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Casos de éxito

Demanda para el reconocimiento de incapacidad permanente total

El demandante es instructor deportivo y tras varias operaciones por lesiones, sigue sintiendo dolor y limitaciones lo que le impide desarrollar su trabajo

(Imagen: E&J)

Victoria Eugenia Ruíz Mialdea

Directora y abogada en Grupo Médico Durango. Especialista en Derecho y Mediación Civil y Mercantil.




Tiempo de lectura: 6 min



Casos de éxito

Demanda para el reconocimiento de incapacidad permanente total

El demandante es instructor deportivo y tras varias operaciones por lesiones, sigue sintiendo dolor y limitaciones lo que le impide desarrollar su trabajo

(Imagen: E&J)



Materia: Derecho Social

Especialidad: / Derecho Social / Seguridad Social



Número: 14075

Tipo de caso: Caso Judicial

Voces: Incapacidad permanente, INCAPACIDAD PERMANENTE, Incapacidad permanente, Régimen General de la Seguridad Social



Documentos originales presentados

El caso

Supuesto de hecho.

Madrid., 00-00-0000

El caso presenta a un individuo que trabaja como instructor deportivo y está afiliado al Régimen General de la Seguridad Social. Debido a diversas dolencias osteoarticulares en la mano derecha y la rodilla izquierda, ha solicitado Incapacidad Permanente ante el INSS, pero su solicitud fue denegada por considerarse que sus lesiones no afectaban lo suficiente su capacidad laboral. A pesar de haberse sometido a tratamientos médicos y quirúrgicos, continúa experimentando dolor y limitaciones que le impiden realizar sus actividades laborales y deportivas de manera efectiva. Un informe médico respalda su solicitud, argumentando que las reducciones anatómicas o funcionales que enfrenta son graves y previsiblemente definitivas, lo que justifica su incapacidad para realizar las tareas fundamentales de su profesión como instructor deportivo.

Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo del cliente es obtener el reconocimiento de la Incapacidad Permanente por parte del INSS. Esto se debe a que, debido a sus dolencias osteoarticulares, el cliente enfrenta limitaciones significativas que le impiden realizar adecuadamente las tareas fundamentales de su profesión como instructor deportivo.

La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado se basa en la interposición de demanda para el reconocimiento de la prestación económica por incapacidad permanente total, y subsidiariamente, incapacidad permanente parcial, derivada de enfermedad común.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Social
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de lo social de Madrid.
  • Tipo de procedimiento: Procedimiento ordinario.

Partes

Parte demandante:

– Carlos Carlitos.

Parte demandada:

– Instituto Nacional de la Seguridad Social.

– Tesorería General de la Seguridad Social.

Peticiones realizadas

– El reconocimiento de la Incapacidad Permanente por parte del INSS.

– La revisión de la resolución previa que denegó la prestación de Incapacidad Permanente.

– La solicitud de una evaluación médica adicional para respaldar la incapacidad laboral del cliente.

– La presentación de documentación médica y pruebas adicionales que demuestren la gravedad y la permanencia de las dolencias del cliente.

– La solicitud de revisión de las restricciones impuestas al cliente en su profesión habitual como instructor deportivo.

– La solicitud de compensación económica adecuada para cubrir las necesidades del cliente debido a su incapacidad laboral.

Argumentos

1- Es competente el juzgado al que me dirijo de acuerdo con lo previsto en los artículos 1,2 a), 6 y 10.1 de la LJS por razón de la materia y el territorio dado que se trata del Juzgado del domicilio del demandado.

2- La legitimación activa es de la demandante por ser titulares de un derecho subjetivo y tener interés legítimo en las acciones que se ejercitan. Asimismo, la pasiva corresponde a la entidad demandada en virtud de lo dispuesto por el artículo 141 de la LJS.

3- El procedimiento se ha de seguir conforme a las normas de la modalidad procesal regulada en los artículos 140 a 147 de la LJS.

4- La presente demanda se formula en los términos previstos en el artículo 80, de la vigente Ley de la Jurisdicción Social, habiéndose cumplido el requisito de reclamación previa establecido en el artículo 71 del mismo cuerpo legal.

5- en cuanto a la base reguladora será de aplicación lo contenido en el art.197 de la LGSS.

6- La prestación económica correspondiente a la incapacidad permanente total en una pensión vitalicia de 55 por 100 de la base reguladora o subsidiariamente 24 mensualidades de la base reguladora de la última IT, según lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley General de la Seguridad Social.

7- En relación con el fondo, resulta de aplicación lo dispuesto en los artículos 193 y ss. De la LGSS y la Jurisprudencia del Tribunal Supremo en esta materia.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

1- Prueba documental:

Se solicita a las partes demandadas que aporten el expediente administrativo.

Se requiere a las partes demandadas que presenten el cálculo de la base reguladora para la incapacidad permanente total e parcial.

2- Prueba pericial médica:

Se aportará un informe médico en el momento procesal oportuno, acompañado de la comparecencia del perito para ratificar dicho informe.

3- Prueba testifical:

Se solicita el testimonio del Director del Centro Deportivo mencionado en la demanda, quien es el firmante del documento relevante en el caso.

Prueba

Existe prueba documental, pericial y testifical por parte de la demandante.

Estructura procesal

– Se interpone demanda en primera instancia.

– Se estima la demanda en favor del demandante.

– La parte demandada presenta recurso de suplicación.

– Finalmente se dictamina Sentencia final en favor de la parte actora.

Resolución Judicial

Segunda instancia

Tipo de recurso: Recurso de suplicación
Recurrente: Demandado.
Fecha del recurso: 01-01-1006
Tribunal: Tribunal Superior de Justicia.

Prueba

No existe aportación alguna de pruebas nuevas en el procedimiento.

Documentación

No hay aportación adicional en el recurso de suplicación por la parte demandada.

Resolución judicial del recurso

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Se desestima el recurso de suplicación formulado por el instituto nacional de la seguridad social y la tesorería general de la seguridad social.

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
1- La sentencia recurrida estima parcialmente la demanda y lo reconoce afecto de incapacidad permanente parcial. La seguridad social recurrente solicita, como primer motivo de recurso, con debido sustento adjetivo, la revisión fáctica del hecho probado primero de la sentencia de instancia, para que se adicione que el actor actualmente, con el puesto de trabajo adaptado, presta servicios como instructor de natación y de la sala de musculación. No se accede a lo solicitado, ya que el informe de vida laboral no se evidencia error de la juzgadora de instancia y, la prueba de interrogatorio de testigos en la que también se funda, no es apta para la revisión en el recurso de suplicación a tenor de lo preceptuado en el artículo 193 b) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

2- La parte recurrente denuncia, como último motivo de suplicación, con adecuado amparo procesal, la infracción de los artículos 193 y 194 de la Ley General de la Seguridad Social. Ha de tenerse en cuanta que la presente materia se encuentra presidida por el principio de profesionalidad, centrándose la controversia suscitada en autos en la determinación de, si el conjunto de padecimientos que la parte actora presenta, le permitan encuadrar su situación en el grado de invalidez postulado. A estos efectos, ser ha de destacar que el artículo 194.3 de la Ley General de la Seguridad Social, en relación a la disposición transitoria vigésimo sexta del citado texto legal.

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