Reclamación previa a la vía laboral por revocación de la prestación de desempleo
Reclamación previa a la vía laboral por revocación de la prestación de desempleo
Supuesto de hecho.
Don Francisco trabajaba para la empresa Company, S.L., de la cual fue despedido el 3 de abril de 2009. A partir de ese momento, Don Francisco solicitó al INSS la prestación por desempleo, que le fue concedida con fecha 12 de abril de 2009. No obstante, como Don Francisco consideraba que el despido había sido improcedente, se inició un procedimiento judicial contra la empresa Company, S.L., el cual finalizó con la condena a la empresa de abonarle, entre otros conceptos, los salarios de tramitación.
Don Francisco cobró la prestación por desempleo hasta el 11 de abril de 2011, fecha en la que fue contratado por otra empresa. No obstante, pasado un tiempo, concretamente el 13 de marzo de 2012 recibe notificación de la Dirección Provincial del Ministerio de Empleo y Seguridad Social mediante la que le comunican la propuesta de revocación de las prestaciones por desempleo disfrutadas al considerar que no le correspondían, precisamente porque Company, S.L. fue condenada por sentencia al pago de los salarios de tramitación, y reclamándole las cantidades recibidas indebidamente.
Finalmente, esa ropuesta de revocación se convirtió en revocación con plenos efectos, ante la cual Don Francisco decidió presentar reclamación.
Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es Don Francisco y su objetivo es que se dicte Resolución mediante la que se no se revoque la Resolución que le concedía la prestación por desempleo y, de este modo, no tener que devolver las cantidades recibidas en tal concepto.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado pasa por argumentar que la reclamación de la devolución de esas cantidades no es ajustada a Derecho, pues la concesión de la prestación se otorgó en una situación que el INSS conocía al momento de dejar de prestarla por el alta en la nueva empresa; apoyará sus argumentos documental y legislativamente.
Parte Recurrente
- Don Francisco
Parte Recurrida.
- Servicio Público de Empleo Estatal
Parte Recurrente
- Que se dictara Resolución por la que se dejara sin efecto la Resolución mediante la que se le revocaba su derecho a la prestación por desempleo.
Parte Recurrente
- Que se invocaba expresamente la caducidad del expediente. Pues el inicio del expediente era de fecha 13 de marzo de 2012 y fue notificado a Don Francisco el 3 de abril delmismo año. La Resolución que ahora se recurría llevaba fecha de 10 de julio de 2012.
- Que, por tanto, la Resolución que se recurría había sido dictada fuera del plazo legalmente estableido, y la misma carecía de efecto alguno, dado que el expediente estaba caducado.
- Artículo 71. REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/1995, DE 7 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO LABORAL
- Artículo 279. Plazos para solicitar la readmisión por el trabajador. , Artículo 284. Consecuencias del incumplimiento del empresario. Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Parte Recurrente
- Notificación de revocación de prestación por desempleo
Parte Recurrente
- Documental, por lectura de los documentos aportados con la reclamación.
- Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, núm. 4695/2007, de 23-11-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 187825
- Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana/Comunitat Valenciana, núm. 1255/2006, de 11-04-2006. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 134102
- Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, núm. 0/0, de 11-02-2003. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 82300
- Pago único de la prestación por desempleo (octubre 2009)
- La prestación por desempleo en el Derecho social comunitario (2008)
- La prestación por desempleo en la normativa y en la jurisprudencia comunitarias (2008)
- La contratación abusiva o fraudulenta temporal y el reintegro por el empleador de la prestación contributiva por desempleo en la Ley 45/2002 (2004)