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Casos de éxito

Demanda contra resolución que extingue la autorización de residencia temporal

"Se procede a interponer recurso contencioso-administrativo contra la resolución dictada el 15 de abril de 2015, ante la desestimación del recurso de reposición de la resolución que extingue su residencia temporal"

(Foto: E&J)

Ivan Yurkin

Responsable del Despacho Jurídico Ipso Facto (Marbella)




Tiempo de lectura: 6 min

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Casos de éxito

Demanda contra resolución que extingue la autorización de residencia temporal

"Se procede a interponer recurso contencioso-administrativo contra la resolución dictada el 15 de abril de 2015, ante la desestimación del recurso de reposición de la resolución que extingue su residencia temporal"

(Foto: E&J)

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 30-10-2015.
  • Materia: Derecho Administrativo.
  • Especialidad: / Derecho Administrativo / Extranjería / Entrada y salida del territorio español.
  • Número: 12946.
  • Tipo de caso: Caso Judicial.
  • Voces: Extinción de Autorización de Residencia de Larga Duración, PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, residencia temporal.
  • Documentalista: Irene del Saz.

Documentos originales presentados



(Foto: E&J)

El caso

Supuesto de hecho

  • Palma de Mallorca, 19-02-2015.

El 19 de febrero de 2015, se produjo una resolución por la que se extinguía la autorización de residencia temporal de Don Steven.



Ante esto, se interpuso recurso de reposición, que se resolvió en fecha 15 de abril de 2015, desestimando dicho recurso.

Por tanto, se procede a interponer recurso contencioso-administrativo contra la resolución dictada el 15 de abril de 2015, ante la desestimación del recurso de reposición de la resolución que extingue su residencia temporal.

Objetivo: cuestión planteada

  • La no extinción de su residencia temporal.
  • La concesión de la residencia de larga estancia.
  • Solicitud de medida cautelar para que se prorrogue la autorización de residencia.

La estrategia: solución propuesta

  • Plantear Demanda contencioso-administrativa contra la resolución que desestima el recurso de reposición interpuesto, justificando con diferentes documentos, que los motivos por los que se le extingue la residencia temporal (estar  6 meses ausente del país en el período de un año), son erróneos pues, como se acredita en los documentos presentados, Don Steven no se ausentó durante todo ese período.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Contencioso – Administrativo
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
  • Tipo de procedimiento: Procedimiento Abreviado
  • Fecha de inicio del procedimiento: 01-07-2015

Partes

Parte demandante:

  • Don Steven.

Parte demandada:

  • Delegación del Gobierno.

Peticiones realizadas

Parte demandante:

  • Que se estime la Demanda revocando la resolución recurrida por no ser conforme a Derecho.
  • Que se proceda a indemnizar a Don Steven con 400 euros por los daños morales sufridos durante la tramitación del expediente y por los perjuicios económicos, derivados de la necesidad de la solicitud de visado de turista para poder viajar a España y ver a su familia.
  • Que se acuerde renovar o, subsidiariamente, solicitar la renovación del permiso de residencia temporal al interesado.
  • Que se adopten las medidas cautelares consistentes en la suspensión de la eficacia del acto administrativo, extintivo de la autorización de residencia y durante la sustentación del presente recurso, y la autorización del recurrente a residir en España, en tanto en cuanto se dicte Sentencia sobre el fondo de la cuestión.

Parte demandada:



  • Que se confirme la resolución impugnada, imponiendo las costas a la parte actora.
  • Que se deniegue la solicitud de suspensión formulada por la parte actora.

Argumentos

La parte demandante, en su escrito de Demanda, fundamenta sus peticiones en los siguientes argumentos:

  • Se percibe una falta de fundamentación del acto administrativo.
  • Existe error de hecho en los motivos denegatorios en lo relativo a la extinción del permiso de residencia temporal. Pues, la concurrencia del requisito de los 6 meses del artículo 162.2 e) del RD 557/2011, debe ser sometida a prueba que determine la existencia de este motivo de extinción de forma fehaciente, lo cual, no se ha realizado.
  • El criterio en el que la Administración aprecia las pruebas presentadas en el procedimiento administrativo en cuestión no se aplica de forma correcta.
  • No se exponen en la resolución las razones que conducen a la Administración a tener por fundada la sospecha que tienen sobre la documentación aportada por el recurrente.
  • Las cautelares solicitadas no suponen perjuicio alguno y, de no adoptarse, causará un daño irreparable a la parte actora, ya que supondría que estuviera en una situación irregular siendo susceptible de que fuese tramitado un expediente de expulsión.

La parte demandada, en su escrito de contestación a la Demanda, fundamenta sus peticiones en los siguientes argumentos:

  • En fecha de 14 de mayo de 2015 no es atendido el requerimiento en el cual se solicitaba una documentación, en concreto una certificación de una compañía aérea para acreditar los vuelos que el recurrente alegaba haber realizado y que a la Administración le habían generado serias dudas.
  • En congruencia con la Resolución de extinción del permiso de residencia, queda acreditado que estuvo residiendo más tiempo fuera del país del que permite la normativa, excediéndose el plazo de seis meses, que es el que prevé el artículo para que queden extinguidas las autorizaciones de residencia.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

Parte demandante:

  • Doc. Nº1: representación procesal
  • Doc. Nº2: resolución por la que se extingue la residencia temporal de Don Steven.
  • Doc. Nº3: resolución de desestimación del recurso de reposición.
  • Doc. Nº4: copia de la tarjeta de residencia.
  • Doc. Nº5: copia del pasaporte.
  • Doc. Nº6: escrito a la Administración por parte de Don Steven con fecha 6 de febrero de 2015.
  • Doc. Nº7: sello del 26 de enero de 2014 del pasaporte de salida de Rusia.
  • Doc. Nº8: billete electrónico reservado con fecha de 19 de febrero de 2014.
  • Doc. Nº9: sello de salida de Moscú junto con billete electrónico reservado con fecha de 26 de junio de 2014.
  • Doc. Nº10: certificado de asistencia a urgencias en hospital de Mallorca.
  • Doc. Nº11: justificante de la participación en el trofeo SAR Princesa Sofía de Mallorca de 2014.
  • Doc. Nº12: extracto de la tarjeta bancaria de Don Steven de pagos realizados en Mallorca en las fechas en las que se le supone ausente por parte de la Administración.
  • Doc. Nº13: escritos en los que se confirma que Don Steven, es presidente de una sociedad mercantil que es distribuidora directa de una empresa alemana, para justificar sus viajes de trabajo.
  • Doc. Nº14: póliza de seguro privada suscrita con entidad aseguradora.

Resolución Judicial

Jurisprudencia

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