Dos abogados citados por un delito de estafa
Dos abogados citados por un delito de estafa
Los clientes decidieron denunciar a los abogados venezolanos que les habían ayudado en todo el proceso ya que, consideraban que les habían estafado
El Juzgado de Instrucción nº 21 de Madrid dicta el archivo y sobreseimiento de una causa que investigaba a dos abogados denunciados por no realizar sus servicios.
Dos abogados especialistas en derecho migratorio internacional y derecho de empresa de origen venezolano llevan desde 2019 en Madrid prestando servicios a personas latinoamericanas que quieren establecerse en España. Ellos les ayudan en la gestión de los trámites de residencia que posteriormente les permiten instalarse en nuestro país.
El problema llegó cuando uno de estos clientes decidió renunciar a los servicios que había previamente contratado con sus abogados, en este caso consistía en la creación de una empresa en España y así poder obtener una serie de beneficios mediante un procedimiento previsto en el artículo 70 de la Ley de Apoyo a Emprendedores y su Internacionalización. Los clientes contaron en todo momento con el asesoramiento de los abogados expertos, los cuales también les advirtieron de los riesgos que asumían al iniciar este procedimiento.
El proyecto empresarial presentado fue considerado poco innovador y por lo tanto se les denegó el permiso de residencia, en consecuencia, los beneficios que pretendían obtener mediante el procedimiento iniciado anteriormente también quedaron desestimados. En ese momento, los clientes decidieron denunciar a los abogados venezolanos que les habían ayudado en todo el proceso ya que, consideraban que les habían estafado. Los denunciantes aseguraban que no habían recibido ni una sola factura por parte de los abogados y que ni tan siquiera habían llegado a ver un documento oficial que acreditara que se estaban llevando a cabo los trámites pertinentes.
Ante esta situación, el Juzgado de Instrucción 21 de Madrid decidió incoar diligencias previas. Los dos abogados denunciados fueron citados a declarar en calidad de investigados contratando los servicios del conocido despacho penalista Ospina Abogados. El despacho madrileño, que es experto en derecho penal económico, aconsejó a los acusados defender siempre la verdad, argumentando que nunca mintieron ni estafaron a sus clientes; y dejar claro que les advirtieron en todo momento de los riesgos que asumían al iniciar el procedimiento expuesto, ya que no existía engaño alguno y que por lo tanto estaríamos ante una discusión propia del ámbito mercantil, ante un incumplimiento contractual.
Además de la declaración de los investigados donde estos señalaron que cumplieron con sus responsabilidades y que nunca incurrieron en ninguna estafa, Juan Gonzalo Ospina presentó un informe ante el juez en el cual quedaban reflejados los correos electrónicos que habían intercambiado sus clientes con los denunciantes. Estos mensajes corroboraban la existencia de facturas y los avisos a los denunciantes de los posibles problemas que podrían surgir durante el procedimiento. Como prueba definitiva, los clientes de Ospina aportaron una copia íntegra de todos los trámites que habían realizado en beneficio de los que ahora les acusaban por estafa.
El delito de estafa es actualmente, uno de los más comunes en España, aumentando un 70% desde la cuarentena
Tras la práctica de las diligencias de prueba, el abogado defensor solicitó el archivo de la causa, alegando que estábamos ante una clara cuestión de ámbito civil o mercantil, fuera de la esfera penal del delito de estafa del artículo 248 del Código Penal, sin que existieran los elementos del tipo, ni el engaño bastante, ni el error, que hubiere hecho que los clientes pagaran fruto de un fraude. Por todo ello, en el presente caso Ospina alegó, que sus clientes actuaron sin dolo, no hubo nunca voluntad para delinquir por parte de los abogados investigados; trayendo a colación recientes sentencias del Tribunal Supremo entre ellas la 602/2018 de 28 de noviembre cuyo ponente fue el magistrado don Eduardo de Porres, quien concreta y define los elementos penales de ciertas relaciones contractuales que se intentan criminalizar.
Al no existir indicios de que se hubiera cometido el presunto delito, el Juzgado de Instrucción 21 de Madrid dictó auto de archivo y sobreseimiento del caso.
El delito de estafa es actualmente, uno de los más comunes en España, aumentando un 70% desde la cuarentena ocasionada por la pandemia de la COVID-19, según refieren fuentes policiales, lo que supone importantes pérdidas para muchas de estas víctimas.