Recurso contencioso administrativo contra desestimación de demolición de obras: construcción de naves y labores de acerado
"Existen informes técnicos que aseveran que los suelos objeto del expediente no tienen el interés edafológico"
(Foto: E&J)
Recurso contencioso administrativo contra desestimación de demolición de obras: construcción de naves y labores de acerado
"Existen informes técnicos que aseveran que los suelos objeto del expediente no tienen el interés edafológico"
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 28-10-2021
- Materia: Derecho Administrativo
- Especialidad: / Derecho Administrativo / Proceso Contencioso – Administrativo
- Número: 13507
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: AYUNTAMIENTO, Demanda, El juicio ordinario, RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, RECURSO DE APELACIÓN, RECURSO DE CASACIÓN
Documentos originales presentados
- Análisis del caso
- Recurso Contencioso Administrativo
- Demanda y traslado para oponerse
- Contestación a la demanda
- Auto admisión de pruebas
- Conclusiones DGT
- Conclusiones Ayuntamiento
- Sentencia estimatoria en parte
- Recurso de apelación
- Sentencia de apelación
- Recurso casación
- Auto traslado casación y pronunciándose sobre su inadmisión
- Providencia inadmisión casación
El caso
Supuesto de hecho
A fecha de 27 de febrero de 2018 se resuelve expediente por el que se desestima recurso de reposición interpuesto contra la resolución de 31 de octubre de 2017, por la que se acordaba la demolición de las obras consistentes en la construcción de naves industriales y labores de acerado. Se interpone un Recurso Contencioso Administrativo con fecha 14 de abril de 2018, contra dicha resolución. El Juzgado le solicita al Ayuntamiento una serie de documentación, que este aporta.
Con fecha 3 de septiembre de 2018, la parte actora formaliza la demanda en el Recurso Contencioso. Ante la cual, la parte demandada contesta a la demanda el 15 de octubre de 2018.
Objetivo. Cuestión planteada
Se desestime íntegramente las pretensiones ejercitadas por el reclamante y la inclusión de conceptos improcedentes y no conformes a derecho.
La estrategia. Solución propuesta
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Contencioso – Administrativo
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
- Tipo de procedimiento: Juicio Ordinario
- Fecha de inicio del procedimiento: 15-04-2018
Partes
Parte Demandante
- Empresa D.
Parte Demandada
- Cliente
Peticiones realizadas
Parte Demandante
- Se tenga por presentada la demanda, que se estime el recurso y que se declare no ajustadas a Derecho las resoluciones impugnadas, anulándolas y declarando la caducidad del derecho a restaurar la legalidad urbanística, en relación a las actuaciones sobre las que versa la orden de demolición.
Parte Demandada
- Se desestime íntegramente las pretensiones ejercitadas por el reclamante y la inclusión de conceptos improcedentes y no conformes a derecho.
Argumentos
Parte Demandante
- Existen informes técnicos que aseveran que los suelos objeto del expediente no tienen el interés edafológico por lo que no se puede clasificar como suelo industrial. Pero, a posteriori se desarrolla un expediente en el cual se aprobaba que los terrenos son clasificados como suelo urbanizable y que por lo tanto resulta legal realizar obras y actuaciones.
- Que la demolición afectará a varios trabajadores de manera directa e indirecta.
- Que es necesaria prueba sobre la situación fácticas de las obras.
Parte Demandada
- Que el expediente administrativo contiene múltiples comunicaciones desde la Dirección General de Urbanismo ordenando a la parte demandada la adopción de medidas necesarias para restaurar la legalidad urbanística que está infringiendo sistemáticamente el demandante.
- El suelo afectado está calificado por el planeamiento vigente como suelo no urbanizable de protección, por la cual ya se dictó por un Decreto de la Alcaldía en el que se disponía del precinto de las obras, además se advertía al recurrente la imposición de multas coercitivas, se incoaba el expediente sancionador y fue dictado por Decreto por el que se ordenó la paralización de las obras en cumplimiento de lo exigido en la ley 9/2001 del suelo de Madrid y la legalidad urbanística vigente.
Normas y artículos relacionados
- Artículo 236 bis. , Artículo 560. Ley Orgánica del Poder Judicial (6/1985, de 1 de julio)
- Artículo 8. , Artículo 49. , Artículo 3. , Artículo 19. , Artículo 23. , Artículo 48. , Artículo 61. , Artículo 62. , Artículo 56. , Artículo 60. , Artículo 54. , Artículo 64. , Artículo 85. , Artículo 80. , Artículo 86. , Artículo 87 bis. , Artículo 102. , Artículo 88. , Artículo 129. , Artículo 139. Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Artículo 9 Constitución Española.
- Artículo 1. , Artículo 238. Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria.
- Artículo 35. Motivación. , Artículo 70. Expediente Administrativo. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- NORMA Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- Artículo 281. Objeto y necesidad de la prueba. , Artículo 283. Impertinencia o inutilidad de la actividad probatoria. , Artículo 204. Firma de las resoluciones. Ley de Enjuiciamiento Civil.
Documental aportada
Parte Demandante
- Copia del poder.
- Copia de la resolución de fecha 27 de febrero de 2018, por el Ayuntamiento.
- Decisión social de recurrir, junto con el nombramiento del administrador y los estatutos sociales.
Prueba
Parte demandada
- Documentación pública: consistente en que se tengan por reproducidos los contenidos en el expediente administrativo.
Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial
22-05-2019
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial
Se estima parcialmente el Recurso Contencioso Administrativo formulador por la parte demandante contra el acuerdo de la junta de Gobierno Local del Ayuntamiento que desestimó el recurso de reposición interpuesto el 30 de noviembre de 2017 contra la orden de demolición acordada por la junta de Gobierno Local de dicho ayuntamiento en relación a obras realizadas sin licencia urbanística.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial
- Es objeto del Recurso Contencioso Administrativo el acuerdo de 22/2/18 de la Junta local del Ayuntamiento, que desestimó el recurso de reposición interpuesto el 30/11/17 contra la orden de demolición acordada por la junta de Gobierno de dicho ayuntamiento.
- Caducidad del derecho a la restauración de la legalidad urbanística por el transcurso del plazo de 4 años desde su terminación.
- Efectos de la próxima aprobación del PGOU.
- Necesidad de controlar previamente los actos de edificación y demás usos artificiales del suelo para garantizar su adecuación al planeamiento urbanístico, el cual pretende regular la utilización del suelo de la manera más beneficiosa posible para los intereses generales.
- En lo establecido por la sección 2ª de la Sala de lo Contencioso- administrativo del TSJ de Madrid que se ha pronunciado con reiteración sobre la cuestión litigiosa en el presente recurso contencioso- administrativo.
- El carácter «propter rem» de las obligaciones urbanísticas unidas a la propiedad de la finca.
- Caducidad de la acción de restablecimiento de la legalidad urbanística infringida por el transcurso del plazo de 4 años.
- La jurisprudencia relativa a que la imprescriptibilidad de la acción restauradora de la legalidad urbanística solo opera con respecto a terrenos calificados por el planeamiento como zona verde o espacio libre, sin que a tal efecto pueda equipararse los suelos inedificables.
- Reapertura del procedimiento y posibilidad de conservación de actos tras expediente anterior caducado.
- Lo establecido en el expediente administrativo.
Segunda instancia
Resolución judicial del recurso
Fecha de la resolución judicial
14-04-2021
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial
Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del 22 de mayo de 2019. Se confirma en su integridad, condenando al recurrente al abono de las costas causadas en esta alzada, que se fijan en 2.000€ en concepto de honorarios del letrado consistorial sirviendo un testimonio de la presente sentencia para que la Administración acreedora inicie el procedimiento de apremio, en defecto de pago voluntario y en otros 2.000€ más IVA en concepto de honorarios del otro letrado.
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial
- Se limita al estudio de los motivos alegados por la recurrente sin extender su enjuiciamiento a otros que fueron objeto de discusión y debate en la instancia.
- El motivo se desestima ya que no existe irregularidad ni incongruencia alguna en la Sentencia apelada.
- En lo señalado en la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo.
- En que no existe contradicción alguna entre el fundamento jurídico y el fallo ya que la sentencia establece que no cabe duda de que las obras a las que se referían la Orden de Legalización y la Orden de demolición son las naves en construcción denominadas por la Guardia Civil.
- El fallo de la sentencia es congruente con lo motivado en ella no pudiendo olvidarse que una vez dictada y notificada la orden de legalización si no se solicita la licencia al Ayuntamiento está obligado a dictar la orden de demolición.
- Caducidad de la acción de restauración de la legalidad urbanística : segundo y último motivo de apelación alegado por el apelante ya señalados.
- En el ámbito de la carga y valoración de la prueba en el que deben analizarse las alegaciones del actor.
Tercera instancia
Resolución judicial del recurso
Fecha de la resolución judicial
28-10-2021
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial
Inadmisión a trámite del recurso de casación.
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial
Incumplimiento de los requisitos exigidos: falta de documentación suficiente, carencia de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia en los términos en los que ha sido preparado el recurso al referirse sustancialmente a cuestiones de hecho excluidas de la casación , cuya valoración y apreciación en la instancia se discute en cuanto determinante fallo.
Jurisprudencia
- Tribunal Superior de Justicia de Madrid, núm. 348/2014, de 01-04-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69496727
- Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana/Comunitat Valenciana, núm. 823/2003, de 13-06-2003. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2331775
- Tribunal Superior de Justicia de Madrid, núm. 466/2016, de 15-06-2016. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70105277
Formularios jurídicos relacionados con este caso
- Recurso contencioso administrativo
- Demanda y traslado para oponerse
- Contestación a la demanda
- Conclusiones DGT
- Conclusiones Ayuntamiento
- Recurso de apelación
- Recurso casación
Biblioteca
Libros
- Ley de la jurisdicción contencioso administrativa. Concordada con cuadros sinópticos resúmenes instituciones procesales
- Las medidas cautelares en la jurisdicción contencioso-administrativa
Artículos jurídicos
- La prueba en el procedimiento contencioso-administrativo (mayo 2018)
- Las medidas cautelares en el recurso contencioso-administrativo (octubre 2007)
- La cuantía en el procedimiento contencioso administrativo (febrero 2011)