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Casos de éxito

Demanda de juicio verbal ejercitando acción constitutiva de servidumbre de paso de carácter permanente de personas y vehículos

El demandado ha pretendido perturbar el derecho de paso obstaculizando continuamente el acceso del demandante a su respectiva propiedad

(Foto: E&J)

José Manuel Carrasco Codes

Abogado en Sagasta 21 Abogados. Especialista en Derecho Civil y Derecho Rústico.




Tiempo de lectura: 9 min

Publicado




Casos de éxito

Demanda de juicio verbal ejercitando acción constitutiva de servidumbre de paso de carácter permanente de personas y vehículos

El demandado ha pretendido perturbar el derecho de paso obstaculizando continuamente el acceso del demandante a su respectiva propiedad

(Foto: E&J)



 

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 20-04-2021
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Derechos reales / Derechos reales de goce / Servidumbre
  • Número: 13922
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Derecho de servidumbre, Derechos reales, Los Derechos Reales, SERVIDUMBRES

Documentos originales presentados

El caso

Supuesto de hecho.



Madrid, 24-05-2012

Don Javier, es propietario al 50% junto con su mujer, por título de compraventa y para su sociedad de gananciales, en virtud de la escritura otorgada en Madrid, el día 24 de mayo de 2012.

La finca que pertenece a D. Javier, es decir, tiene su única salida a camino público, a través de una senda que atraviesa parte de la finca del demandado. Desde hace un tiempo, el demandado ha pretendido perturbar el derecho de paso obstaculizando continuamente el acceso de éste a su respectiva propiedad de diversas maneras impidiendo el acceso a su propia finca y convirtiendo dicha finca en un enclave sin salida a ningún camino público.

Así, presenta D. Javier Demanda de juicio verbal ejercitando acción constitutiva de servidumbre de paso de carácter permanente de personas y vehículos contra D. Fernando.



Objetivo. Cuestión planteada.

Se pretende, con la interposición de la Demanda una constitución por parte del Juzgador, de que la finca propiedad de Don Javier tiene que ser necesariamente predio dominante de una servidumbre de paso, de la que es predio sirviente la finca propiedad del demandado, Don Fernando.

La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado deriva de los artículos 530, 532, 545, 564 y 565 CC, e indica que:

  • Para acceder a la parcela, la servidumbre de paso menos perjudicial es la que discurre por la parcela propiedad de D. Fernando.
  • La finca de Javier tiene única salida a camino público, a través de una senda que atraviesa parte de la finca del demandado, y que ha venido utilizándose desde que adquirió la finca en mayo 2012.
  • El demandado ha pretendido perturbar el derecho de paso obstaculizando continuamente el acceso de diversas maneras.

El procedimiento judicial

  • Orden JurisdiccionalCivil
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia
  • Tipo de procedimiento: Verbal; Constitutiva Servidumbre de Paso.
  • Fecha de inicio del procedimiento12-06-2019

Partes

Demandante

  • Javier

Demandado

  • Fernando

Peticiones realizadas

Demandante

Que tenga por recibido el escrito, con los documentos que se acompañan y las copias prevenidas, se sirva admitir todo ello, tenerle por comparecido y por interpuesta Demanda de juicio verbal ejercitando acción constitutiva de servidumbre de paso forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 564 del Código Civil, contra Don Fernando, cuyo domicilio y demás circunstancias personales se desconocen; le dé traslado de la misma, citando a las partes para la celebración de la vista, y tras la práctica de la prueba pertinente, se dicte finalmente Sentencia por la que, con estimación de la Demanda:

  1. Se declare y constituya que la finca propiedad del demandado, Don Fernando, se halla gravada con una servidumbre de paso permanente de personas y vehículos a favor de la finca detallada en el hecho primero de la Demanda.
  2. Que dicha servidumbre de paso, o camino, se constituye por un paso ya marcado que se inicia en el camino publico Camino de la xxx, discurre por la parcela del demandado, al ser el punto menos perjudicial para las parcelas que deba atravesar hasta un camino público. De los 620,27 m2 que ocuparía la servidumbre de paso, 248,7 m2 discurren por terreno que no es de labor y donde el paso ya está marcado, por lo expuesto, se entiende que procede la indemnización de quinientos veinte euros con sesenta y seis céntimos (520,66 €) según los términos de valoración fijados en el informe pericial.
  3. Se condene al Demandado, a estar y pasar por dicha declaración.
  4. Se condene expresamente en costas al demandado.
  5. En su defecto, que el Tribunal, en la manera que crea conveniente, provea de una solución posible y adecuada que garantice el efectivo ejercicio de sus derechos y libertades, pudiendo así acceder a su propiedad a través de vía o camino que el Tribunal considere oportuno.

Demandado

Que por presentado este escrito y documentos acompañantes y sus copias, se sirva admitirlos, y tenga por contestada la Demanda, y en su momento se dicte Sentencia por la que:

  1. Se resuelva sobre la inadecuación del juicio verbal (Art. 255. Impugnación de la cuantía y de la clase de juicio por razón de la cuantía).
  2. De no estimarse la excepción de falta de adecuación de procedimiento y no ser posible acuerdo, en su momento se dicte Sentencia, por la que:
    1. Se desestime la Demanda.
    2. Se absuelva al demandado de las pretensiones contenidas en la misma.
    3. Se impongan las costas, en ambos casos, al demandante.
    4. Subsidiariamente se limite al paso necesario para el cultivo de la finca del actor para la extracción de sus cosechas a través del predio sirviente sin vía permanente, con abono del perjuicio que ocasione este gravamen, sin condena en costas.

Asimismo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 438.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se pone de manifiesto que resulta pertinente al interés de esta parte la celebración de vista. Además, interesa la realización de la siguiente prueba:

  1. Se libre oficio a la oficina del Catastro para que emita informe sobre parcelas que tenían acceso, así como lugar por el que discurría el Camino zz, lugar de acceso de las parcelas y fecha de construcción del camino xx.
  2. Pericial
  3. Testifical

Argumentos

Demandante

  • Para acceder a la parcela de D. Javier, la servidumbre de paso menos perjudicial para los predios sirvientes y cuya distancia desde su finca hasta el camino público, es la que discurre por la parcela propiedad de D. Fernando.
  • La finca de Javier tiene única salida a camino público, a través de una senda que atraviesa parte de la finca del demandado, y que ha venido utilizándose desde que adquirió la finca en mayo 2012, como bien se acredita en el informe pericial. Ya con anterioridad, los antiguos propietarios, utilizaban el mismo camino para acceder a dicha finca.
  • El demandado ha pretendido perturbar el derecho de paso obstaculizando continuamente el acceso de diversas maneras como, por ejemplo, en la actualidad el paso está cortado con unos palos y cuerdas que impiden el paso, impidiendo el acceso a su propia finca y convirtiendo dicha finca en un enclave sin salida a ningún camino público.
  • Se alegan los arts. 530, 532, 545, 564 y 565 CC.

Demandado

  • Niegan en cuanto al fondo que la  servidumbre haya de constituirse por el lugar donde se fija con carácter preferente en la Demanda, puesto que desde siempre el acceso a la finca del actor se ha efectuado por el llamado Camino del zz. Así, la servidumbre de paso por el predio del demandado causaría un gran perjuicio al valor de su finca.
    • La descripción de la finca del actor, no se ha realizado con precisión, ya que una parte de la finca linda con terreno comunal, por lo que difícilmente se puede afirmar que no tiene el actor salida a camino público.
    • Dado que la finca ha tenido su paso por otro lugar no se cumplen los requisitos exigibles para la constitución de la servidumbre forzosa de paso, la finca del actor nunca se ha servido de paso a través de la finca del demandado.
  • La finca del actor y del demandado son colindantes, pero la finca del actor también tiene otras fincas colindantes, otras fincas por las que siempre ha tenido su camino de paso y no por la finca de éste.
  • Nunca ha tenido su salida a camino público a través de la finca del demandado, igual que tampoco es cierto que se hubiera venido utilizando desde el año 2012. Si se ha utilizado en algún momento ha sido sin conocimiento ni autorización.
  • El demandado nunca ha perturbado derecho de paso alguno al actor, ya que el actor nunca ha tenido paso alguno por la finca de éste.
  • Impugna la cuantía y la clase de juicio por razón de la cuantía. Entiende que a efectos procesales la cuantía es de 7710,6€ por lo que, de conformidad con los artículos 249.2 y 250.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, deben tramitarse siguiendo los trámites del juicio ordinario.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

Demandante

  • Poder General para pleitos
  • Certificado expedido por el Registro de la Propiedad
  • Informe pericial sobre el camino de acceso a las parcelas

Demandado

  • Valoración por la Dirección General de Tributo de la parcela de D. Fernando
  • Valoración por la Dirección General de Tributo de la parcela de D. Javier

Prueba

  • Prueba documental
  • Prueba pericial
  • Prueba testifical

Estructura procesal

La Procuradora de los Tribunales, en la representación indicada interpuso Demanda de juicio verbal, frente a Dña Luisa, Dña Elisa y D Alejandro como sucesores del primitivo demandado D Fernando en virtud de la cual reclamaba que se declarara que la finca propiedad de las demandadas se halla gravada con una servidumbre de paso permanente de personas y vehículos a favor de la finca propiedad del actor, constituyéndose por el trazado indicado en el informe pericial que aporta.

Admitida a trámite la Demanda, previa la verificación de oficio de la concurrencia de los requisitos integrantes de la jurisdicción y competencia del Órgano judicial, así como en torno a la capacidad, representación y postulación procesal necesarios para comparecer en juicio se acordó que se diera traslado de la Demanda a la parte interpelada para que pudiera presentar su contestación ante el Juzgado en un plazo de diez días, lo que verificaron Dña Luisa y Dña Elisa, adjuntando los documentos fundamentales para basar la oposición y haciendo petición de imposición de costas procesales a la parte actora, no habiendo comparecido D. Alejandro en el plazo concedido para contestar a la Demanda fue declarado en situación de rebeldía procesal. Contestada la Demanda las partes fueron convocadas a la celebración del juicio.

El Juzgado de Primera Instancia estimando íntegramente la Demanda interpuesta por la parte demandante, declarando la situación forzosa de servidumbre de paso de uso continuo en favor de la finca y fijando la indemnización en lo dispuesto por esta parte.

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