Determinación de guarda, custodia, régimen de visitas y pensión alimenticia
"Demandante y demandado formaron pareja sentimental y de dicha unión nació una hija menor"
(Foto: E&J)
Determinación de guarda, custodia, régimen de visitas y pensión alimenticia
"Demandante y demandado formaron pareja sentimental y de dicha unión nació una hija menor"
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 04-10-2018
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Familia / Patria-potestad
- Número: 11937
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: El recurso de apelación, Alimentos: régimen jurídico, Concepto, naturaleza y fundamento, los sujetos de la patria potestad., El estatuto jurídico legal de la guarda y acogimiento de menores., El recurso de apelación, Guarda y acogimiento de menores., GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA, GUARDA Y CUSTODIA DE HIJOS, La Patria Potestad, La relación paterno filial, MEDIDAS PROVISIONALES PREVIAS, Medidas provisionalísimas o previas. Medidas provisionales. Sentencia y medidas definitivas, PATRIA POTESTAD, PENSIÓN DE ALIMENTOS, RECURSO DE APELACIÓN, RÉGIMEN DE VISITAS
- Documentalista: Belén Cabanillas
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho
- Arona, Tenerife., 24-12-2015
Demandante y demandado formaron pareja sentimental y de dicha unión nació una hija menor. El actual domicilio familiar es una vivienda alquilada por ambos de la que se hace cargo del pago la demandante sin recibir nada por parte del demandado, ya que se encuentra en situación de desempleo.
La demandante asume todo el coste y carga de los gastos, alegando que con su sueldo no puede hacer frente a todo. Además, la menor posee una intolerancia, la cual le supone un coste superior en la compra de alimentos.
Objetivo: cuestión planteada
Que se tenga por formulada demanda de determinación de guarda, custodia, régimen de visitas, pensión alimenticia, y regulación de las relaciones paterno filiares, de modo que se dice Sentencia por la que se estime la misma.
La estrategia: solución propuesta
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia de Arona.
- Tipo de procedimiento: Familia. Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados.
- Fecha de inicio del procedimiento: 24-10-2017
Partes
Parte demandante:
- Doña L.
Parte demandada:
- Don I.
El Ministerio Fiscal:
- Defensor Judicial.
Peticiones realizadas
Parte demandante:
Que se tenga por formulada demanda de determinación de guarda, custodia, régimen de visitas, pensión alimenticia, y regulación de las relaciones paterno filiares, de modo que se dice Sentencia por la que se estime la demanda. Inicia esta demanda con el fin de instalar medidas para la protección de su hija, asegurando de esta manera la manutención y el alojamiento de la misma en un lugar digno.
Que se adopten como medidas definitivas la guarda y custodia de la menor, siendo quien la ostente la madre y que se ejerza conjuntamente la patria potestad entre ambos progenitores.
En cuanto a la atribución del domicilio familiar, al solicitarse la guarda y custodia y desplazarse la demandante a vivir a la ciudad de Vigo, se solicita que el uso de la vivienda familiar recaiga en la demandante, ya que el contrato de arrendamiento fue suscrito por ambos progenitores.
En cuanto al derecho de visitas, no se propone un régimen de visitas para el progenitor no custodio de carácter ordinario debido a la corta edad de la menor y la lejanía de ambos domicilios parentales.
En cuanto a los alimentos, que se establezca un mínimo en la pensión de alimentos por importe de 100€ mensuales.
En cuanto a gastos extraordinarios que tengan su origen en la hija común, que se abone en el plazo de 7 días naturales.
Respecto a la contribución de las cargas familiares, que el demandado abone los pagos del arrendamiento de la vivienda.
Parte demandada:
Se opone a las medidas interesadas por la parte demandante.
El Ministerio Fiscal:
Propone el ejercicio conjunto de la patria potestad de ambos progenitores, atribuyendo la guarda y custodia a la madre. El establecimiento de pensión de alimentos a favor de la hija menor y a cargo del padre por importe de 150€ mensuales.
La pertinente autorización para que la madre traslade el domicilio de la menor a Vigo.
En cuanto al régimen de estancia, la comunicación del padre hasta que la menor cumpla 5 años deberá ser en Vigo con desplazamiento del padre; a partir de los 5 años habrá posibilidad de desplazamiento de la menor a la isla de Tenerife.
Además, también propone un régimen flexible con preavisos de 10 días previos al fin de semana en que se vaya a hacer la visita.
Argumentos
Parte demandante:
- Que el actual domicilio familiar es una vivienda alquilada por ambos pero que la demandante es quien se hace cargo del pago sin recibir nada por parte del demandado.
- Que la menor es celiaca y tiene que llevar una dieta exenta de gluten, la cual, tiene un coste muy elevado y es costeada en absoluta exclusividad por la demandante.
- Que también es ella quien carga con los gastos de farmacia, seguro del vehículo, y la compra de todos los útiles que necesita la menor para su crianza.
- Todo esto debido a que el demandado no encuentra trabajo y colabora de forma escasa en la crianza y atendimiento de la menor. Además, en varias ocasiones el demandado acudió a su puesto de trabajo bajo efecto de alguna sustancia psicotrópica.
- Que ante esta situación la demandante ha tenido que buscar refugio en su familia que reside en Vigo, y se ha visto forzada a cambiar su domicilio a dicha ciudad puesto que con su sueldo no llega a cubrir todos los gastos.
- Que toda esta situación ha provocado en su persona un estrés que le ha desembocado en el desarrollo de una enfermedad autoinmune cómo es la psoriasis.
Normas y artículos relacionados
- Ley Orgánica del Poder Judicial (6/1985, de 1 de julio)
- Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Código Civil.
- Artículo 21. , Artículo 9. Ley Orgánica del Poder Judicial (6/1985, de 1 de julio)
- Artículo 6. Capacidad para ser parte. , Artículo 394. Condena en las costas de la primera instancia. , Artículo 437. Forma de la demanda. Acumulación objetiva y subjetiva de acciones. , Artículo 740. Causas de oposición. Ofrecimiento de caución sustitutoria. , Artículo 753. Tramitación. , Artículo 748. Ámbito de aplicación del presente título. , Artículo 749. Intervención del Ministerio Fiscal. , Artículo 769. Competencia. , Artículo 770. Procedimiento. , Artículo 773. Medidas provisionales derivadas de la admisión de la demanda de nulidad, separación o divorcio. Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Artículo 92. , Artículo 91. , Artículo 103. , Artículo 142. , Artículo 143. , Artículo 146. , Artículo 159. , Artículo 160. , Artículo 162. , Artículo 163. Código Civil.
Documental aportada
La parte demandante en su demanda aportó los siguientes documentos:
- Inscripción nacimiento de la menor en el Registro Civil.
- Contrato de arrendamiento.
- Diagnostico enfermedad de la menor.
- Dieta que debe llevar la menor.
- Facturas del elevado precio de la dieta.
- Gastos del alquiler.
- Gastos de farmacia.
- Seguro del vehículo.
- Compra de todos los útiles que necesita la menor para su crianza.
- Contrato de trabajo.
- Nómina del mes.
- Enfermedad psoriasis de la demandante.
- Contrato indefinido en Vigo.
Resolución Judicial
- Fecha de la resolución judicial: 07-02-2018
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
El Juzgado de Primera Instancia de Arona ha atribuido el ejercicio de la patria potestad de forma conjunta por ambos progenitores, atribuyendo la guarda y custodia de la menor a su madre autorizando el traslado del domicilio a Vigo. En cuanto a los gastos extraordinarios, estos deberán ser satisfechos por ambos progenitores por mitad.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
La Sentencia basa su condena atendiendo a la vida laboral de las partes, debido a que el padre estuvo desempleado entre finales de enero de 2017 y principios de diciembre de 2017, todo un año. Por su parte, la madre estuvo trabajando desde marzo de 2017 hasta febrero de 2018. Por tanto, el padre, en el curso de un año, ha tenido la posibilidad de actuar como cuidador principal de la menor, pero ha sido la madre quién ha prestado más atención a la menor. Por tanto, entiende que el interés superior de la menor se realiza estando con su madre y por ende, es razonable admitir también el cambio de domicilio.
Segunda instancia
Resolución judicial del recurso
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Iñigo contra la sentencia dictada en el procedimiento, confirmando la misma.
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
La Audiencia Provincial basa su decisión en que entiende que es preferible que la menor continúe bajo la custodia materna, así también se ha pronunciado el Ministerio Fiscal en su escrito de oposición del recurso, recordando la trascendental función que cumple en defensa de los derechos e intereses de los menores. Además, estima improcedente la solicitud del recurso de que el apelante pueda ver a la menor siempre que quiera, pues es dejar en manos de aquél el desarrollo de las visitas.
En cuanto a la pensión alimenticia, teniendo en cuenta las exigencias alimenticias de la menor, no parece que una cantidad de 150€ sea en absoluto desproporcionada para atender sus necesidades.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Cádiz, núm. 401/2015, de 24-09-2015. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69579346
- Audiencia Provincial de La Coruña/A Coruña, núm. 179/2019, de 30-09-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71497383
- Audiencia Provincial de Sevilla, núm. 507/2014, de 07-11-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69316817
- Audiencia Provincial de Las Palmas, núm. 270/2018, de 08-05-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71590371
- Audiencia Provincial de Asturias, núm. 206/2014, de 11-06-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69319917
- Audiencia Provincial de Gerona/Girona, núm. 265/2014, de 03-10-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69260057
- Audiencia Provincial de Islas Baleares/Illes Balears, núm. 219/2015, de 29-06-2015. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69570134
- Audiencia Provincial de Tarragona, núm. 0/0, de 08-04-2010. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2207006
Formularios jurídicos relacionados con este caso
Biblioteca
Libros
- Jurisprudencia sobre derecho de familia y de la persona en Cataluña. Incluye Cd con jurisprudencia
- Persona y Familia. Estudios de Derecho Civil y Catalán
- Sabelotodo de Derecho Civil. 2ª Edición. Actualizada a 2014
Artículos jurídicos
- Menores y régimen de visitas durante el estado de alarma acordado ante el COVID-19
- Guarda y custodia paterna (marzo 2012)
- La guarda y custodia compartida ¿un régimen excepcional? (junio 2015)
- Una visión diferente de la custodia compartida (diciembre-enero 2010)
- La guarda y custodia compartida. Pautas para su correcta aplicación (octubre 2006)
- La guarda y custodia compartida (alterna) en la jurisprudencia del Tribunal Supremo (julio-agosto 2013)
- Interés superior del menor y custodia: análisis jurisprudencial (junio 2011)
Casos relacionados
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