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Casos de éxito

Jubilación forzosa por incapacidad permanente. Afectación de la capacidad de obrar. Improcedencia de expediente disciplinario

(Foto: Archivo)

Tiempo de lectura: 6 min



Casos de éxito

Jubilación forzosa por incapacidad permanente. Afectación de la capacidad de obrar. Improcedencia de expediente disciplinario

(Foto: Archivo)



 

El caso



Supuesto de hecho

El escorial, Madrid., 25-05-2015

En los hechos se debate sobre la posible incapacidad de la registradora doña Eugenia María. Dicho debate, se basa en ciertos comportamientos de esta que hacen dudar sobre su capacidad para hacerse cargo de la oficina registral. Son tales hechos los que han motivado que la Resolución General de los Registros y del Notariado iniciara el procedimiento de jubilación forzosa de la susodicha por posible incapacidad permanente de la citada registradora. Este expediente de jubilación se rige por los trámites establecidos en la Resolución de 29 de diciembre de 1995 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. De acuerdo con los citados trámites, el inicio del expediente de jubilación fue notificado a la afectada y al órgano médico competente, quien le requirió dos veces para que acudiera a someterse a un reconocimiento médico que permitiese formar opinión sobre la existencia o no de la supuesta incapacidad. Doña Eugenia, sin causa justificada, no se personó en los citados reconocimientos médicos adoptando una actitud obstructiva del expediente de jubilación.



 

El caso omiso de lo resuelto por la Dirección General de los Registros y del Notariado, motivó la apertura de un expediente disciplinario leve a doña Eugenia María. Esa misma actitud obstructiva del expediente de jubilación se deduce en el expediente disciplinario, en el cual la registradora no ha recogido ninguna de las notificaciones remitidas por el citado Centro Directivo. Se contempla la posibilidad de que no se aplique sanción alguna derivada de este expediente disciplinario al existir indicios que determinan la inimputabilidad de la registradora por la posible existencia de la ya citada incapacidad.

 

Finalmente se acordó la suspensión provisional de la misma hasta que el informe médico necesario para la tramitación del expediente de jubilación fuera recibido.

 

Objetivo. Cuestión planteada.

El cliente quiere que teniendo por presentado su escrito en tiempo y forma y, tras la celebración del preceptivo juicio oral, que se desmonte la afirmación contenida en la DEMANDA sobre la posible afectación de la capacidad de obrar de doña Eugenia María y en consecuencia, que se suspenda el procedimiento de jubilación forzosa.

 

La estrategia. Solución propuesta

La estrategia se basa fundamentalmente en aportar las pruebas y argumentos necesarios para refutar o desmontar la afirmación contenida en la DEMANDA sobre la posible incapacidad de doña Eugenia María. A través de este hecho, sería posible la suspensión del procedimiento de jubilación forzosa iniciado por la Resolución General de los Registros y del Notariado.

 

EL PROCEDIMIENTO JUDICIAL

 

Orden Jurisdiccional: Civil

Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de 1ª Instancia nº78 de Madrid.

Tipo de procedimiento: Juicio verbal especial sobre capacidad.

Fecha de inicio del procedimiento: 25-04-2016

 

Partes

 

  • Parte demandante

 

Ministerio Fiscal

  • Parte demandada

 

Doña Eugenia María

Peticiones realizadas

  • Parte demandante

 

Se solicita que se tenga por presentado el escrito de DEMANDA, así como también que se establezca la capacidad jurídica de la demandada y en consecuencia los medios de apoyo a la misma que se consideren necesarios en relación con el estado de doña Eugenia María. Esto último incluye las medidas necesarias para asegurar que el ejercicio de la capacidad respeta los derechos, la voluntad y las preferencias de la demandada.

Finalmente se solicita la práctica de las pruebas indicadas en el escrito de DEMANDA.

 

  • Parte demandada

 

Se solicita que se tenga por presentado el escrito de contestación a la DEMANDA, así como a su vez la absolución de la parte demandada, y en consecuencia, se declare la plena capacidad de doña Eugenia María. Finalmente se solicita la entrega a destiempo del informe psiquiátrico relativo al estado actual de la demandada, al no haber sido posible presentar el mismo junto al escrito de contestación de la DEMANDA por razones de tiempo, así como también la práctica de las pruebas indicadas.

 

 

Argumentos

  • Parte demandante

El argumento principal consiste en hacer ver que a demandad está afectada por una patología que de forma persistente y en la actualidad le impide desarrollar las tareas inherentes a su puesto de trabajo como registradora. Dicha patología se fundamenta el comportamiento que doña Eugenia presentaba de forma habitual en el Registro de la Propiedad tanto en su relación con los empleados como en relación con l trabajo que la misma desempeñaba.

A su vez, la parte actora se basa en el argumento de que la demandada fue diagnosticada como “cuadro compatible con trastorno paranoide” tras su internamiento involuntario por alteraciones conductuales.

Los fundamentos de la parte actora se basan en el Libro IV- Título I- Capítulo II de la LEC y libro IV- Título I, Capítulo I, tanto para el proceso sobre la capacidad de las personas como para el establecimiento de los medios de apoyo y salvaguardas adecuadas para el ejercicio de su capacidad jurídica tanto en la esfera patrimonial como en la esfera personal de la persona discapacitada a la que afecta este procedimiento.

 

  • Parte demandada

 

Como ya se ha citado, la estrategia se basa en aportar los argumentos necesarios para refutar la posible incapacidad de la demandada. Entre estos argumentos se encuentran:

La capacidad de la demandada en realizar tareas cotidianas tanto en el ámbito personal como patrimonial.

La autonomía de esta.

El informe de la Clínica Doctor Castillo.

Informe médico de la Doctora Laura Vega.

Finalmente, la incapacitación se sustenta en enfermedades que impidan a la persona gobernarse por sí misma de manera constante. A su vez, es necesario presumir la capacidad mental mientras no quede demostrado lo contrario. Todo esto anterior permite concluir que la presunción de incapacidad ha de estar sustentada en pruebas concluyentes y rotundas que permitan calificar dicha enfermedad mental como permanente hacia el futuro. Al no existir tales pruebas indicativas en la documentación aportada por el Ministerio Fiscal, se podría concluir que la posible causa de jubilación no guarda relación alguna con la existencia de una causa de incapacitación

 

Normas y artículos relacionados

Corrección de errores de la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Instrumento de ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006.

Instrumento de ratificación del Protocolo Facultativo a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006.

Ley de Enjuiciamiento Civil; Artículo 447, Artículo 437

Código Civil; Artículo 199, Artículo 200.

Ley de Enjuiciamiento Civil; Artículo 759

 

Documental aportado

  • Parte demandante

Se acompañan junto a la demanda los documentos en los que constan los hechos relatados:

Informe del Doctor Castillo sobre la situación mental de la demandada.

Asiento registral del domicilio.

  • Parte demandada

Informe médico de la psiquiatra doña Laura Vega.

Informe médico del psiquiatra don Francisco Javier Gómez.

 

Prueba

 

  • Parte demandante

Informe facultativo relativo al estado (mental, cognitivo, motriz y social) de la doña Eugenia María Palacios

Examen pericial consistente en el examen de la persona demandada por el Médico Forense de ese juzgado

Con independencia a las pruebas propuestas se solicitan las pruebas y audiencias preceptivas en los procesos de incapacitación.

 

  • Parte demandada

 

Examen judicial de la demandada.

Examen pericial de la demandada.

Audiencia de los parientes más próximos de la demandada

Comparecencia del médico psiquiatra.

 

Resolución Judicial

Fecha de la resolución judicial: 11-12-2017

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial: Se desestima la DEMANDA formulada por el Ministerio Fiscal no dando lugar a la modificación de la capacidad de obrar de Doña Eugenia María y, por tanto, no dando lugar a su vez al procedimiento de jubilación forzosa. No procede efectuar expresa condena en costas.

 

Fundamentos jurídicos de la resolución judicial: El fundamento del fallo se basa en la idea de la presunción de la capacidad mental. Las circunstancias modificativas de la capacidad han de estar demostradas en base a pruebas concluyentes y rotundas en contrario que aleguen que la persona ha dejado de comprender la realidad por deterioro de sus funciones cognoscitivas y cognitivas, es decir, que la persona ya no pude velar por su misma, por sus intereses y para ejercer con responsabilidad sus derechos y deberes sociales. En este caso, la presunta incapacidad no ha sido comprobada por todas las pruebas que se precisan al no haber quedado ésta debidamente acreditada y comprobada

JURISPRUDENCIA

 

    • Tribunal Superior de Justicia de Madrid, núm. 112/2016, de 03-02-2016. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69724812
    • Tribunal Superior de Justicia de Canarias, núm. 617/2017, de 26-06-2017. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70422218
    • Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, núm. 1106/2008, de 16-05-2008. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 233279
  • Tribunal Superior de Justicia de Canarias, núm. 537/2016, de 24-06-2016. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70358873

 

  • Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, núm. 1712/2007, de 27-04-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 180879

 

Documentos jurídicos de este caso

  1. demanda
  2. contestación de la demanda.
  3. sentencia

 

Formularios jurídicos relacionados con este caso

-Demanda para el reconocimiento de incapacidad permanente absoluta/total por accidente de trabajo o enfermedad profesional.

-Solicitud por incapacidad permanente.

 

Biblioteca

Artículos jurídicos

La jubilación forzosa en las políticas de empleo

La incapacidad permanente

La revisión de la incapacidad permanente por mejora

 

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