La relevancia de una marca internacional registrada
"Para solicitar una Marca internacional es necesario tener previamente registrada una marca a nivel nacional o comunitario"
(Foto: E&J)
La relevancia de una marca internacional registrada
"Para solicitar una Marca internacional es necesario tener previamente registrada una marca a nivel nacional o comunitario"
(Foto: E&J)
- Materia: Derecho Mercantil
- Especialidad: / Derecho Mercantil / Propiedad Intelectual e Industrial / Propiedad industrial
- Número: 13531
- Tipo de caso: Consulta
- Voces: El ejercicio del Derecho de Marcas dentro de la Unión Europea. El uso de la marca dentro del Espacio Económico Europeo. El abuso en el ejercicio de los derechos de marcas. El agotamiento del Derecho de marcas dentro del territorio de los Estados miembros. Diferencias con el derecho de patentes. Jurisprudencia del TJUE., Derecho a la marca y Acción Reivindicatoria, Efectos y Derechos conferidos por la marca y la solicitud de registro de marca, El derecho de marcas y las cláusulas de los contratos para su explotación. Nacimiento de las obligaciones. Cláusulas válidas , El derecho de marcas y las cláusulas de los contratos para su explotación. Nacimiento de las obligaciones. Cláusulas válidas y nulas. Derecho de marcas y fraccionamiento de los mercados. Competencia desleal., El ejercicio del Derecho de Marcas dentro de la Unión Europea. El uso de la marca dentro del Espacio Económico Europeo. El ab, Extensión a la UE de Marcas Internacionales, La regulación de la unión Europea del derecho de Marcas. Las Directivas sobre Marcas. Tratados Internacionales en materia de Marcas. La Marca Comunitaria. La regulación unitaria en materia de reconocimiento y jurisdicción del Derecho de Marcas., MARCAS, Marcas Internacionales. Definición, PATENTES
Documentos originales firmados por el cliente
Consulta
Supuesto de hecho. Cuestión planteada
En esta Consulta se plantea la importancia del registro de una Marca, así como realizar dicho registro de forma internacional.
Solución propuesta
- ¿Qué es una Marca?
Una Marca es un título que concede el derecho exclusivo a la utilización de un signo para la identificación de un producto o un servicio en el mercado.
- ¿Cómo se lleva a cabo el registro de una Marca Internacional?
Para solicitar una Marca internacional es necesario tener previamente registrada una marca a nivel nacional o comunitario. El procedimiento se encuentra regulado por el Arreglo de Madrid y su Protocolo (Sistema de Madrid) pudiéndose obtener protección en muchos países depositando una sola solicitud en la OEPM para su traslado a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) con sede en Ginebra.
Pero este tipo de registro de Marca no opera en todo el mundo, sino únicamente en los países integrados en el Sistema de Madrid, ya sea formando parte del Arreglo, del Protocolo o de ambos, por lo que no puede utilizarse el sistema para proteger la marca en países no miembros. Asimismo, pueden solicitar una Marca Internacional ante la OEPM las personas físicas o jurídicas que tengan nacionalidad española tengan su domicilio en España, o posean un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en el país.
Así como, el procedimiento tiene 4 etapas:
- Ante la OEPM como oficina de origen, en la que se recibe la solicitud y se hace un primer examen formal en el que se comprueba que todos los datos solicitados coinciden con los de la marca nacional que le sirve de base, remitiendo la autoridad nacional la solicitud a la OMPI.
- Ante la OMPI, en la que se hace un examen formal y se publica la Marca ya con número internacional, en la gaceta OMPI de Marcas Internacionales.
- Ante la Oficina Nacional de cada país solicitado, que recibe la designación de la OMPI.
- Finalmente, si en el plazo de doce meses -en caso del Arreglo- o de dieciocho -en caso del Protocolo- dichas Oficinas no se oponen al registro basándose en su derecho nacional, la Marca Internacional será registrada.
Normas y artículos relacionados
- Estatuto de la Propiedad Industrial, de 26 de julio de 1929 (Art. 118)
- REGLAMENTO (UE) 2017/1001 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 14 de junio de 2017 sobre la marca de la Unión Europea
- Instrumento de Ratificación del Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de Marcas de 15 de junio de 1957, revisado en Estocolmo el 14 de julio de 1967 y en Ginebra el 13 de mayo de 1977.
- Instrumento de ratificación del Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas, adoptado en Madrid el 27 de junio de 1989.
- Instrumento de Ratificación de las Actas de Estocolmo de 14 de julio de 1967 del Arreglo de Madrid, relativo al Registro Internacional de Marcas de 1891.
- Instrumento de Ratificación del Arreglo de Niza relativo a la clasificación Internacional de los Productos y Servicios para el Registro de las Marcas del 15 de junio de 1957 y revisado en Estocolmo el 14 de julio de 1967.
Consejo Casos Reales
Cualquier consulta con el cliente se debe minutar, aunque siempre es aconsejable ofrecer al cliente la posibilidad de que, si finalmente se encargara el trabajo, el importe de la consulta se vería reducido de los honorarios finales.
Es necesario recordar que, aunque los honorarios de los Abogados son libres, los criterios orientadores de cada Colegio Profesional son los tenidos en cuenta para las tasaciones de costas.
Se aconseja firmar siempre la hoja de encargo profesional
Jurisprudencia
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 10-07-2003. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 107989
- Tribunal Superior de Justicia de Madrid, núm. 1431/2011, de 29-09-2011. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70107361
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 30-11-2005. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 242737
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 25-06-2009. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 436186
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 18-05-2004. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 162944
- Tribunal Superior de Justicia de Madrid, núm. 2423/2008, de 11-12-2008. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 417614
- Tribunal Superior de Justicia de Madrid, núm. 204/2007, de 05-03-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 327904
Biblioteca
Artículos jurídicos
- Marca nacional, marca comunitaria y marca internacional. Alcance de la protección que otorgan dichos signos distintivos a sus titulares (febrero 2013)
- La protección nacional e internacional de las marcas (noviembre 2002)
- El derecho internacional en el marco de una sociedad globalizada. Tendencias y perspectivas. (2009)
Casos relacionados
- Propiedad intelectual e industrial. Demanda contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas por permitir la inscripción de marca en el Registro.
- Propiedad intelectual e industrial. Marcas y patentes. Informe de viabilidad de registro en España de signo distintivo.
- Propiedad intelectual e industrial. Solicitud de titularidad de marca ante la Oficina Española de Patentes y Marcas con oposición. Concesión de titularidad. Recurso de alzada contra la concesión. Desestimado.
- Sociedad mercantil requiere de los servicios profesionales del letrado para registrar ante la Oficina Española de Patentes y Marcas una marca comercial.