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Casos de éxito

Modificación de medidas de divorcio contencioso

"En el año 2008 los cónyuges Doña M. y Don J. disolvieron su vínculo matrimonial mediante divorcio de mutuo acuerdo"

(Foto: E&J)

María Begoña Fernández Planelles

Fundadora de CIERZO-Abogados. y especialista en Mercantil y Civil




Tiempo de lectura: 5 min



Casos de éxito

Modificación de medidas de divorcio contencioso

"En el año 2008 los cónyuges Doña M. y Don J. disolvieron su vínculo matrimonial mediante divorcio de mutuo acuerdo"

(Foto: E&J)

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 09-06-2021
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Familia / Matrimonio / Modificación de medidas
  • Número: 13485
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: DIVORCIO CONTENCIOSO, GUARDA Y CUSTODIA DE HIJOS, MODIFICACIÓN DE MEDIDAS, PATRIA POTESTAD, RÉGIMEN DE VISITAS
  • Documentalista: Alberto Delgado F.

Documentos originales presentados



(Foto: E&J)

El caso

Supuesto de hecho

  • Comunidad Valenciana., 18-03-2016

En el año 2008 los cónyuges Doña M. y Don J. disolvieron su vínculo matrimonial mediante divorcio de mutuo acuerdo. En el año 2016 se dictó sentencia de modificación de medidas acordadas, de la cual emanó un nuevo convenio regulador de la convivencia familiar.



No obstante, para el momento de interposición de la demanda, las condiciones habían cambiado sustancialmente. El hijo de ambos de 14 años, menor de edad, ha solicitado que, aunque no desea dejar de ver a su padre, no pernoctar en su domicilio ni pasar las vacaciones con él. Esto se debe a que, desde la entrada en vigor del nuevo convenio, nota un ambiente hostil y desagradable en el domicilio, por lo que solo sale de su cuarto para comer, ir al baño y, de vez en cuando, jugar con sus hermanas. Por su parte, el padre manifestó que si dejaba de ir a su casa a él no le importaba.



Por ende, Doña M. se pone en contacto con el despacho de abogados para modificar el convenio regulador de las medidas del divorcio contencioso y evitar así esta situación que atraviesa el hijo de ambos.

Objetivo: cuestión planteada

Doña M. busca modificar el convenio regulador para que su hijo pase menos tiempo en casa de su exmarido, donde se encuentra muy incómodo por la actitud del padre.



La estrategia: solución propuesta

Interpondrán una demanda de modificación de medidas de divorcio contencioso para solicitar cambios en el convenio regulador de las medidas de divorcio.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Civil
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de violencia sobre la mujer.
  • Tipo de procedimiento: Procedimiento de separación o divorcio.
  • Fecha de inicio del procedimiento: 18-11-2020

Partes

Demandante:

  • Doña M.

Demandado:

  • Don J.

Peticiones realizadas

Demandante:

Solicita la modificación de medidas del divorcio contencioso de 2016 para que el hijo menor de edad del matrimonio pase menos tiempo en casa del padre.

Demandado:

Niega la modificación de medidas ya que no considera que se haya producido un cambio en las condiciones que propiciaron la adopción del convenio regulador de 2016.

Argumentos

Demandante:

Sobre las cuestiones procesales:

La parte actora se atiene a las normas contenidas en la legislación civil sobre competencia, enjuiciamiento y legitimación contenidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Sobre el procedimiento adecuado, es de aplicación el art. 770 del citado cuerpo legal, que establece:

“Las demandas de separación y divorcio, salvo las previstas en el artículo 777, las de nulidad del matrimonio y las demás que se formulen al amparo del título IV del libro I del Código Civil, se sustanciarán por los trámites del juicio verbal, conforme a lo establecido en el capítulo I de este título.”

En cuanto al procedimiento de modificación de medidas, la parte actora alega que se atendrá a la normativa dispuesta en el art. 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que dice:

“1. El Ministerio Fiscal, habiendo hijos menores o hijos con discapacidad con medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores y, en todo caso, los cónyuges, podrán solicitar del Tribunal que acordó las medidas definitivas, la modificación de las medidas convenidas por los cónyuges o de las adoptadas en defecto de acuerdo, siempre que hayan variado sustancialmente las circunstancias tenidas en cuenta al aprobarlas o acordarlas.

2. Estas peticiones se tramitarán conforme a lo dispuesto en el artículo 770. No obstante, si la petición se hiciera por ambos cónyuges de común acuerdo o por uno con el consentimiento del otro y acompañando propuesta de convenio regulador, regirá el procedimiento establecido en el artículo 777.

3. Las partes podrán solicitar, en la demanda o en la contestación, la modificación provisional de las medidas definitivas concedidas en un pleito anterior. Esta petición se sustanciará con arreglo a lo previsto en el artículo 773.”

Sobre el fondo:

Cuando se den las condiciones necesarias, en virtud de lo establecido en la jurisprudencia de los tribunales y en el ya citado art. 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se permite la modificación de las medidas del divorcio contencioso. En concreto, esta modificación se permite cuando se haya producido un cambio significativo en las circunstancias que propiciaron el convenio anterior. La actora algega que estas circunstancias han cambiado en base a la situación vivida en el domicilio del padre, claramente por la deteriorada relación entre éste y el hijo que comparte con Doña M., y la consiguiente petición del hijo de no pernoctar ni pasar las vacaciones en casa de Don J.

Por ende, en virtud de que se cumplen los requisitos y de que, como prueba principal, se aporta la declaración del hijo menor realizando la solicitud personalmente, se solicita que se estime la demanda y se redacte un nuevo convenio adaptado a las nuevas circunstancias.

En cuanto a las costas procesales, la actora alega que le corresponde afrontarlas a la parte demandada.

Demandado:

La representación legal del demandado alega que no concurren los requisitos necesarios para modificar el convenio regulador, alegando que en ningún momento tienen constancia de que la relación entre el padre y su hijo sea negativa y que se respire en su domicilio un ambiente de tensión. Por lo tanto, no hay un cambio en las circunstancias que propiciaron el acuerdo anterior y no procedería modificarlo.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

  • Demanda.
  • Contestación a la demanda.
  • Convenio regulador de medidas de divorcio contencioso.
  • Sentencia.

Prueba

Documental:

  • Convenios reguladores anteriores.
  • Acuerdo entre las partes para poner fin al divorcio contencioso.
  • Exploración del hijo menor de edad.

Testifical:

  • Declaración del menor de edad hijo del matrimonio disuelto.

Estructura procesal

  • Demanda.
  • Contestación a la demanda.
  • Práctica del juicio verbal.
  • Sentencia.

Resolución Judicial

  • Fecha de la resolución judicial: 09-06-2021.

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:

Se estima la demanda planteada por la parte actora, por lo que entra en vigor un nuevo convenio regulador entre las partes y se modifican las medidas de divorcio contencioso.

Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:

El tribunal entiende probados los argumentos esgrimidos por la actora, en especial a cerca de la modificación de las circunstancias que propiciaron la adopción del convenio anterior, por lo que procede llevar a cabo su modificación.

Jurisprudencia

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Biblioteca

Libros

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