Reclamación de responsabilidad patrimonial por fallecimiento
"El demandante trabajaba como animador en un hotel, el 03 de mayo de 2016, durante su jornada laboral sufrió una caída accidental en la piscina con traumatismo cervical"
(Foto: E&J)
Reclamación de responsabilidad patrimonial por fallecimiento
"El demandante trabajaba como animador en un hotel, el 03 de mayo de 2016, durante su jornada laboral sufrió una caída accidental en la piscina con traumatismo cervical"
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 01-12-2021
- Materia: Derecho Administrativo
- Especialidad: / Derecho Administrativo / Procedimiento Administrativo
- Número: 13464
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Fallecimiento, RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, RESPONSABILIDAD DE MÉDICOS Y PROFESIONALES SANITARIOS
- Documentalista: Noelia Gómez de Ávila
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho
- Islas Baleares, 01-03-2021
El demandante trabajaba como animador en un hotel, el 03 de mayo de 2016, durante su jornada laboral sufrió una caída accidental en la piscina con traumatismo cervical. En el hospital se advierte tetraplejia y se programa una intervención para la fijación de la fracturas cervicales. En la valoración de la preanestesia se registra una alteración de la movilidad respiratoria lo cual es informado a la madrasta del paciente y firma el Documento de Consentimiento Informado. Al regresar de quirófano no fue posible desconectarle del respirador. El 08 de mayo de 2016 presenta derrame pleural y se le administra tratamiento antibiótico. El 12 de mayo se anota que el principal problema es la imposibilidad para la desconexión de la ventilación mecánica. El 19 de mayo sufre una parada cardiorrespiratoria y se inician maniobras de reanimación y consigue recuperar el ritmo. A las 15:45 horas fallece debido a una infección hospitalaria.
Objetivo: cuestión planteada
- Que se indemnice a los perjudicados por importe de 196.509,03€ (al padre 84.741,74; a la madre 84.741,74; y a la hermana 27.565,55€)
La estrategia: solución propuesta
La estrategia de la letrada está destinada a demostrar los siguientes hechos:
1. Negligencia médica.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Contencioso – Administrativo
- Juzgado de inicio del procedimiento: Tribunal Superior de Justicia
- Tipo de procedimiento: Juicio ordinario
- Fecha de inicio del procedimiento: 01-03-2021
Partes
Parte Demandante
- Cliente
Parte Demandada
- Administración S
- Seguros A
Peticiones realizadas
Parte Demandante
- Que se indemnice a los perjudicados por importe de 196.509,03€ (al padre 84.741,74; a la madre 84.741,74; y a la hermanda 27.565,55€)
Parte Demandada
- Que se desestime la demanda interpuesta, absolviendo a la Administración.
Argumentos
Parte Demandante
- La autopsia realizada en el cadáver puso en evidencia el edema pulmonar sobre cuadro inflamatorio preexistente que demuestra la anormal fluido terapia administrada al paciente (de 11 a 12 litros de balance hídrico al día de sobrecarga) afectado por neumonía adquirida en un ambiente hospitalario (verificada por el equipo médico después de 48 horas de hospitalización en la unidad) en una clínica caracterizada por una extrema fragilidad por tetraparesia por lesión medular cervical cuya gravedad se había manifestado por una insuficiencia respiratoria aguda que requirió ventilación mecánica invasiva
Parte Demandada
- Las complicaciones debidas no se debieron a una infección pulmonar o una infección nosocomial debido a que los facultativos tuvieron ocasión de atender al paciente que se trataba de un paciente que presentaba una lesión medular severa que afectaba a nivel cervical alto y que se asocia a un compromiso respiratorio como consecuencia de dicha afectación.
- Se dio tratamiento antibiótico para prevenir la infección.
- Se realizó un electrocardiograma que salió normal. La insuficiencia cardiaca era derecha por lo que no podía llegar sangre al pulmón. Y, por lo tanto esa sobrecarga del ventrículo derecho es la consecuencia de la afección pulmonar.
Normas y artículos relacionados
- Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Artículo 139. Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Resolución Judicial
- Fecha de la resolución judicial: 01-12-2021
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Se estima parcialmente el presente recurso contencioso administrativo, se anula la resolución recurrida y se reconoce el derecho de los demandantes a ser indemnizados por la Administración en las siguientes cantidades 179.924, 28 € (al padre 84.741,74; a la madre 84.741,74; y a la hermana 10.441, 50 €)
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
En primer lugar, el paciente desarrolló una neumonía nosocomial, esto es por infección en los pulmones como consecuencia de gérmenes que muy probablemente (según la Inspección Médica) entraron como consecuencia de la entubación derivada de la necesaria ventilación mecánica. Esta infección, junto con otras complicaciones, es lo que derivó en la sepsis. Y, en segundo lugar, la recurrente no acredita que fuese hermana siquiera de vínculo sencillo por tener padre o madre común (hermanastra). En consecuencia, a falta de dicha acreditación no cabe sino considerarla como allegada.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Málaga, núm. 183/2017, de 20-03-2017. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71798502
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 25-09-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 154726
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 25-05-2010. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 1959014
Formularios jurídicos relacionados con este caso
Biblioteca
Libros
Artículos jurídicos
- Recurso contencioso-administrativo. Indemnización por daños y perjuicios de la Administración derivada de negligencia médica
- Negligencias médicas: ¿qué vía jurisdiccional es la adecuada? (julio/agosto 2000)
- La responsabilidad civil derivada de las negligencias médicas (julio/agosto 1999)
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