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Casos de éxito

Ejecutoria penal derivada de condena por delito de estafa

Con fecha de 8 de octubre de 2018 el Juzgado de lo Penal número 2 de Madrid ordena a Manuel, a que ingrese de manera voluntaria en prisión por no pagar la multa que se le impuso por un delito de estafa hacia la empresa de telefonía Azul SL

(Foto: E&J)

Adriana Rodríguez Delgado

Socia Lacaci & Delgado Abogados




Tiempo de lectura: 7 min

Publicado




Casos de éxito

Ejecutoria penal derivada de condena por delito de estafa

Con fecha de 8 de octubre de 2018 el Juzgado de lo Penal número 2 de Madrid ordena a Manuel, a que ingrese de manera voluntaria en prisión por no pagar la multa que se le impuso por un delito de estafa hacia la empresa de telefonía Azul SL

(Foto: E&J)

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 29-01-2019
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra el patrimonio / Estafa
  • Número: 12528
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ESTAFA, RECURSO DE REFORMA, Revocación, SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LAS PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD, SUSPENSIÓN DE PENAS, TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD
  • Documentalista: Cristina Rodríguez Santos

Documentos originales presentados



(Foto: E&J)

El caso

Supuesto de hecho
Madrid, 08-10-2018

Con fecha de 8 de octubre de 2018 el Juzgado de lo Penal número 2 de Madrid ordena a Manuel, a que ingrese de manera voluntaria en prisión por no pagar la multa que se le impuso por un delito de estafa hacia la empresa de telefonía Azul SL; y además, tiene que pagar por multa una cantidad de 1.080€. El 26 de octubre de ese mismo año el juzgado visto que no ha pagado la multa, decide que las partes se pronuncien sobre revocarle la pena o imponer alguna medida adicional (art 86.1 y 86.2 en relación con el art 84.1 respectivamente, ambos del CP).



En un Auto de fecha de 12 de diciembre de 2018 se refleja que se habia condenado a Manuel a un 1 año y 6 meses de prisión y una multa de un monto total de 2.756,88 euros; pero esto se había resuelto a través de una suspensión más pago de responsabilidad civil. El problema es que no paga esto último y además vuelve a delinquir incumpliendo por tanto el requisito que se le había impuesto para la suspensión de la pena. Por ello, se le declara insolvente, y además se le revoca la pena, teniendo que ingresar en prisión de manera voluntaria.

Objetivo: cuestión planteada

El objetivo del cliente es no ingresar en prisión. Por ello se alega 3 razones principales:

  • Beneficios para la comunidad: lo que quiere el cliente es que su pena quede conmutada a trabajos en beneficio de la comunidad. Esto es debido a que se pidió una sustitución de la pena, ya que no quería entrar en prisión.
  • Drogodependencia: nuestro cliente alega que presenta una drogodependencia, lo que implica que su entrada en prisión sería perjudicial.
  • Volver a ampliar la suspensión: esto es debido a, por un lado, que no es una persona solvente para pagar la multa y por otro lado por que cometió un delito de tipo leve cuando no debía cometerlo en la 1ª suspensión.

La estrategia: solución propuesta



Podemos basar la estrategia del abogado en 3 puntos teniendo en conjunto las Alegaciones y el Recurso de reforma (tanto el que se manda en un inicio, como el que amplia dicho recurso):

  1. Prorrogar la suspensión de la pena basándose en el principio de proporcionalidad, en base además con el art 86.2 a) del CP (si el imcumplimiento no fuera de caracter grave o reiterado el juez puede poner nuevas prohibiciones o condiciones, o modficar lo que ya se impuso)
  2. Realizar trabajos en beneficio de la comunidad. Consentido por su defendido y relacionándolo con el art 86.2 b) del CP (es una causa que permite al juez suspender la pena privativa si el delito que se comete no es grave o reiterativo). Una de las razones que alega es que es menos lesivo para la «libertad ambulatoria» de su cliente
  3. Por su drogodependencia. Este motivo tiene gran peso, tambien en los dos anteriores pues el abogado lo que pretende alegar es que debido a que su cliente presenta una drogodependencia, esta impediría el buen desarrollo de la reinserción de Manuel. Es decir, se vería perjudicada, pues al entrar en prisión le llevaría a que se agravase, siendo por ello un obstáculo para la reinserción que es un fin esencial, como marca la Constitución. Por ello, alega el art 80.5 del CP (que en resumen, justifica la suspensión de la pena privativa de libertad si el condenado ha cometido el hecho por su adicción) aportando como pruebas el informe de la clínica de desintoxicación.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Penal
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de lo Penal N 2 de Madrid
  • Tipo de procedimiento: Abreviado
  • Fecha de inicio del procedimiento: 19-12-2018

Partes

Parte demandante

  • Ministerio Fiscal.

Parte Demandada

  • Manuel.

Peticiones realizadas

Parte demandante

Manuel no ha pagado la multa, y además no ha cumplido uno de los requsitos de la suspensión de la pena, que era no volver a delinquir, pues comete un delito leve de la misma naturaleza. Además, cuando se le pide que tiene que pagar 1.080 euros, tampoco los paga. Por ello pide revocación de la suspensión de la pena, sustitución de la pena de multa por responsabilidad subsidiaria (por ser insolvente) y que no se le apliquen los beneficios de la suspensión de la pena privativa de libertad.

Parte demandada

  • Beneficios para la comunidad: lo que quiere el cliente es que su pena quede conmutada a trabajos en beneficio de la comunidad. Esto es debido a que se pidió una sustitución de la pena.
  • Drogodependencia: nuestro cliente alega que presenta una drogodependencia, lo que implica que su entrada en prisión sería perjudicial.
  • Volverle a ampliar la suspensión: esto es debido a, por un lado, que no es una persona solvente para pagar la multa y por otro lado por que cometió un delito de tipo leve cuando no debía cometerlo en la 1ª suspensión.

Argumentos

Parte demandante

Se realiza una averiguación patrimonial, para ver el estado de solvencia de Manuel, viendo la ausencia tanto de bienes, derechos y dinero, se procede a declararle insolvente, por ello siguiendo el art 53.1 del CP se decide la sustitución de la multa por 90 dias de responsabilidad personal subsidiaria. Pide tambien que se revoque la suspensión de la pena, porque el sujeto ha incumplido uno de los requisitos que es delinquir (comete un delito de caracter leve de la misma naturaleza) durante la suspensión de la pena, de esta forma, teniendo en cuenta el art 86 y siguientes del CP se procede a ejecutar la pena que se suspendió.

Parte demandada

Por un lado, prorrogar la suspensión de la pena basándose en el principio de proporcionalidad, en base al art 86.2 a) del CP (si el incumplimiento no fuera de caracter grave o reiterado el juez puede poner nuevas prohibiciones o condiciones, o modficar lo que ya se impuso). Por otro lado, realizar trabajos en beneficio de la comunidad, consentido por el propio  Manuel y relacionándolo con el art 86.2 b) del CP (es una causa que permite al juez suspender la pena privativa si el delito que se comete no es grave o reiterativo). Una de las razones que alega es que es menos lesivo para la «libertad ambulatoria» de Manuel. Todo ello viene dado por su drogodependencia, este motivo tiene gran peso, tambien en los dos anteriores. Pues  lo que se quiere alegar, es que debido a que Manuel presenta una drogodependencia, esta impediría el buen desarrollo de su reinserción. Es decir, se vería perjudicada, pues al entrar en prisión le llevaría a que se agravase, siendo por ello un obstáculo para la reinserción que es un fin esencial, como marca la Constitución. Por ello, se alega el art 80.5 del CP (que en resumen, justifica la suspensión de la pena privativa de libertad si el condenado ha cometido el hecho por su adicción, por ello tiene que adjuntar como justificante  un documento expedido por el centro médico donde trate dicha adicción)  aportando como pruebas el informe de la clínica de desintoxicación.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

  • Misma que en la prueba

Prueba

Parte demanda

  • Informe del centro de desintoxicación.

Auto donde indica la extinción de la pena de multa que motiva que se revoque la suspensión del auto que se recurre.

Resolución Judicial

  • Fecha de la resolución judicial: 29-01-2019.

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:

Se admite el Recurso de reforma, se aumenta un año la suspension de la pena, siendo un total de 4 años, con la condición de que no vuelva a delinquir en dicho tiempo.

Teniendo en cuenta la reconsideración de la anterior decisión judicial, que el delito es de tipo leve y las circunstancias personales de Manuel decide estimar el Recurso de reforma. Por tanto, no tiene efecto la revocación de la suspensión y se decide prorrogar un año más la suspensión.

Jurisprudencia

Formularios jurídicos relacionados con este caso

Biblioteca

Libros

Artículos jurídicos

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