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Casos de éxito

Horas extras mal pagadas: ¿cómo reclamar?

"Se ha dado cuenta de que en algunos casos, estas no han sido pagadas, y cuando se le han abonado lo han hecho en cantidades inferiores a las que deberían"

(Foto: E&J)

Lorena Puebla Hernández

Socia fundadora en P.J. LEGAL




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




Casos de éxito

Horas extras mal pagadas: ¿cómo reclamar?

"Se ha dado cuenta de que en algunos casos, estas no han sido pagadas, y cuando se le han abonado lo han hecho en cantidades inferiores a las que deberían"

(Foto: E&J)

  • Materia: Derecho Social
  • Especialidad: / Derecho Social / Proceso Laboral
  • Número: 12816
  • Tipo de caso: Consulta
  • Voces: Horas extraordinarias, RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, RETRIBUCIÓN DE HORAS EXTRAORDINARIAS
  • Documentalista: Andoni Osinaga.

Visualización de documentos:



(Foto: E&J)

Supuesto de hecho: cuestión planteada

  • Madrid, 30-06-2021

Un operario de fábrica ha realizado durante aproximadamente seis meses horas extras a su jornada habitual. Se ha dado cuenta de que en algunos casos, estas no han sido pagadas, y cuando se le han abonado lo han hecho en cantidades inferiores a las que deberían.



No conociendo cual es el procedimiento a través del cual puede reclamar a su empresa las cantidades adeudadas, se pone en contacto con el despacho de abogados que le da respuesta a la presente consulta.



Solución propuesta

Tras realizar una breve definición de las horas extraordinarias, tomando como referencia el art 35 del Estatuto de los Trabajadores, la abogada encargada de la consulta le manifiesta que el plazo para reclamarlas (al tratase de una reclamación de cantidad) es de un año desde que pudieron reclamarse.

Asimismo, le explica, que el primer paso a dar es la presentación de la papeleta de conciliación que debe contener siempre la información del trabajador y la empresa demandada, además de las horas extraordinarias que el trabajador y demandante ha realizado y por las que se reclama.



Si no se llega a un acuerdo de conciliación, se deberá de interponer una demanda ante el juzgado competente para conocer del caso y, si se llega a acuerdo, la problemática se dará por terminada y la reclamación por satisfecha.

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Cualquier consulta con el cliente se debe minutar, aunque siempre es aconsejable ofrecer al cliente la posibilidad de que, si finalmente se encargara el trabajo, el importe de la consulta se vería reducido de los honorarios finales.

Es necesario recordar que, aunque los honorarios de los Abogados son libres, los criterios orientadores de cada Colegio Profesional son los tenidos en cuenta para las tasaciones de costas.

Se aconseja firmar siempre la hoja de encargo profesional

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