Reclamación de cantidad por resolución de contrato de colaboración entre sector público y privado
Demanda contencioso administrativa contra un ayuntamiento
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(Foto: E&J)
Reclamación de cantidad por resolución de contrato de colaboración entre sector público y privado
Demanda contencioso administrativa contra un ayuntamiento
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(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 11-02-2022
- Materia: Derecho Administrativo
- Especialidad: / Derecho Administrativo / Proceso Contencioso – Administrativo
- Número: 13808
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: AYUNTAMIENTO, Contratos del sector público, Derecho contencioso – administrativo, Proceso contencioso – administrativo
Atención, este caso real contiene normativa que no está en vigor. Esto podría afectar al planteamiento del caso y al fallo del tribunal. (Consultar legislación relacionada)
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho.
El Ayuntamiento cede a Bar S.L. mediante previo contrato, la explotación de unas instalaciones municipales. La propia sociedad decide acometer obras de reforma en el local desde los años 2012 al 2018. Acomete una primera obra que fue planteada a través del procedimiento habilitado al efecto, mediando autorización previa del Ayuntamiento. A partir de entonces, realiza distintas obras de reforma que lleva a cabo por cuenta propia.
Cuando finaliza el contrato en 2021 y el Ayuntamiento decide no prorrogar el contrato, Bar S.L. requiere al Ayuntamiento el coste de las obras acometidas. Según los propios términos del pliego de prescripciones técnicas y el contrato vigente en su momento, el coste de las obras de mantenimiento (como las que acometió la sociedad) sería asumido a la propia sociedad adjudicataria. El Ayuntamiento no paga, por lo que Bar S.L. interpone recurso contencioso-administrativo.
Objetivo. Cuestión planteada.
Se desestime el recurso contencioso administrativo en reclamación de cantidad interpuesto por Bar S.L.
La estrategia. Solución propuesta.
Se opone a las pretensiones de la parte actora con los argumentos expresados en el acto de la vista, se remite al expediente administrativo. Posterior a la sentencia, presenta escrito solicitando rectificación de error material cometido en el fallo de la sentencia, al no concordar con el fundamento de derecho tercero.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Contencioso – Administrativo
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de lo contencioso administrativo
- Tipo de procedimiento: Procedimiento abreviado
- Fecha de inicio del procedimiento: 27-01-2022
Partes
Parte demandante:
Bar S.L.
Parte demandada:
Ayuntamiento.
Peticiones realizadas
Parte demandante:
Se dicte sentencia estimatoria que declare que el Ayuntamiento adeuda a la recurrente la cantidad de 29.314,67 euros y le condene a pagar dicha cantidad, más los intereses moratorios y legales, con expresa condena en costas.
Parte demandada:
Se desestime el recurso contencioso administrativo.
Argumentos
Parte demandante:
El 16 de mayo de 2021 se reclamó al Ayuntamiento la factura no habiendo procedido el mismo al abono.
Parte demandada:
Remitiéndose al expediente administrativo alega que no se adeuda cantidad alguna puesto que Bar S.L. asumió el contrato a riesgo y ventura, que las obras realizadas forman parte de su objeto social y que, en todo caso, en la factura presentada se incluyen partidas prescritas.
Normas y artículos relacionados
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- LEY 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
- Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. (Derogada)
- Artículo 78. Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Artículo 214. Invariabilidad de las resoluciones. Aclaración y corrección. , Artículo 215. Subsanación y complemento de sentencias y autos defectuosos o incompletos. Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Artículo 216. Pago del precio. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. (Derogada)
Documental aportada
Parte demandante:
1.- Contrato de Prestación de Servicios.
2.- Contrato de fecha 14 de junio de 2013.
3.- Contrato de fecha 11 de julio de 2016.
4.- Resolución del Ayuntamiento de fecha 10 de julio de 2020.
5.- Resolución del Ayuntamiento de feha 22 de diciembre de 2020.
6.- Factura de 23 de enero de 2021.
Prueba
Documental.
Estructura procesal
El 24 de junio de 2021 Bar S.L. interpone demanda contenciosa administrativa en reclamación de cantidad contra el Ayuntamiento. El 27 de enero de 2022 se dicta sentencia estimatoria. El 7 de febrero de 2022 el Ayuntamiento presenta escrito solicitando rectificación de error material cometido en el fallo de la sentencia, al no concordar con el fundamento de derecho tercero. El 11 de febrero de 2022 se dicta auto de rectificación de sentencia desestimando la pretensión de Bar S.L. El 16 de junio de 2022 se declara firme la sentencia.
Resolución Judicial
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
«ESTIMAR el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de la mercantil XXXXXXX SL frente a la denegación presunta del AYUNTAMIENTO DE XXXXXXXXXXXX de la reclamación de pago de la cantidad de 29.314,67 euros correspondiente a la Factura 012/2021. Sin costas.»Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
1.- El contrato se califica como contrato administrativo especial y se rige por el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares y por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), vigente en el momento de celebración del contrato.2.- Artículo 216 del TRLCSP. Dado que los pagos reclamados se refieren a obligaciones no contraídas por la contratista y que el Ayuntamiento ya había asumido con anterioridad, pues obra en el expediente Informe favorable de la intervención al pago de las obras realizadas en el Bar Kiosco al inicio del contrato para su adecuación, el pago de los conceptos incluidos en la factura objeto de litigio corresponde al Ayuntamiento.
3.- Dado que según la propia Factura los gastos son imputables a los ejercicios entre 2012 y 2018, la totalidad de lo reclamado estaría prescrita, dado que no se alude a alguna reclamación anterior por los mismos conceptos que hubiera interrumpido el plazo de prescripción.
Segunda instancia
Resolución judicial del recurso
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
1.- Disposición Final 1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), y el artículo 4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que declaran la aplicación supletoria de la LEC en cuanto a todo lo que no esté expresamente previsto en la regulación de los procesos contencioso-administrativos.
2.- El artículo 267 Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ), los artículos 214 y 215 LEC prevén también la invariabilidad de las resoluciones judiciales después de firmadas y la posibilidad de que puedan ser objeto de aclaración y respecto de algún concepto oscuro, y de rectificación de cualquier error material y aritmético, además de la posibilidad de subsanación y complemento en los términos previstos en el artículo 215 LEC.
3.- El fundamento de derecho tercero, in fine dispone: “Procede en consecuencia la íntegra desestimación de la demanda.” Mientras que en el Fallo se acuerda “ESTIMAR el recurso contencioso administrativo”.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Zamora, núm. 73/2019, de 04-10-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71490292
- Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, núm. 156/2016, de 15-02-2016. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71222591
- Audiencia Provincial de Castellón/Castelló, núm. 268/2020, de 23-06-2020. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71992817
- Audiencia Provincial de León, núm. 63/2018, de 18-07-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71597511
- Audiencia Provincial de Madrid, núm. 112/2017, de 24-03-2017. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71756230
- Audiencia Provincial de Cádiz, núm. 234/2010, de 25-11-2010. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2299719
- Tribunal Superior de Justicia de Aragón, núm. 501/2015, de 25-09-2015. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69473417
- Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, núm. 54/2018, de 05-03-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71054790
Biblioteca
Libros
- Ley de la jurisdicción contencioso administrativa. Concordada con cuadros sinópticos resúmenes instituciones procesales
- Las medidas cautelares en la jurisdicción contencioso-administrativa
Artículos jurídicos
- Secuestro o resolución de un contrato de concesión de obra pública (enero-febrero 2010)
- Principales novedades de la ley de contratos del sector público (diciembre-enero 2018)
- La prueba en el procedimiento contencioso-administrativo (mayo 2018)
Casos relacionados
- Recurso Contencioso Administrativo contra impugnación de reclamación por actualización de precios en contrato administrativo.
- Recurso Contencioso – Administrativo accionando reclamación de cantidad por impago de facturas. Contrato arrendamiento de servicios.
- Contratos del Sector Público. Contrato de servicios de Apoyo a un Ayuntamiento en Gestión Recaudatoria. Reclamación de facturas. Cláusulas de los contratos del Sector Público. Sentencia desestimatoria
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