Denunciado un hombre por violencia en el ámbito familiar
Se ha acordado el sobreseimiento provisional de las actuaciones
(Imagen: E&J)
Denunciado un hombre por violencia en el ámbito familiar
Se ha acordado el sobreseimiento provisional de las actuaciones
(Imagen: E&J)
FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 15-11-2023
Materia: Derecho Penal
Especialidad: / Derecho Penal / Jurisdicciones especiales / Juzgados de violencia contra la mujer
Número: 14063
Tipo de caso: Caso Judicial
Voces: Delito de maltrato y delito de lesiones en violencia de género, Enjuiciamiento de los delitos leves en la violencia de género y en la violencia doméstica, La prueba de la violencia de género., Los Juicios Rápidos en los delitos de violencia de género, MALOS TRATOS EN EL ÁMBITO FAMILIAR, Orden de Protección de las víctimas de violencia de género: medidas civiles, Violencia de género, VIOLENCIA DE GÉNERO
Documentos originales presentados
El caso
Doña Arenita denuncia a su ex marido Patricio por un presunto delito de Violencia en el ámbito familiar – acoso, amenaza, coacción, descubrimiento y revelación secreto, y Malos tratos en ámbito familiar. Manifiesta que su ex marido siempre ha sido una persona muy agresiva verbalrnente, que él siempre ha sido superior económicamente y que en casa la conducta era de manipulación y control hacia toda la familia, que Patricio tiene una manera de hablar altiva y ofensiva, que se irrita con facilidad y grita o da golpes encima de la mesa. Declara que su ex marido la ha tratado con malas formas, insultándola, burlándose y manipulándola económicamente.
La declarante manifiesta que en el primer convenio de separación, Patricio le tenía que abonar la cantidad de 25.000€ como compensación y que una vez que la declarante estaba a punto de firmar la compra de su nuevo piso, Patricio la coaccionó para cambiar las condiciones de divorcio a su conveniencia y que no eran las pactadas inicialmente, que si no lo hacía no le entregaría ese dinero.
Que no ha denunciado antes porque dependía económicamente de el, y ha decidido denunciar porque después de separarse él continúa maltratando a la declarante.
El procedimiento penal es sobreseído por falta de pruebas.
El sobreseimiento de las actuaciones.
Negar los hechos y alegar la falta de pruebas de la imputación.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Penal
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de violencia sobre la mujer
- Tipo de procedimiento: procedimiento abreviado
- Fecha de inicio del procedimiento: 19-10-2023
Partes
Denunciante:
Arenita
Acusado:
Patricio
Peticiones realizadas
Parte Denunciante:
Ha solicitado se acuerde una orden de protección respecto del denunciado.
Parte Acusada:
El sobreseimiento de las actuaciones.
Argumentos
Denunciante:
- Y un día de enero el denunciado estaba con el teléfono de la declarante entonces él vino con una cara endemoniada, insultó diciendo «eres una guarra, eres una puta» y cogió del cuello a la declarante, y entonces le calmó, le dijo «oye a ti esto no te conviene porque tiene antecedentes» y que era mejor que se fuese a la calle a darse una vuelta.
- Que firmó el convenio porque el denunciado le dijo que si no firmaba el convenio no le daba 25.000 euros que habían quedado que le daría como compensación a los aproximadamente siete años que la declarantl9 no había trabajado para cuidar de sus hijas, y por eso firmó. Que sí le dio los 25.000 euros pero luego se los quitó con otras cosas.
- Que cuando fué al juzgado a ratificar el convenio fueron con abogados, que le dijo a la abogada que estaba coaccionada, que dijo en el juzgado «yo no puedo firmar este convenio» y la letrada le dijo que si no lo firmaba se quedaba sin los 25.000 euros.
Acusado:
- Que está separado de la declarante y la sentencia fué de común acuerdo, que en ningún caso la coaccionó en el convenio. Que el motivo de esta denuncia es porque ella le pidió dinero y él en lugar de darle dinero, le pagó una compra, ella le dijo «lo voy a reclamar por otra vía» y a los cuatro días puso esta denuncia.
- Le dió 25.000 Euros por el trabajo que había realizado en casa durante el matrimonio como compensación.
- Que le puso un «puente de plata» para que se marchase de su casa, que ha ayudado a la denunciante a buscar piso y con la mudanza, y con la hipoteca, incluso cuando le habían llegado los muebles nuevos para que no perdiese de trabajar.
- Que no es cierto que le haya puesto un detective. Que lo dijo de forma irónica en una conversación.
- Que el día que llega a casa y se la encuentra durmiendo, el declarante había estado con su familia, su hermana y sus sobrinas, con las hijas del declarante, y volvía solo, y como la denunciante ya tenia otro piso en el que ya dormía, le dijo que qué hacia allí, y para no tener problemas el declarante se fué a dormir a casa de sus padre.
Que otro día la denunciante apareció a las dos de la mañana para ver a sus hijas, y dijo que quería ver a sus niñas, y el declarante entró en la habitación, hizo una foto de las niñas durmiendo y se la envió al móvil de ella, aún así ella dijo que había llamado a los mossos, esperó, pero como no venia nadie y ella parecía más calmada, le dijo que entrase un momento para que se quedase tranquila. - Que no sabe como se ha podido causar las lesiones de las fotografías aportadas.
Normas y artículos relacionados
Documental aportada
Parte Denunciante:
- Fotografías de moratones en el brazo.
- Capturas de whatsapp.
Prueba
Parte Denunciante:
- Audiovisuales
Estructura procesal
- Denuncia ante la comisaría, 18 de julio de 2023.
- Declaración de la denunciante, 19 de octubre de 2023.
- Auto no convocando la audiencia de la orden de protección interesada y negando la adopción de medidas cautelares de naturaleza penal, 19 de octubre de 2023.
- Declaración del investigado, 15 de noviembre de 2023.
- Auto acordando el sobreseimiento provisional de las actuaciones, 15 de noviembre de 2023.
Resolución Judicial
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO:
– Acordar el Sobreseimiento Provisional de las actuaciones.
Notifíquese al Ministerio Fiscal y a las partes, haciéndole saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Reforma en el plazo de los tres días siguientes a la notificación, ante este Juzgado, o directa o subsidiariamente Recurso de Apelación.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
PRIMERO: Dispone el artículo 777 .1 de la LECrim «El Juez ordenará a la Policía Judicial o practicará por sí las diligencias necesarias encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancias del hecho, las personas que en él hayan participado y el órgano competente para el enjuiciamiento, dando cuenta al Ministerio Fiscal de su incoación y de los hechos que la determinen». Por tanto, si las diligencias del atestado son suficientes, deberá ser adoptada alguna de las decisiones a que se refiere el artículo 779.1. de la LECrim. Se dispone que: 1.ª Si estimare que el hecho no es constitutivo de infracción penal o que no aparece suficientemente justificada su perpetración, acordará el sobreseimiento que corresponda. Si, aun estimando que el hecho puede ser constitutivo de delito, no hubiere autor conocido, acordará el sobreseimiento provisional y ordenará el archivo.
SEGUNDO: cabe recordar que en relación al testimonio de la denunciante-víctima respecto a los hechos que se investigan, debe valorarse unos criterios entre los que destacan la incredibilidad que como aspecto subjetivo relevante se refiere a la inexistencia de móviles espurios que pudieran resultar bien de las tendencias fantasiosas o tabuladoras de la víctima, como un posible motivo impulsor de sus declaraciones, o bien de las previas relaciones acusado-víctima, denotativas de móviles de odio o de resentimiento, venganza o enemistad, que enturbien la sinceridad de la declaración haciendo dudosa su credibilidad, y creando un estado de incertidumbre y fundada sospecha incompatible con la formación de una convicción inculpatoria sobre bases firmes.
De las diligencias practicadas no resultan indicios suficientes para mantener incriminación alguna porque se han vertido versiones contradictorias.
Conforme a lo expuesto, valorando las demás diligencias practicadas y la situación de conflicto acerca de la entrega de un dinero a modo de compensación por razón de trabajo, la declaración de la perjudicada, no supera los parámetros de valoración necesarios como para sostener la imputación.
En atención a lo anteriormente expuesto, se acuerda, al amparo del art. 779 y 641.1 de la LECrim, el sobreseimiento provisional al no haber quedado debidamente justificado la perpetración de los delitos denunciados.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Burgos, núm. 3/2009, de 19-01-2009. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 420173
- Tribunal Supremo, núm. 902/2021, de 19-11-2021. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 72069514
- Audiencia Provincial de Burgos, núm. 252/2017, de 21-07-2017. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70416440
- Audiencia Provincial de Castellón/Castelló, núm. 3/2017, de 12-09-2017. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70898758
- Audiencia Provincial de Ávila, núm. 16/2018, de 31-01-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70895487
- Audiencia Provincial de Toledo, núm. 36/2020, de 12-02-2020. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71958538
- Audiencia Provincial de Ávila, núm. 16/2018, de 31-01-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71514902
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 844/2009, de 08-06-2009. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 1606752
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 391/2009, de 28-04-2009. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 445701
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 123/2008, de 24-01-2008. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 381458
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 863/2009, de 02-06-2009. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 418921
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 504/2008, de 21-05-2008. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 370792
- Audiencia Provincial de Alicante/Alacant, núm. 341/2008, de 21-05-2008. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2306583
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 955/2008, de 15-09-2008. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 376992
- Audiencia Provincial de Cuenca, núm. 60/2003, de 30-04-2003. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 1239397
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 512/2010, de 22-04-2010. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2228285
- Audiencia Provincial de Jaén, núm. 5/2007, de 12-01-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 136914
Biblioteca
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- Derecho, Realidad Social y Violencia de Género
- Medidas de protección de la mujer ante la violencia de género
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Artículos jurídicos
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- Ley Orgánica contra la Violencia de Género
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- Situación de los derechos laborales de las mujeres víctimas de violencia de género en España. Evolución legislativa, contenido, protección y posibles líneas de actuación (2007)
- Sobre la violencia de género: sin educación y mediación no hay solución (mayo 2010)
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- Avances, reflexiones y nuevas propuestas en torno a la protección social frente a la violencia de género: acreditación, intervención en el ámbito sanitario y salvaguarda de la actividad laboral (2007)
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- Violencia de género. Delito de amenazas en el ámbito familar, proferidas en domicilio común. Sentencia condenatoria.
- Violencia de género. Delito de lesiones en el ámbito familiar. Pareja de hecho.