Demanda de juicio verbal ejercitando acción constitutiva de servidumbre de paso de carácter permanente de personas y vehículos
El demandado ha pretendido perturbar el derecho de paso obstaculizando continuamente el acceso del demandante a su respectiva propiedad
(Foto: E&J)
Demanda de juicio verbal ejercitando acción constitutiva de servidumbre de paso de carácter permanente de personas y vehículos
El demandado ha pretendido perturbar el derecho de paso obstaculizando continuamente el acceso del demandante a su respectiva propiedad
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 20-04-2021
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Derechos reales / Derechos reales de goce / Servidumbre
- Número: 13922
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Derecho de servidumbre, Derechos reales, Los Derechos Reales, SERVIDUMBRES
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho.
Don Javier, es propietario al 50% junto con su mujer, por título de compraventa y para su sociedad de gananciales, en virtud de la escritura otorgada en Madrid, el día 24 de mayo de 2012.
La finca que pertenece a D. Javier, es decir, tiene su única salida a camino público, a través de una senda que atraviesa parte de la finca del demandado. Desde hace un tiempo, el demandado ha pretendido perturbar el derecho de paso obstaculizando continuamente el acceso de éste a su respectiva propiedad de diversas maneras impidiendo el acceso a su propia finca y convirtiendo dicha finca en un enclave sin salida a ningún camino público.
Así, presenta D. Javier Demanda de juicio verbal ejercitando acción constitutiva de servidumbre de paso de carácter permanente de personas y vehículos contra D. Fernando.
Objetivo. Cuestión planteada.
Se pretende, con la interposición de la Demanda una constitución por parte del Juzgador, de que la finca propiedad de Don Javier tiene que ser necesariamente predio dominante de una servidumbre de paso, de la que es predio sirviente la finca propiedad del demandado, Don Fernando.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado deriva de los artículos 530, 532, 545, 564 y 565 CC, e indica que:
- Para acceder a la parcela, la servidumbre de paso menos perjudicial es la que discurre por la parcela propiedad de D. Fernando.
- La finca de Javier tiene única salida a camino público, a través de una senda que atraviesa parte de la finca del demandado, y que ha venido utilizándose desde que adquirió la finca en mayo 2012.
- El demandado ha pretendido perturbar el derecho de paso obstaculizando continuamente el acceso de diversas maneras.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia
- Tipo de procedimiento: Verbal; Constitutiva Servidumbre de Paso.
- Fecha de inicio del procedimiento: 12-06-2019
Partes
Demandante
- Javier
Demandado
- Fernando
Peticiones realizadas
Demandante
Que tenga por recibido el escrito, con los documentos que se acompañan y las copias prevenidas, se sirva admitir todo ello, tenerle por comparecido y por interpuesta Demanda de juicio verbal ejercitando acción constitutiva de servidumbre de paso forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 564 del Código Civil, contra Don Fernando, cuyo domicilio y demás circunstancias personales se desconocen; le dé traslado de la misma, citando a las partes para la celebración de la vista, y tras la práctica de la prueba pertinente, se dicte finalmente Sentencia por la que, con estimación de la Demanda:
- Se declare y constituya que la finca propiedad del demandado, Don Fernando, se halla gravada con una servidumbre de paso permanente de personas y vehículos a favor de la finca detallada en el hecho primero de la Demanda.
- Que dicha servidumbre de paso, o camino, se constituye por un paso ya marcado que se inicia en el camino publico Camino de la xxx, discurre por la parcela del demandado, al ser el punto menos perjudicial para las parcelas que deba atravesar hasta un camino público. De los 620,27 m2 que ocuparía la servidumbre de paso, 248,7 m2 discurren por terreno que no es de labor y donde el paso ya está marcado, por lo expuesto, se entiende que procede la indemnización de quinientos veinte euros con sesenta y seis céntimos (520,66 €) según los términos de valoración fijados en el informe pericial.
- Se condene al Demandado, a estar y pasar por dicha declaración.
- Se condene expresamente en costas al demandado.
- En su defecto, que el Tribunal, en la manera que crea conveniente, provea de una solución posible y adecuada que garantice el efectivo ejercicio de sus derechos y libertades, pudiendo así acceder a su propiedad a través de vía o camino que el Tribunal considere oportuno.
Demandado
Que por presentado este escrito y documentos acompañantes y sus copias, se sirva admitirlos, y tenga por contestada la Demanda, y en su momento se dicte Sentencia por la que:
- Se resuelva sobre la inadecuación del juicio verbal (Art. 255. Impugnación de la cuantía y de la clase de juicio por razón de la cuantía).
- De no estimarse la excepción de falta de adecuación de procedimiento y no ser posible acuerdo, en su momento se dicte Sentencia, por la que:
- Se desestime la Demanda.
- Se absuelva al demandado de las pretensiones contenidas en la misma.
- Se impongan las costas, en ambos casos, al demandante.
- Subsidiariamente se limite al paso necesario para el cultivo de la finca del actor para la extracción de sus cosechas a través del predio sirviente sin vía permanente, con abono del perjuicio que ocasione este gravamen, sin condena en costas.
Asimismo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 438.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se pone de manifiesto que resulta pertinente al interés de esta parte la celebración de vista. Además, interesa la realización de la siguiente prueba:
- Se libre oficio a la oficina del Catastro para que emita informe sobre parcelas que tenían acceso, así como lugar por el que discurría el Camino zz, lugar de acceso de las parcelas y fecha de construcción del camino xx.
- Pericial
- Testifical
Argumentos
Demandante
- Para acceder a la parcela de D. Javier, la servidumbre de paso menos perjudicial para los predios sirvientes y cuya distancia desde su finca hasta el camino público, es la que discurre por la parcela propiedad de D. Fernando.
- La finca de Javier tiene única salida a camino público, a través de una senda que atraviesa parte de la finca del demandado, y que ha venido utilizándose desde que adquirió la finca en mayo 2012, como bien se acredita en el informe pericial. Ya con anterioridad, los antiguos propietarios, utilizaban el mismo camino para acceder a dicha finca.
- El demandado ha pretendido perturbar el derecho de paso obstaculizando continuamente el acceso de diversas maneras como, por ejemplo, en la actualidad el paso está cortado con unos palos y cuerdas que impiden el paso, impidiendo el acceso a su propia finca y convirtiendo dicha finca en un enclave sin salida a ningún camino público.
- Se alegan los arts. 530, 532, 545, 564 y 565 CC.
Demandado
- Niegan en cuanto al fondo que la servidumbre haya de constituirse por el lugar donde se fija con carácter preferente en la Demanda, puesto que desde siempre el acceso a la finca del actor se ha efectuado por el llamado Camino del zz. Así, la servidumbre de paso por el predio del demandado causaría un gran perjuicio al valor de su finca.
- La descripción de la finca del actor, no se ha realizado con precisión, ya que una parte de la finca linda con terreno comunal, por lo que difícilmente se puede afirmar que no tiene el actor salida a camino público.
- Dado que la finca ha tenido su paso por otro lugar no se cumplen los requisitos exigibles para la constitución de la servidumbre forzosa de paso, la finca del actor nunca se ha servido de paso a través de la finca del demandado.
- La finca del actor y del demandado son colindantes, pero la finca del actor también tiene otras fincas colindantes, otras fincas por las que siempre ha tenido su camino de paso y no por la finca de éste.
- Nunca ha tenido su salida a camino público a través de la finca del demandado, igual que tampoco es cierto que se hubiera venido utilizando desde el año 2012. Si se ha utilizado en algún momento ha sido sin conocimiento ni autorización.
- El demandado nunca ha perturbado derecho de paso alguno al actor, ya que el actor nunca ha tenido paso alguno por la finca de éste.
- Impugna la cuantía y la clase de juicio por razón de la cuantía. Entiende que a efectos procesales la cuantía es de 7710,6€ por lo que, de conformidad con los artículos 249.2 y 250.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, deben tramitarse siguiendo los trámites del juicio ordinario.
Normas y artículos relacionados
- Código Civil.
- Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Artículo 532. , Artículo 564. , Artículo 565. , Artículo 545. , Artículo 530. Código Civil.
- Artículo 394. Condena en las costas de la primera instancia. , Artículo 251. Reglas de determinación de la cuantía. , Artículo 52. Competencia territorial en casos especiales. , Artículo 231. Subsanación. , Artículo 423. Resolución en casos de inadecuación de procedimiento por razón de la materia. , Artículo 250. Ámbito del juicio verbal. , Artículo 405. Contestación y forma de la contestación a la demanda. , Artículo 255. Impugnación de la cuantía y de la clase de juicio por razón de la cuantía. Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Sección 3.ª De la servidumbre de paso , Artículo 566. , Artículo 569. Código Civil.
Documental aportada
Demandante
- Poder General para pleitos
- Certificado expedido por el Registro de la Propiedad
- Informe pericial sobre el camino de acceso a las parcelas
Demandado
- Valoración por la Dirección General de Tributo de la parcela de D. Fernando
- Valoración por la Dirección General de Tributo de la parcela de D. Javier
Prueba
- Prueba documental
- Prueba pericial
- Prueba testifical
Estructura procesal
La Procuradora de los Tribunales, en la representación indicada interpuso Demanda de juicio verbal, frente a Dña Luisa, Dña Elisa y D Alejandro como sucesores del primitivo demandado D Fernando en virtud de la cual reclamaba que se declarara que la finca propiedad de las demandadas se halla gravada con una servidumbre de paso permanente de personas y vehículos a favor de la finca propiedad del actor, constituyéndose por el trazado indicado en el informe pericial que aporta.
Admitida a trámite la Demanda, previa la verificación de oficio de la concurrencia de los requisitos integrantes de la jurisdicción y competencia del Órgano judicial, así como en torno a la capacidad, representación y postulación procesal necesarios para comparecer en juicio se acordó que se diera traslado de la Demanda a la parte interpelada para que pudiera presentar su contestación ante el Juzgado en un plazo de diez días, lo que verificaron Dña Luisa y Dña Elisa, adjuntando los documentos fundamentales para basar la oposición y haciendo petición de imposición de costas procesales a la parte actora, no habiendo comparecido D. Alejandro en el plazo concedido para contestar a la Demanda fue declarado en situación de rebeldía procesal. Contestada la Demanda las partes fueron convocadas a la celebración del juicio.
El Juzgado de Primera Instancia estimando íntegramente la Demanda interpuesta por la parte demandante, declarando la situación forzosa de servidumbre de paso de uso continuo en favor de la finca y fijando la indemnización en lo dispuesto por esta parte.
Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial: 20-04-2021
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Que estimando íntegramente la Demanda formulada, declara la situación forzosa de una servidumbre de paso de uso continuo en favor de la finca del actor, parcela de tierra de secano propiedad de D. Javier, por el camino que transita a través de la parcela propiedad de D. Fernando del polígono propiedad de las demandadas desde el camino de la xx, con una longitud de 206,76 metros y anchura de 3 metros ocupando una superficie total de 620,27 m2 y todo ello, previa la correspondiente indemnización del valor del terreno sobre el que se constituye la servidumbre determinado en la cantidad de 520,66 euros e imponiendo a la parte demandada las costas ocasionadas.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
La constitución de la servidumbre pretendida exige la concurrencia de una serie de requisitos, que son los siguientes: “1º) Una finca “enclavada” entre otras fincas; para que una finca esté enclavada “se requiere que exista interclusión tanto material -rodeada físicamente por otras fincas- como jurídica -sin posibilidad de paso a través de finca propia o con posibilidad insuficiente para el normal aprovechamiento económico de la finca-; y que las fincas colindantes sean ajenas; 2º) Que no tenga salida a camino público; 3º) Que se abone la indemnización correspondiente”.
La finca propiedad del actor se haya enclavada entre otras ajenas y carece de acceso directo desde cualquier camino público que limite la zona en que se encuentran las mismas. Esto resulta patente no sólo la documental aportada con la Demanda consistente en planos del catastro sino también el resultado de la prueba testifical practicada, circunstancia en la que coinciden el informe pericial de la parte actora y el perito designado judicialmente. Todos los testigos declaran también que el acceso del actor a la finca de su propiedad se realiza a través de otras fincas dedicadas al cultivo del olivar situadas en la zona , que coinciden en periodos de recolección y mantenimiento.
Atendiendo a los criterios contenidos en el art 565 del CC de menor distancia del predio dominante al camino público, el informe pericial elaborado por el perito de la parte demandante propone (y por el perito designado judicialmente se considera válido el trazado planteado) que a la vista de la situación de las diferentes parcelas y sobre la base de los datos aportados resulta más adecuado el que transita a través de la parcela de D. Fernando desde el camino de la xx, que resulta más corto, atendiendo también a otras razones tales como la comodidad. Lo mismo puede decirse de la opción de acceso desde el camino del zz a través de los olivares, reconociendo el perito judicial la inexistencia de perjuicios si el paso se establece a través de ellos dado que se dan en todas las fincas cultivos similares.
Establece el art 564 del CC que si la servidumbre se constituye de manera que pueda ser continuo su uso para todas las necesidades del predio dominante estableciendo una vía permanente, la indemnización consistirá en el valor del terreno que se ocupe y el importe de los perjuicios que se causen al predio sirviente, resultando en este caso más adecuada la valoración de la superficie a indemnizar, la efectuada por el perito de parte que realiza un cálculo del factor de corrección aplicable basado en los perjuicios que la constitución de la servidumbre pueda ocasionar en el predio sirviente tal y como la norma establece.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Zamora, núm. 148/2014, de 02-10-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69282779
- Audiencia Provincial de Burgos, núm. 436/2018, de 28-12-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71654223
- Audiencia Provincial de Huesca, núm. 6/2006, de 13-01-2006. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 258095
- Tribunal Superior de Justicia de Galicia, núm. 26/2012, de 06-07-2012. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2415095
- Audiencia Provincial de Málaga, núm. 165/2016, de 31-03-2016. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70168371
- Audiencia Provincial de Guadalajara, núm. 126/2019, de 28-06-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71477991
Biblioteca
Libros
Artículos jurídicos
- La acción negatoria de la servidumbre de paso (julio-agosto 2018)
- Las servidumbres en España (junio 2014)
- Las servidumbres en Cataluña (junio 2014)
- Las servidumbres en Navarra (junio 2014)
- ¿Qué es y en qué consiste una servidumbre? ¿Son obligatorias? ¿Se pueden eliminar? ¿Qué puede hacer la comunidad? (marzo 2009)
- Las servidumbres en Galicia (junio 2014)
- Las servidumbres en Aragón (junio 2014)
- Las servidumbres en el País Vasco (junio 2014)
Casos relacionados
- Servidumbre de paso, luces y vistas, alero y vertiente de tejado. servidumbre por causa fundada en signo aparente de servidumbre, por destinación del padre de familia.
- Acción declarativa de servidumbre por signo aparente del cabeza de familia.
- Acción confesoria de servidumbre de paso: daños y perjuicios
- Declaración de un derecho real de servidumbre de paso
- Servidumbre. Torreta eléctrica instalada en parcela privada.
- Servidumbre de paso de dos garajes.
- Demanda de juicio verbal ejercitando acción constitutiva de servidumbre de paso de parcela segregada de otra parcela matriz