Demanda de juicio verbal de desahucio de vivienda y reclamación de las rentas debidas en representación de herencia yacente
La deuda asciende a un total de 1.677,62 euros
(Foto: E&J)
Demanda de juicio verbal de desahucio de vivienda y reclamación de las rentas debidas en representación de herencia yacente
La deuda asciende a un total de 1.677,62 euros
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 24-07-2020
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de arrendamiento urbano / Contratos celebrados con la LAU de 1994 / Contratos de vivienda
- Número: 13770
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: ARRENDAMIENTO URBANO DE VIVIENDA, Demanda, DESAHUCIO, El contrato de arrendamiento, El contrato de arrendamiento urbano, HERENCIA YACENTE, IMPAGO
Documentos originales presentados
- Demanda de juicio verbal de desahucio de vivienda y reclamación de las rentas debidas en representación de herencia yacente
- Contestación a la demanda.
- Contestación al desistimiento de la actora con solicitud de imposición de costas.
- Alegaciones de suspensión por causa criminal.
- Auto Juzgado de 1º Instancia condena en costas.
- Auto de homologación de acuerdo transaccional.
El caso
Supuesto de hecho
El 30 de diciembre de 2019, en representación de la herencia yacente de Doña Teresa, se interpone demanda de desahucio y reclamación de rentas debidas. El codemandado Don Francisco en su contestación a la demanda alega la falta de legitimación pasiva, ya que es ajeno a dicho contrato de arrendamiento objeto de la demanda y alega que la codemandada Doña Cristina, la que ha sido su cónyuge, tenía documentación y los datos de Don Francisco, falsificando además la firma de Don Francisco en el contrato de arrendamiento objeto de la demanda, y por tanto debido a que lo ha denunciado alega la existencia de prejudicialidad penal.
Objetivo. Cuestión planteada
1.- Se desestimen las pretensiones solicitadas en el suplico de la demanda por la parte actora exclusivamente en cuanto a Don Francisco por falta de legitimación pasiva.
2.- Se impongan las costas a la actora al ver desestimadas sus pretensiones, así como por mala fe y temeridad al litigar contra Don Francisco.
La estrategia. Solución propuesta
Contestar a la demanda alegando la falta de legitimación pasiva y aportando las pruebas pertinentes que lo corroboran. Intentar paralizar el proceso por prejudicialidad penal por demanda de falsedad de firma. Además, formular contestación al desistimiento por parte de la parte actora con solicitud de imposición de costas.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de 1ª Instancia
- Tipo de procedimiento: Juicio verbal de desahucio por falta de pago
- Fecha de inicio del procedimiento: 24-07-2020
Partes
Parte demandante
Peticiones realizadas
Parte demandante
1.- Se requiera a la demandada para que, en el plazo de diez días:
(i) desaloje el inmueble y pague al actor; o en caso de pretender la enervación, pague la totalidad de los importes adeudados o ponga a disposición de aquél en el tribunal, o notarialmente, el importe de las cantidades reclamadas en la demanda y el de las que se adeuden en el momento de dicho pago enervador del desahucio, o, en su caso,
(ii) comparezca ante el Juzgado y alegue sucintamente, formulando oposición, las razones por las que, a su entender, no debe, en todo o en parte, la cantidad reclamada o las circunstancias relativas a la procedencia de la enervación.
2.- Que en el mismo requerimiento se establezca señalamiento de día y hora para la vista para el supuesto caso de oposición a la reclamación efectuada, y que el requerimiento sirva de citación.
3.- Evacuados los trámites legales correspondientes, si la demandada no atendiere el requerimiento de pago o no compareciere para oponerse o allanarse, el Secretario judicial dicte decreto dando por terminado el juicio de desahucio y se de traslado a esta representación; si la demandada atiende el requerimiento en cuanto al desalojo del inmueble sin formular oposición ni pagar la cantidad que se reclamase, que el Secretario judicial lo haga constar, y dicte decreto dando por terminado el procedimiento respecto del desahucio, dando traslado al demandante para que inste el despacho de ejecución, bastando para ello con la mera solicitud; y si la demandada se opusiere, que finalmente se dicte sentencia por la que se declare el desahucio que se solicita, se declare la resolución del contrato de arrendamiento objeto del presente procedimiento y se condene solidariamente a los demandados al pago de mil seiscientos setenta y siete euros con setenta y dos céntimos (1.677’62 euros), en concepto de rentas vencidas y no liquidadas, así como al pago de las rentas que vayan venciendo sucesivamente durante la tramitación del presente procedimiento, con los intereses correspondientes, así como se condene a la demandada para que en el plazo que se fije en el auto de admisión de la demanda, deje la finca totalmente libre, vacua y expedita a disposición de la actora, advirtiéndole del lanzamiento en caso contrario; todo ello con la imposición expresa a la demandada de las costas que se deriven del presente procedimiento.
Parte codemandada (Don Francisco)
1.- Se desestimen las pretensiones solicitadas en el suplico de la demanda por la parte actora exclusivamente en cuanto a Don Francisco por falta de legitimación pasiva.
2.- Se impongan las costas a la actora al ver desestimadas sus pretensiones, así como por mala fe y temeridad al litigar contra Don Francisco.
Parte codemandada (Doña Cristina)
Llega a un acuerdo transaccional con la parte demandante, acordando que en atención a las dificultades económicas por las que está atravesando Doña Cristina, ambas partes han acordado reducir la renta mensual de alquiler de la vivienda objeto de arrendamiento, dicha reducción consiste en pasar de los 800€ mensuales contractualmente pactados, a una renta mensual de 400€, importe que responde al desglose de 370€ en concepto de renta de alquiler mensual más 30€ en concepto de Gastos de Comunidad. En ningún caso se modifica ninguna otra cláusula contractual del contrato de arrendamiento formalizado en 2019 y que figura unido al escrito de demanda iniciadora de la presente litis.
En virtud del acuerdo, Doña Cristina se compromete al puntual pago de las rentas de alquiler que se vayan devengando al nuevo precio pactado, siendo la primera renta de alquiler a abonar la correspondiente al mes de agosto de 2020, así como renuncia a solicitar nuevas rebajas de precio o condonaciones de importes resultantes de restas vencidas e impagadas, atendido el esfuerzo económico realizado por la propiedad.
Además, acuerdan poner fin al procedimiento y asumir las costas causadas a su instancia.
Argumentos
Parte demandante
Doña Teresa, suscribió un contrato de arrendamiento con los demandados por un plazo de 60 meses en el que se establecía la cantidad de 9.240 euros como renta anual a abonar, pagaderos a razón de 770 € de renta de alquiler mensual, más cantidades asimiladas contractualmente convenidas, tales 30 € (gastos de comunidad de propietarios) o bien el pago de los suministros, ascendiendo en junto la renta mensual a la cantidad de 800 €.
Los demandados adeudan en concepto de rentas vencidas y cantidades asimiladas las de los meses de noviembre y diciembre, ambos de 2019. En conjunto la deuda asciende a un total de 1.677’62 euros. A pesar de los intentos efectuados ha sido imposible conseguir que la demandada abonase las rentas impagadas, obligando a esta parte a solicitar el auxilio judicial.
Parte codemandada (Don Francisco)
Falta de legitimación pasiva puesto que Don Francisco no suscribió dicho contrato de arrendamiento, y la firma que consta ha sido falsificada por Doña Cristina, parte codemandada. Ante la falsificación de su firma, ha procedido ha denunciarlo, por lo que existe prejudicialidad penal. Además, Don Francisco se encontraba en proceso de divorcio con Doña Cristina en el momento de suscribir el contrato.
Normas y artículos relacionados
- Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Artículo 6. Capacidad para ser parte. , Artículo 437. Forma de la demanda. Acumulación objetiva y subjetiva de acciones. , Artículo 439. Inadmisión de la demanda en casos especiales. , Artículo 549. Demanda ejecutiva. Contenido. , Artículo 7. Comparecencia en juicio y representación. , Artículo 394. Condena en las costas de la primera instancia. , Artículo 328. Deber de exhibición documental entre partes. , Artículo 329. Efectos de la negativa a la exhibición. Ley de Enjuiciamiento Civil.
Documental aportada
Parte demandante
Certificado de defunción.
Certificado de Últimas Voluntades.
Escritura pública de Testamento.
Contrato de arrendamiento.
Recibos pendientes de pago.
Parte codemandada (Don Francisco)
Denuncia falsificación de la firma.
Solicitud autorización Colegio de Abogados.
Correos electrónicos.
Escrito a mano por la madre de Don Francisco declarando que vive con ella.
Informe de vida laboral.
Certificado de retenciones e ingresos a cuenta fechado de 31 de enero de 2019 de la empresa en la que trabajaba.
Contrato de trabajo.
Sentencia que establece la custodia exclusiva de los hijos a favor de Don Francisco.
Padrón municipal.
Contestación a la demanda de ese proceso.
Diligencia de ordenación por la que se tiene por incorporada la contestación a la demanda al procedimiento.
Auto procedimiento de divorcio.
Diligencia de ordenación judicial en la que se acuerda la celebración de la vista del proceso de divorcio.
Sentencia de divorcio.
Designación de turno de oficio.
Copia del DNI.
Hoja de salario de 2020.
Prueba
Documental.
Estructura procesal
El 30 de diciembre de 2019, en representación de la herencia yacente de Doña Teresa, se interpone demanda de dasahucio y reclamación de rentas debidas. El 2 de marzo de 2020, el codemandado Don Francisco contesta a la demanda alegando falta de legitimación pasiva y prejudicialidad penal por la falsificación de su firma. El 1 de julio de 2020, la parte actora se opone a la suspensión del procedimiento por prejudicialidad penal. El 20 de julio de 2020, Don Francisco formula contestación al desistimiento con solicitud de imposición de costas. El 24 de julio de 2020, se emite auto desestimando la oposición formulada por la parte demandada al desistimiento de la parte demandante y acordando el sobreseimiento del juicio respecto a Don Francisco. El 21 de octubre de 2020, se dicta auto homologando el acuerdo transaccional entre Doña Cristina y la demandante.
Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial
“Desestimo la oposición formulada por la parte demandada al desistimiento de la parte demandante y acuerdo el sobreseimiento del juicio respecto a xxxxxxxxxx si bien la parte demandante puede promover otro nuevo sobre el mismo objeto contra el mismo.
Las costas se imponen a la parte demandante xxxxxxxxxxxx
Declaro finalizado el proceso y el archivo las actuaciones.”
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial
El artículo 20.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece que, si la parte demandante desiste del juicio con posterioridad al emplazamiento o citación a juicio de la parte demandada, se dará a ésta traslado por diez días y, si se opone, el Juez resolverá lo procedente.
En lo que al fondo se refiere, no concurre causa alguna que justifique la inadmisión o improcedencia de la solicitud de desistimiento, conforme al principio dispositivo que fundamenta el art. 20 LEC. Cuestión distinta es la que se refiere al pronunciamiento en costas, dado que como quiera que el señalado desistimiento se formula cuando la parte codemandada ya ha contestado a la demanda, es claro que es la demandante quien ha de pechar con los señalados gastos, máxime a la vista de lo que resulta de la documental acompañada.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Madrid, núm. 32/2020, de 03-02-2020. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71937241
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 746/2018, de 20-12-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71624433
- Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, núm. 141/2019, de 11-04-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71456602
Biblioteca
Libros
- La fianza, forma y protección registral en los arrendamientos urbanos
- Los arrendamientos urbanos hoy
- Análisis práctico del juicio de desahucio por falta de pago
Artículos jurídicos
- ¿Constituye causa de desahucio la falta de pago por el inquilino de las obras de mantenimiento de la vivienda? (noviembre 2010)
- El juicio de desahucio (Noviembre 2016)
- Legitimación activa y pasiva del arrendatario en los procesos en materia de propiedad horizontal(octubre 2017)
Casos relacionados
- Desahucio por falta de pago. Arrendamiento urbano de vivienda.
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- Demanda solicitando el desahucio por expiración del plazo e impago de las rentas debidas por parte de la arrendataria del inmueble. Sentencia estimatoria de la demanda. Demanda de ejecución del desahucio. Auto despachando la ejecución. Decreto fijando fecha y condiciones para el levantamiento.
- Juicio verbal de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas vencidas y no satisfechas. Enervación de la acción
- Juicio verbal de desahucio por falta de pago de renta y reclamación de cantidad.
- Contrato de arrendamiento de vivienda. Desahucuio por falta de pago de la renta y reclamación de cantidad relativa a las rentas impagadas.