Demanda de reclamación de la cuarta viudal y el año de viudedad
"El Sr. Miguel y la Sra. Luisa mantuvieron una relación, siendo pareja de hecho durante catorce años ininterrumpidos, hasta que el Sr. Miguel falleció y el hijo de este, demandado, procedió a retirar a la viuda del domicilio conyugal"
(Foto: E&J)
Demanda de reclamación de la cuarta viudal y el año de viudedad
"El Sr. Miguel y la Sra. Luisa mantuvieron una relación, siendo pareja de hecho durante catorce años ininterrumpidos, hasta que el Sr. Miguel falleció y el hijo de este, demandado, procedió a retirar a la viuda del domicilio conyugal"
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 31-07-2018
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Sucesiones
- Número: 11802
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: ACCIÓN DE PETICIÓN DE HERENCIA, Aceptación y repudiación de la herencia, Adquisición de la herencia, PARTICIÓN HEREDITARIA
- Redacción editorial: Olga Palma Narváez
Documentos originales presentados
- 1. Contestación a la demanda.
- 2. Sentencia
- 3. Aceptación documental
- 4. Alegaciones contra oposición a la apelación
- 5. Apelación medidas cautelares
- 6. Audiencia previa
- 7. Decreto
- 8. Denegación medidas cautelares
- 9. Oposición recurso de casación
- 10. Recurso de apelación
- 11. Sentencia apelación en catalán
- 12. Demanda
- 13. Oposición apelación
- 14. Contestación a casación
- 15. Alegación a casación.
- 16. Sentencia Casación.
El caso
Supuesto de hecho
- Premia de Mar, 26-02-1997
El Sr. Miguel y la Sra. Luisa mantuvieron una relación, siendo pareja de hecho durante catorce años ininterrumpidos, hasta que el Sr. Miguel falleció y el hijo de este, demandado, procedió a retirar a la viuda del domicilio conyugal, negarse a darle su parte correspondiente a la cuarta viudal y el año de viudedad, por lo que se da inicio al precedente procedimiento
Objetivo: cuestión planteada
- Que se le otorgue a la actora la cuarta viudal y el año de viudedad con los intereses correspondientes.
- Que se le condene al pago de costas procesales al demandado.
- Que se le expida la aceptación de la herencia por parte del demandado.
La estrategia: solución propuesta
- Probar que la actora y el fallecido mantuvieron una relación de pareja de hecho.
- Probar que el domicilio conyugal es el actualmente arrendado por el demandado.
- Probar que se le aprobó la pensión de viudedad a la Sra. Luisa.
- Probar que los ingresos de la empresa que es propiedad de la actora, con la que el demandado realizó un contrato de arrendamiento, ha tenido perdidas económicas.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia de Mataró
- Tipo de procedimiento: Procedimiento Ordinario
- Fecha de inicio del procedimiento: 19-02-2014
Partes
Parte Demandante:
- Sra. Luisa
Parte Demandada:
- Sr. Ángel
Peticiones realizadas
Parte Demandante:
- Que el año de viudedad sea calculado teniendo en cuenta el alquiler que devenga la vivienda que fue conyugal, añadido los gastos necesarios de suministros, así como los gastos de manutención derivados del año de viudedad.
- Que se le condene el pago de las costas procesales que causen el presente procedimiento, al demandado.
- Que se le condene al pago de los intereses generados a partir del fallecimiento del cónyuge de la viuda en relación con el año de viudedad y la cuarta viudal.
Parte Demandada:
- Que se condene a la parte actora al pago de las costas procesales.
- Que se proceda a la exhibición y testimonio de los documentos que describe la parte actora.
Argumentos
Parte Demandante:
- Que el domicilio que fue conyugal dejó de serlo por causa del causante, demandado, quien realizó la baja del empadronamiento de forma unilateral, retirando del padrón a la actora, así como retirándola del domicilio incluso cuando el fallecido todavia estaba vivo y en el Hospital, incumpliendo así la Ley 25/2010, de 29 de julio, del Código Civil de Cataluña.
- Que la actora dependía económicamente de su pareja a través de la empresa que ambos contruyeron y que fue fruto del esfuerzo de la pareja, pero que solo figuraba a nombre del fallecido.
- Que se le comunicó al demandado, mediante burofax, las cantidades correspondientes a la cuarta viudal y la aceptación de la herencia para poder calcular el montante que correspondería a la viuda, sin obtener respuesta alguna en un plazo de 30 días.
- Que la parte actora, luego de ser echada de la vivienda conyugal, la cual se encuentra actualmente arrendada, no ha podido retirar sus pertenencias personales.
Parte Demandada:
- Que la demandante no tiene derecho, sin más, a la cuarta viudal, sino, y de acuerdo con el Código Civil Catalán, tiene lugar en una situación de necesidad, la cual no tiene lugar en el presente procedimiento por no acreditar dicha situación y porque la parte actora cuenta con una propiedad completa y exclusivamente a su nombre.
- Que no es cierto que el demandado haya echado a la viuda del domicilio conyugal, pues ambos tenian buena relación y fue de mutuo acuerdo que la actora se retiró del domicilio conyugal, argumentando que le traía muchos recuerdos. De ahí que no tiene fundamento el argumento de la actora que señala que luego de ser echada tuvo que ser recibida por una amiga, cuando cuenta con una propiedad.
- Que el presente procedimiento carece de fundamento, pues si bien es cierto, le fue comunicado, mediante burofax, el año de viudedad; sin embargo, esta ha tenido lugar luego de 3 años de fallecimiento del Sr. Miguel, lo que descarta la petición de la actora, pues se solicita dentro del año posterior al fallecimiento del cónyuge o pareja, y no luego de 3 años.
Normas y artículos relacionados
- Ley 6/2015, de 13 de mayo, de armonización del Código civil de Cataluña.
- Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia.
- Artículo 231-31. Año de viudedad. Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia.
Documental aportada
- La misma que la prueba.
Prueba
- Certificado de convivencia
- Certificado de defunción
- Certificado de la resolución de aprobación de la pensión de viudedad
- Certificado de empadronamiento
- Solicitud al demandado, la entrega de la cantidad correspondiente a la cuarta viudal mediante burofax
- Impuesto de Sociedades, ejercicio 2011, 2012 y 2013.
- Contrato de arrendamiento suscrito entre el demandado y la actora en representación de su mercantil
- Escritura pública de compraventa de 17 de enero del 2007 a nombre de la actora
Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial: 29-06-2015
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
- Se estima parcialmente la Demanda planteada por la parte actora.
- Se condena al demandado al pago de tres mil euros con los interes devengados desde la interposición de la Demanda
- No se hace mención expresa en la condena de las costas causadas.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
- No hay condena expresa de costas, dado que se estima parcialmente la Demanda
- Que se ha demostrado que el estilo de vida de la pareja no era tan elevado y que la empresa que construyeron juntos sufrió importantes pérdidas, que la demandante tendría unos gastos de 250€ en alimentación, lo que da lugar a que el demandado otorgue dicha mensualidad por un año, tres mil euros, añadiendo los intereses correspondientes.
- Se deniega a la parte actora la petición de la cuarta viudal, pues no ha acreditado situación de necesidad, sino al revés, pues ha aparecido dos fuentes de ingresos nuevas, la pensión de viudedad y el alquiler del inmueble conyugal.
Segunda instancia
Prueba
- La misma que la documentación.
Documentación
- – Contratos de arrendamiento del inmueble propiedad de la parte actora
- – Alquiler de la nave propiedad de la pareja
- – Gastos de suministros del local propiedad de la pareja
- – Paga que recibe la actora de la empresa que creó con su pareja.
Resolución judicial del recurso
Fecha de la resolución judicial: 25-10-2017
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
- Se estima el recurso de apelación interpuesto .
- Se revoca la sentencia dictada en el Juzgado de Primera Instancia de Mataró y en su lugar se aprueba sustancialmente la demanda interpuesta por la actora.
- Se condena al demandado al pago de 213.689, 27€ con el interés legal correspondiente.
- Se desestima la impugnacion planteada por el demandado al recurso de apelación planteado por la parte actora.
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
- Se aprecia en la actora la ausencia de recursos económicos suficientes para atender a sus necesidades conformando de este modo la situación de pobreza relativa que la institución de la cuarta viudal busca reparar.
- Resulta improcedente la impugnación planteada por el demandado, ya que este alega que se debió condenar a la parte actora al pago de las costas procesales y no dejarlas sin mención expresa, pues la caducidad para reclamar la pensión de viudedad era de un año; sin embargo, esto no se admite, pues la pensión de viudedad no se asemeja a la pensión de alimentos, por lo que no hay una caducidad para reclamarla.
- No puede acogerse la pretensión de la demandada impugnante que pretende se deje sin efecto la condena al pago de 3.000 euros en el expresado concepto de any de plor, por lo que el total a liquidar por el expresado concepto queda establecido en 17.000 euros (14.000+3.000).
Tercera instancia
Fecha de la resolución judicial: 31-07-2018
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Estimar el recurso de casación presentado contra la misma sentencia, que casamos y dejamos sin efecto en el sentido de fijar la cuarta vidual de la demandante en la cuantía de 98.344,64 euros y suprimir la imposición de las costas de la primera instancia, confirmando el resto de la sentencia impugnada:
- Sin hacer imposición de las costas de los recursos.
- Con devolución de los depósitos constituidos por los recursos ante este tribunal.
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Las necesidades de la señora demandante propias de un nivel de vida medio, superior a la subsistencia estricta, podían ser atendidas a partir del mes de mayo de 2011 en parte con los bienes y recursos propios y en otra parte con una participación en el activo hereditario líquido de su pareja, por lo que el crédito de la reclamante en concepto de cuarta vidual no puede fijarse en el techo permitido por la ley, sino en una mitad de ese techo legal, lo que se traduce en un crédito de 98.344,64 euros.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Tarragona, núm. 427/2009, de 16-12-2009. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 1770074
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 230/2014, de 11-06-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69299461
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 702/2018, de 04-10-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71595755
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 573/2014, de 28-11-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69298914
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 57/2019, de 05-02-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70896784
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 191/2017, de 22-03-2017. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71780116
- Audiencia Provincial de Valencia, núm. 431/2018, de 09-07-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71597027
Formularios jurídicos relacionados con este caso
- contestación demandado
- apelación medidas cautelares
- recurso de apelación
- contestación demanda de apelación
- oposición al recurso de casación
- Audiencia previa
- Demanda
- Alegación a casación.
Biblioteca
Libros
- Jurisprudencia sobre derecho de familia y de la persona en Cataluña. Incluye Cd con jurisprudencia
- Persona y Familia. Estudios de Derecho Civil y Catalán
- El règim de comunitat de béns. La creació d’un patrimoni destinat al sosteniment de la família
- La familia del siglo XXI. Algunas novedades del Libro II del Código Civil de Cataluña
Artículos jurídicos
- Reflexiones acerca de la herencia (2008)
- Solicitud de liquidación de herencia (febrero 2010)
- La división judicial de la herencia (junio 2006)
- La fiscalidad de la adquisición por herencia de una vivienda (mayo 2018)
- Las diferencias fiscales entre donaciones y herencias. (Junio 2016)
- División de la herencia en la Ley de Enjuiciamiento Civil (diciembre 2006-enero 2007)
- Herencia o donación: ¿qué opción es más ventajosa fiscalmente? (2ª quincena febrero 2005)
Casos relacionados
- Demanda de juicio declarativo verbal de desahucio por precario. Cónyuge sin título acreditativo para la ocupación de la vivienda. Cuota viudal usufructuaria del tercio de mejora.
- División judicial de herencia. Aprobación de la formación de inventario propuesto por la parte demandante. Incomparecencia del demandado.
- División judicial de herencia
- Aprobación judicial de partición de herencia de hijo incapaz.
- Partición y aceptación de la herencia con esposa y diez hijos
- Consulta de herencia. Representación de aceptación de herencia.
- Plazo de aceptación de herencia.