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Casos de éxito

Propiedad intelectual: consideraciones legales de los E-Sports

La Ley de Propiedad Intelectual no incluye de forma expresa la categoría “videojuego”

(Foto: E&J)

Alejandro Sánchez Llorens

Abogado fundador de Type of Legal. Especialista en Derecho Digital y Protección de Datos.




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




Casos de éxito

Propiedad intelectual: consideraciones legales de los E-Sports

La Ley de Propiedad Intelectual no incluye de forma expresa la categoría “videojuego”

(Foto: E&J)

  • Materia: Derecho Mercantil
  • Especialidad: / Derecho Mercantil / Propiedad Intelectual e Industrial / Propiedad intelectual
  • Número: 13616
  • Tipo de caso: Consulta
  • Voces: El Derecho Europeo de la Propiedad Intelectual. Directivas que regulan los derechos de Autor. La Directiva 2001/29/CE. La Dir, Propiedad intelectual, PROPIEDAD INTELECTUAL, REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Documentos originales firmados por el cliente

Consulta

Supuesto de hecho. Cuestión planteada

Los videojuegos han pasado de convertirse en un producto de consumo a una nueva herramienta para la industria. Los e-Sports como tal, en el contexto de los videojuegos, permiten el enfrentamiento directo entre dos o más participantes que compiten en igualdad de condiciones. Un videojuego es un producto compuesto y complejo en donde concurren derechos de propiedad intelectual siempre que se trate de una obra original expresada.


(Foto: E&J)

Se trata de un sector del ocio con más peso en el mercado y que a pesar de su impacto y desarrollo todavía carece de una regulación jurídica específica. No obstante, podemos encontrar en la Ley de Propiedad Intelectual la base suficiente para su regulación.



Solución propuesta

La Ley de Propiedad Intelectual (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual) es verdad que no incluye de forma expresa la categoría “videojuego” en su artículo 10, en donde se establece un listado abierto de obras protegibles por los derechos de autor. Hay que tener en cuenta que lLey de Propiedad Intelectual protege los intereses de los autores de una obra original y expresada en cualquier tipo de formato por el simple hecho de su creación.

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Cualquier consulta con el cliente se debe minutar, aunque siempre es aconsejable ofrecer al cliente la posibilidad de que, si finalmente se encargara el trabajo, el importe de la consulta se vería reducido de los honorarios finales.



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