducción en un tercio de la misma.
El delito por el que se le condena queda tipificado en el Código Penal, como un delito contra la seguridad vial en su artículo 384.2, el mismo que el acusado declara haber cometido.
- Posteriormente, en Ejecución, mediante Auto se procede a suspender la responsabilidad personal subsidiaria de 51 días a la que había quedado sujeto el condenado, por concurrir todos los requisitos legales del artículo 80 del Código Penal.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 405/2017, de 17-05-2017. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71812980
- Tribunal Supremo, núm. 38/2020, de 06-02-2020. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71669244
- Tribunal Supremo, núm. 715/2017, de 31-10-2017. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70426193
- Tribunal Constitucional, núm. 67/2018, de 20-06-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70697094
- Tribunal Supremo, núm. 443/2019, de 02-10-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70994528
Formularios jurídicos relacionados con este caso
Biblioteca
Libros
- El sistema de sanciones en el derecho penal español
- Comentarios al Código Penal (Volumen 2)
- Comentarios al Código Penal (Volumen 1)
Artículos jurídicos
- Reforma del Código Penal: Seguridad Vial. Aspectos básicos de la LO 15/2007 (febrero 2008)
- La configuración de los delitos contra la Seguridad Vial (diciembre 2018-enero 2019)
- Los aspectos más importantes de la nueva reforma de la Ley de tráfico y seguridad vial (julio-agosto 2014)
- Principio de proporcionalidad en el Derecho Administrativo Sancionador en materia de seguridad vial (enero/junio 2001)
- Novedades en atenuantes, agravantes, penas, suspensión y sustitución. Libertad Vigilada Post Prisión (noviembre 2010)
Casos relacionados
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