Liquidación de partición hereditaria. Comprobación de valores
Recepción de herencias (Imagen: archivo)
Liquidación de partición hereditaria. Comprobación de valores
Recepción de herencias (Imagen: archivo)
1. Contestación a la Demanda por el Abogado del Estado |
2. Contestación a la Demanda por la Letrada de la CCAA |
3. Sentencia |
4. Demanda |
El caso
Supuesto de hecho.
En fecha de 11 de marzo de 2011, Don Manuel, Don Cándido y Doña Violeta aceptan la herencia causada por el fallecimiento de Doña Francisca, hermana y tía de los mismos.
Se emite Propuesta de Valoración y Liquidación Provisional por la Comunidad de Madrid, Consejería de Economía y Hacienda, por el bien heredado. Ante la valoración del bien, los herederos interponen reclamaciones económicas administrativas debido a la disconformidad de la propia valoración, entendiendo que, el informe que sirve de base, se encuentra carente de motivación suficiente.
Una vez presentadas las reclamaciones extrajudiciales, éstas son denegadas por el Tribunal Económico Administrativo de Madrid en Junio de 2013 por entender que si había motivación suficiente del acto impugnado. Contra la resolución del TEAM se interpone el correspondiente recurso contencioso administrativo en Marzo de 2014, lo que abre la vía judicial.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo de nuestros clientes es dejar sin efecto las resoluciones dictadas por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, y en consecuencia, dejar sin efecto las liquidaciones dictadas por la Oficina Liquidadora.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado ante las denegaciones de las reclamaciones económico administrativas de sus clientes consiste en que, dentro del plazo legalmente establecido, se interponga un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y así impugnar el informe del perito por falta de motivación.
El procedimiento judicial
Partes
Parte demandante:
Don Manuel
Don Cándido
Doña Violeta
Parte demandada:
Comunidad de Madrid
Peticiones realizadas
Parte demandante:
Los tres demandantes pretenden dejar sin efecto las resoluciones dictadas por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid a cada uno de ellos, por no ser ajustadas a derecho, y en consecuencia, anular las liquidaciones dictadas por la Oficina Liquidadora de Pinto derivada de la comprobación de valores.
Abogado Del Estado
El Abogado del Estado solicita que se dicte Sentencia desestimando el presente recurso contencioso administrativo.
Letrado de la Comunidad de Madrid
La Letrada de la Comunidad Autónoma solicita que se dicte Sentencia desestimatoria de la Demanda de la actora, así como la expresa imposición de costas.
Argumentos
Parte demandante:
En la argumentación, se remiten a lo expuesto en la reclamación económico administrativa, respecto de la falta de motivación del acto, así como del hecho de que el perito había emitido un informe sin haber inspeccionado personalmente el inmueble.
Además, se adjunta un informe pericial emitido por el Arquitecto Don Carlos, muy diferente al efectuado por el Técnico de la Administración. Las diferencias son notables, puesto que en el informe de Don Carlos, se describe la metodología que se emplea para el cálculo de su valor, así como del hecho que este perito sí examina personalmente el inmueble y describe sus calidades, tipologías, características constructivas, análisis del mercado…circunstancias que no existen en el informe del perito de la administración.
Dicho esto, resulta que el valor dado por el perito de la administración al bien inmueble es un valor asignado arbitrariamente.
Abogado Del Estado
La administración ha motivado suficientemente el acto administrativo de comprobación de valores, puesto que se ha señalado un valor justificado de la tasación, así como la detallada descripción del entorno y la enumeración de los equipamientos del mismo. El inmueble se describe con planos y fotografías, señalando las características del edificio y un análisis de la finca.
También se describe en el informe el método de comparación de mercado, describiéndose la mecánica y concretándose en la propia valoración los testigos empleados.
Letrado de la Comunidad de Madrid
Argumenta que según la Jurisprudencia no es necesario incorporar prolijas razones sobre por qué un acto administrativo ha sido adoptado, sino que simplemente es necesario dar breves razones de por qué se resuelve en un sentido y no en el contrario. Es decir, la motivación no implica que los interesados estén de acuerdo con el resultado de la valoración.
- Artículo 1. Régimen de asistencia jurídica. LEY 52/1997, DE 27 DE NOVIEMBRE, DE ASISTENCIA JURIDICA AL ESTADO E INSTITUCIONES PUBLICAS.
- Artículo 57. Comprobación de valores. , Artículo 134. Práctica de la comprobación de valores. Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre)
- Artículo 54. Motivación. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Artículo 103. Obligación de resolver. Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre)
- Propuesta de Valoración y de Liquidación Provisional
- Reclamaciones Económicas Administrativas
- Informe Valoración Vivienda por el Técnico de la Administración
- Normativa Urbanística
- Liquidación Provisional
- Informe de Valoración de Vivienda de Arquitecto
- Expediente Administrativo
Resolución Judicial
Jurisprudencia
- Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, núm. 239/2006, de 02-02-2006. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 261379
- Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, núm. 865/2007, de 20-04-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 332241
- Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, núm. 862/2007, de 20-04-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 332232
- Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, núm. 86/2007, de 26-01-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 355660
Formularios jurídicos relacionados con este caso
Biblioteca
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