División judicial de herencia para división, partición y adjudicación de caudal relicto
(Foto: E&J)
División judicial de herencia para división, partición y adjudicación de caudal relicto
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Supuesto de hecho.
Doña Tiburcia falleció en marzo de 1996, sin haber dejado testamento y en estado de soltera, dejando únicamente cuatro hijos: Doña Isabel, Doña Margarita, Don Valentín y Doña Pilar. Los únicos bienes relictos conocidos de la herencia de Doña Tiburcia eran una finca Urbana y el saldo de una cuenta bancaria.
Los hermanos Doña Margarita, Don Valentín y Doña Pilar se habían puesto de común acuerdo para aceptar la herencia y proceder a su división, no así había ocurrido con Doña Isabel, con la cual no había podido contactar para este fin. Habían intentado en diversas ocasiones que su hermana conviniera el otorgamiento de las escrituras de aceptación de la herencia de su madre, sin resultado alguno.
Por todo lo anterior decidieron interponer ante el Juzgado Demanda de división de herencia.
Objetivo. Cuestión planteada.
Los clientes son los demandantes, Doña Margarita, Don Valentín y Doña Pilar, y su objetivo es que se citara a su hermana Doña Isabel y se procediera a la división y reparto de la herencia de su madre.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado pasa por la redacción de una Demanda de procedimiento especial para la división judicial de herencia, suficientemente motivada y justificada en la documental, que pruebe los diferentes intentos de contacto con su hermana Doña Isabel para la división y reparto de herencia. Asimismo, una vez localizada, se trataría de una división y aceptación judicial al uso, en la que todas las partes salieran beneficiadas, de acuerdo con las últimas voluntades de la causante.
Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº2 de Valdemoro
Tipo de procedimiento: División de herencia
Fecha de inicio del procedimiento: 13-03-2014
Demandantes
- Doña Margarita
- Don Valentín
- Doña Pilar
Demandada
- Doña Isabel (coheredera)
Causante
- Doña Tiburcia
Demandantes
- Que se citara a la coheredera-demandada, Doña Isabel.
- Que se dictara resolución por la que se procediera a la división de la herencia de la causante, conforme a lo dispuesto en la Ley, todo ello con expresa condena en costas a la demandada.
Demandada
- Doña Isabel no contestó a la Demanda, por lo que no realizó peticiones
Demandantes
- Que Doña Tiburcia falleció en marzo de 1996, sin haber dejado testamento y en estado de soltera, dejando únicamente cuatro hijos: Doña Isabel, Doña Margarita, Don Valentín y Doña Pilar.
- Que los únicos bienes relictos conocidos de la herencia de Doña Tiburcia eran una finca Urbana y el saldo de una cuenta bancaria.
- Que los demandantes habían intentado en diversas ocasiones que su hermana, Doña Isabel, conviniera el otorgamiento de las escrituras de aceptación de la herencia de su madre, sin resultado alguno.
Demandada
- Doña Isabel no contestó a la Demanda, por lo que no presentó argumentos
Demandantes
- Certificado de defunción
- DNI de la causante
- Certificado de últimas voluntades
- Certificado de nacimiento de los cuatro hijos de la causante
- Libro de familia
- Certificado de empadronamiento de la causante
- Edicto expuesto en el tablón del Ayuntamiento
- Escritura de compraventa de la vivienda
- Nota Simple expedida por el Registro de la Propiedad de la vivienda
- Acuses de recibo de burofaxes enviados a Doña Isabel
- Certificado de movimientos de cuenta bancaria
- Certificado de abono de tasas para la solicitud de certificado de últimas voluntades
- Facturas de la notaría para la confección del Acta de declaración de herederos
- Justificante de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de la vivienda relativo a los años 2011, 2012 y 2013
- Justificante de pago de la Tasa de Gestión de Residuos Urbanos de la vivienda relativo a los años 2012 y 2013
- Valoración de la vivienda
- Inventario de derechos y obligaciones de la causante al tiempo del fallecimiento
Demandada
- Doña Isabel no contestó aportó documentación
Demandantes
- Documental, por lectura de los documentos aportados con la demanda
- Más documental: señalando los archivos del Registro de la Propiedad, de la Notaría y del Ayuntamiento, de los Registros Civiles de Madrid, del Registro de Últimas Voluntades y del Servicio de Correos y Telégrafos, sin perjuicio de otros medios de prueba que fueran procedentes.
Demandada
- Doña Isabel no solicitó práctica de prueba
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº2 de Valdemoro resolvió mediante Decreto:
- Aprobar el acuerdo al que habían llegado los coherederos Doña Margarita, Don Valentín, Doña Pilar y Doña Isabel, reflejado en el hecho único del Decreto, relativo al inventario que conforma la herencia de Doña Tiburcia.
- Declarar finalizado el proceso.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
El Juzgado resolvió con base en los siguientes fundamentos de Derecho:
- Dispone el artículo 794 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que citados todos los que menciona el artículo, en el día y hora señalados, procederá el Secretario Judicial, con los que concurran, a formar inventario, el cual contendrá la relación de los bienes de la herencia y de las escrituras, documentos y papeles de importancia que se encuentren.
- No habiéndose suscitado controversia sobre la inclusión o exclusión de bienes en el inventario, se hacía necesario aprobar el acuerdo alcanzado.
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 13-03-2012. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2385061
- Audiencia Provincial de La Coruña/A Coruña, núm. 274/2015, de 21-07-2015. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69468789
- Audiencia Provincial de Asturias, núm. 124/2007, de 15-03-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 151488