Connect with us
Casos de éxito

Demanda por falta de información sobre los riesgos de inversión en cuanto a la adquisición de bonos

El objetivo del cliente es buscar una compensación por los daños y perjuicios sufridos como resultado de su inversión en bonos de 7,25% 07/13 a través de la entidad bancaria

(Imagen: Archivo)

Eduardo Rodríguez de Brujón y Fernández

Socio director de Quercus-Superbia Juridico, miembro de Legal Touch y profesor de ISDE.




Tiempo de lectura: 7 min



Casos de éxito

Demanda por falta de información sobre los riesgos de inversión en cuanto a la adquisición de bonos

El objetivo del cliente es buscar una compensación por los daños y perjuicios sufridos como resultado de su inversión en bonos de 7,25% 07/13 a través de la entidad bancaria

(Imagen: Archivo)



 

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 22-11-2022
  • Materia: Derecho Mercantil
  • Especialidad: / Derecho Mercantil / Contratación / contratos / Otros contratos
  • Número: 14014
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: AVAL, AVAL BANCARIO, CHEQUE, Contratos bancarios, CONTRATOS BANCARIOS, CUENTAS CORRIENTES O DE AHORRO

Documentos originales presentados

El caso

Supuesto de hecho.



Madrid., 15-09-2020

La demanda presentada se refiere a un caso en el que la parte demandante, María Loreto Millán, adquirió bonos de General Records 7,25% 07/13 con un valor nominal de 23,000 euros a través de la entidad BancosLamina. Estos bonos fueron comprados el 11 de julio de 2007.



La demandante sostiene que, como cliente minorista, desconocía los riesgos asociados con estos bonos y que BancosLamina no cumplió con su obligación de proporcionar información adecuada sobre los riesgos de la inversión.

Se argumenta que la entidad bancaria tiene legitimación pasiva en esta demanda debido a su adquisición del negocio bancario. Además, se alega que la comercialización de los bonos General Records 7,25% 07/13 no cumplió con las obligaciones de diligencia, lealtad e información por parte del banco, lo que resultó en un incumplimiento contractual.



Se señala que no existe caducidad en la acción de reclamación por daños y perjuicios, ya que se basa en la falta de información adecuada y que esta acción se ejerce dentro del plazo establecido por la ley.

Finalmente, la demanda busca la indemnización de los daños y perjuicios causados, que incluyen daño emergente, lucro cesante y daños morales, debido al incumplimiento de BancosLamina en proporcionar información adecuada sobre los bonos adquiridos por la demandante.

Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo del cliente, es buscar una compensación por los daños y perjuicios sufridos como resultado de su inversión en bonos de 7,25% 07/13 a través de la entidad bancaria. El cliente sostiene que no recibió la información adecuada sobre los riesgos de esta inversión y que hubo un incumplimiento contractual por parte de BancosLamina en proporcionar asesoramiento y cumplir con sus obligaciones de información. Por lo tanto, el objetivo principal del cliente en este caso es obtener una indemnización por los daños económicos, morales y lucro cesante que haya experimentado como consecuencia de esta inversión.

La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado es la interposición de demanda de juicio ordinario.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Civil
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de primera instancia.
  • Tipo de procedimiento: Procedimiento ordinario.
  • Fecha de inicio del procedimiento: 15-09-2020

Partes

Parte demandante:

– María Loreto Millán.

Parte demandada:

– BancosLamina.

Peticiones realizadas

Parte demandante:

– Declarar que BancosLamina fue negligente en sus obligaciones al vender los Bonos General Records 7,25% 07/13 y condenarla a indemnizar a la actora con la suma invertida más intereses y comisiones.

– En caso de que la primera petición no prospere, solicitar una indemnización similar por la negligencia en el seguimiento de la inversión por parte de BancosLamina.

– Pedir que BancosLamina pague las costas judiciales.

Parte demandada:

– Que el Juzgado admita el escrito de contestación y oposición a la demanda presentado por BancosLamina.

– Que se dicte una Sentencia que desestime completamente la demanda presentada por doña María Loreto Millán contra BancosLamina, absolviendo a esta última de todos los pedimentos contenidos en la demanda, y con imposición de costas a la parte actora.

– BancosLamina manifiesta su voluntad de cumplir con los requisitos legales relacionados con los actos procesales realizados en el procedimiento.

Argumentos

Parte demandante:

– Jurisdicción y Competencia: Se establece que la jurisdicción ordinaria es la competente para conocer del caso de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

– Capacidad: Se señala que tanto la parte demandante como la demandada tienen capacidad para ser partes en el proceso, de acuerdo con la Ley de Enjuiciamiento Civil.

– Legitimación: Se argumenta que la parte demandante está legitimada para presentar la demanda, ya que es una de las partes del contrato cuya nulidad se solicita. La parte demandada BancosLamina, está legitimada como la otra parte del contrato y como obligada a indemnizar por el incumplimiento del deber de información.

– Postulación y Defensa: Se afirma que se cumplen las normas procesales de postulación, ya que la demanda se presenta a través de un Procurador y bajo la dirección de un Letrado.

– Requisitos Formales: Se asegura que la demanda cumple con todos los requisitos formales exigidos por la Ley de Enjuiciamiento Civil.

– Procedimiento: Se argumenta que el presente procedimiento debe ser un juicio ordinario, ya que la pretensión económica supera los 6,000 euros de acuerdo con el artículo 249 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Parte demandada:

– Cuantía Disputada: Se argumenta que la cantidad reclamada por la demandante no refleja el importe real pagado por los bonos y que no se han tenido en cuenta los rendimientos obtenidos, lo que reduce la cuantía real de la reclamación.

– Falta de Legitimación Pasiva: Se sostiene que BancosLamina no tiene legitimación pasiva debido a que la inversión de la demandante se realizó en el mercado secundario a un precio diferente al de la emisión original de los bonos. Se menciona una sentencia previa que respalda esta posición.

– Caducidad de la Acción por Error Vicio: Se plantea que la acción basada en un error en el consentimiento, mencionada en la demanda, ha caducado.

– Prescripción de la Acción de Responsabilidad: Se alega que la acción reclamada ha prescrito, ya que está sujeta a un período de prescripción especial de acuerdo con el Código de Comercio.

– Retraso Injustificado de la Acción: Se destaca que la demandante no había cuestionado la inversión previamente, a pesar de que la devolución debería haber ocurrido en 2013, y se menciona que la demandante aceptó un canje de acciones en ese momento y adquirió acciones de otras empresas desde entonces.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

Parte demandante:

1- Contrato de compra de los bonos.

2- Información fiscal que conforma la titularidad de los citados bonos

3- Extractos de la cartera de valores.

4- Extractos de la cuenta de valores que fue abierta por la entidad bancaria.

5- Contrato marco de cliente minorista firmado con el banco.

6- Escrito dirigido al Juzgado de Primera Instancia.

7 y 8- Anexos.

9- Reverso del contrato.

10- Carta del banco.

11- Adquisición del negocio bancario.

12- Reverso de la carta.

13- Folleto informativo expedido.

14- Compraventa de negocio bancario.

15- Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid.

16- Guía sobre la prestación del servicio de asesoramiento en materia de inversión.

17- Memoria anual de el banco.

18- Asesoramiento integral de los clientes y publicidad sobre ese aspecto publicada por BancoLamina en el diario la Vanguardia.

19- Informe Anual del 2006 de la CNMV.

20 a 24- Notas de prensa.

25- Bonos basura.

26- Mercado de valores.

27 y 28- Justificantes de pago de las Comisiones de custodia.

29- Resumen de cuentas corrientes.

30- Noticia del diario expansión sobre la confirmación del Tribunal Supremo.

Parte demandada:

1- Poder notarial.

2- Documentos que acreditan la fecha de la emisión de los BONOS GENERAL records 7,25% 07/13.

3- Extractos que remitía BancosLamina informando de la cotización del producto, donde la cliente podía ver la pérdida de valor.

Prueba

Prueba documental aportada por ambas partes.

Estructura procesal

DEMANDA

– Presentación de la demanda.

– Hechos alegados por el demandante.

– Peticiones del demandante.

CONTESTACIÓN A LA DEMANDA

– Presentación de la contestación a la demanda.

– Argumentos y excepciones de la parte demandada.

SENTENCIA

– Resolución judicial.

– Conclusiones y fallo del tribunal.

Resolución Judicial

Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *