Demanda por despido improcedente de empleado del sector de la siderometalúrgica
"La empresa cerraba por vacaciones de Navidad y el trabajador solicitó un día personal para no acudir a trabajar el día previo a las vacaciones"
(Foto: E&J)
Demanda por despido improcedente de empleado del sector de la siderometalúrgica
"La empresa cerraba por vacaciones de Navidad y el trabajador solicitó un día personal para no acudir a trabajar el día previo a las vacaciones"
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 14-01-2021
- Materia: Derecho Social
- Especialidad: / Derecho Social / Contrato de Trabajo
- Número: 13626
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Demanda, DESPIDO IMPROCEDENTE, Seguridad Social
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho
Objetivo. Cuestión planteada
Se cite a las partes para la celebración del acto de juicio oral y conciliación previa, tras los que, caso de no avenencia, se dicte sentencia que previa declaración de improcedencia del despido de que ha sido objeto la compareciente, condene a la empresa demandada, a la adopción entre la dicha readmisión o el abono de la máxima indemnización legal que le corresponda, con abono en ambos casos de los salarios de tramitación y costas del procedimiento.
La estrategia. Solución propuesta
La estrategia del abogado se basa en demostrar los siguientes hechos:
- Que a su cliente ha sido despedido de forma improcedente.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Social
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de lo social
- Tipo de procedimiento: Juicio Ordinario
- Fecha de inicio del procedimiento: 30-01-2019
Partes
Parte Demandante
Peticiones realizadas
Parte Demandante
- Se cite a las partes para la celebración del acto de juicio oral y conciliación previa, tras los que, caso de no avenencia, se dicte sentencia que previa declaración de improcedencia del despido de que ha sido objeto la compareciente, condene a la empresa demandada, a la adopción entre la dicha readmisión o el abono de la máxima indemnización legal que le corresponda, con abono en ambos casos de los salarios de tramitación y costas del procedimiento.
Argumentos
Parte Demandante
- Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
- Estatuto de los Trabajadores.
- Convenio colectivo de Siderometalúrgica de la Provincia de Lleida.
Normas y artículos relacionados
- Artículo 217. Carga de la prueba. Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Artículo 193. Objeto del recurso de suplicación. , Artículo 191. Ámbito de aplicación. , Artículo 97. Forma de la sentencia. , Artículo 221. Forma y contenido del escrito de preparación del recurso. , Artículo 194. Anuncio del recurso. Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
- Artículo 49. Extinción del contrato. , Artículo 55. Forma y efectos del despido disciplinario. , Artículo 56. Despido improcedente. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Documental aportada
Parte Demandante
- Contrato de trabajo.
- Una de las últimas nóminas de las que dispone (septiembre de 2018).
- Copia de la papeleta de conciliación.
Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial
08-10-2019
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial
Se estima la Demanda por despido interpuesta por el cliente contra la empresa P. Se declara improcedente el despido realizado por la empresa demandada con efectos desde el día 3/01/2019.
Se condena a la citada empresa demandada a que readmita a la parte actora en el mismo puesto y condiciones de trabajo que regían antes del despido o la indemnice en la cantidad de 4.178,97 euros. Dicha opción deberá ser ejercitada en el plazo de 5 días desde la notificación de esta sentencia, mediante escrito presentado en este Juzgado o comparecencia en caso de que la demandada no ejercite ningún tipo de opción de forma expresa, se entenderá que procede la readmisión.
En caso de optar por la readmisión, se condena a la empresa demandada a que, además, abone a la parte demandante los salarios dejados de percibir por está desde el día siguiente al del despido hasta el día en que se notifique la sentencia ambos inclusive, y la mantenga en situación de alta en la Seguridad Social durante el periodo correspondiente a tales salarios.
Se absuelve a FOGASA, sin perjuicio de la responsabilidad que en su día le pudiera corresponder en los términos previstos legalmente.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial
- Se declara que los hechos probados se han deducido de medios de prueba (art. 97.2 LRJS).
- Art. 49.1 k) Estatuto de los Trabajadores : el contrato de trabajo se extinguirá «por despido del trabajador».
- Consecuencias jurídicas del despido improcedente (art. 56.1 ET)
- Art. 23 LRJS: en cuanto a la FOGASA.
Segunda instancia
Resolución judicial del recurso
Fecha de la resolución judicial
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial
Jurisprudencia
- Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, núm. 6763/2006, de 11-10-2006. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 403514
- Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, núm. 411/2014, de 26-03-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69489857
- Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, núm. 295/2015, de 11-03-2015. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69508367
- Audiencia Provincial de La Coruña/A Coruña, núm. 501/2018, de 30-11-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71640882
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