Recurso contencioso administrativo para la obtención de solicitud de asilo y protección subsidiaria
El Ministerio del Interior emitió una resolución que le deniega la concesión del derecho de asilo
(Imagen: E&J)
Recurso contencioso administrativo para la obtención de solicitud de asilo y protección subsidiaria
El Ministerio del Interior emitió una resolución que le deniega la concesión del derecho de asilo
(Imagen: E&J)
FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 26-02-2024
Materia: Derecho Internacional
Especialidad: / Derecho Internacional / Civil
Número: 14104
Tipo de caso: Caso Judicial
Voces: ARBITRAJE INTERNACIONAL, ASILO, Convenios y tratados internacionales, Derecho internacional privado concursal, El Derecho Internacional Humanitario, Los principios del Derecho Internacional, TRATADOS INTERNACIONALES
Documentos originales presentados
El caso
Este caso se basa en una solicitud de Protección Internacional presentada el 7 de enero de 2021 por el recurrente (quien presenta una impugnación). Después de admitir la solicitud, la Oficina de Asilo y Refugio inició un expediente administrativo. Posteriormente, la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio emitió una propuesta de resolución desfavorable el 27 de abril de 2021, sin la necesidad de entrevistar personalmente a los solicitantes.
El 28 de abril de 2021, el Ministerio del Interior emitió una resolución que el recurrente impugna. La impugnación se basa en la no apreciación por parte del Ministerio del cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 2 y 3 de la Ley de Asilo y en la Convención de Ginebra de 1951 para la concesión del derecho de asilo, así como en los artículos 4 y 10 de la misma ley para la concesión del derecho a la protección subsidiaria.
El objetivo del cliente es obtener el reconocimiento de su solicitud de asilo y protección subsidiaria en España.
La estrategia del abogado se basa en la interposición de recurso contencioso-administrativo.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: Audiencia Nacional sala de lo contencioso-administrativo.
- Tipo de procedimiento: Procedimiento Ordinario.
- Fecha de inicio del procedimiento: 06-09-2022
Partes
Parte demandante:
– La persona afectada.
Parte demandada:
– La Administración Pública.
Peticiones realizadas
– Se Solicita al Juzgado:
- Presentar y admitir la demanda contra la Resolución del Ministerio del Interior.
- Que se dicte sentencia revocando la resolución impugnada y reconociendo el derecho de asilo para mi representado.
– En caso de defectos procesales, solicito la oportunidad de subsanarlos.
– Se estima que la cuantía del recurso es indeterminada.
– Se prescinde de la celebración de vista y se pide el trámite de formulación de conclusiones.
Argumentos
1. Tutela Efectiva: El derecho a la tutela efectiva se encuentra consagrado en el artículo 24.1 de la Constitución Española, el cual garantiza a los ciudadanos el acceso a la protección de jueces y tribunales para la defensa de sus derechos legítimos. Este derecho implica que ninguna actuación judicial pueda causar indefensión a los involucrados en el proceso.
2. Competencia: La competencia de este recurso se establece de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 29/98 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como los artículos 66 y 74 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Estos preceptos atribuyen la competencia para conocer del presente asunto a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.
3. Legitimación: La legitimación para interponer la presente demanda se encuentra regulada en los artículos 18 y siguientes de la Ley 29/98 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En este caso, la parte demandante se considera legitimada al haber sido perjudicada por los actos de la Administración a los que se hace referencia en el escrito.
4. Procedimiento: El procedimiento a seguir se encuentra regulado en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Dichos preceptos establecen el marco procesal dentro del cual se llevará a cabo la tramitación de este recurso.
5. Postulación: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 29/98 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, el demandante actúa asistido por letrado y representado por Procurador.
6. Cuantía: La cuantía del presente recurso se considera indeterminada, no estando sujeta a una valoración económica específica.
Normas y artículos relacionados
- Constitución Española.
- LEY ORGÁNICA 5/1997, DE 4 DE DICIEMBRE, DE REFORMA DE LA LEY ORGANICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Artículo 24 Constitución Española.
- NORMA LEY ORGÁNICA 5/1997, DE 4 DE DICIEMBRE, DE REFORMA DE LA LEY ORGANICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL
- CAPÍTULO III Representación y defensa de las partes , CAPÍTULO I Capacidad procesal , Artículo 45. , Artículo 18. , Artículo 139. , Artículo 23. Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Documental aportada
No consta aportación de documentación.
Prueba
No consta aportación de prueba alguna.
Estructura procesal
– Resolución.
– Recurso contencioso administrativo.
– Oposición del Abogado del Estado.
– Conclusiones.
– Conclusiones Fiscales.
– Sentencia estimatoria.
Resolución Judicial
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
– Estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora, en nombre y representación del afectado, contra la resolución del Ministro del Interior de 26 de abril de 2021, que desestima la solicitud de asilo y la protección subsidiaria interesada el 7 de enero de 2021, a que las presentes actuaciones se contraen. Se anula parcialmente dicha resolución en los términos expresados en el fundamento de derecho quinto, por no ser ajustada a derecho.
– No hacer especial pronunciamiento en cuanto al pago de las costas procesales.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
1. El recurso contencioso-administrativo ha sido interpuesto contra la resolución del Ministro del Interior que desestimó la solicitud de asilo y protección subsidiaria presentada por el afectado el día 7 de enero de 2021.
2. Se han establecido los hechos documentalmente, incluyendo la solicitud de protección internacional presentada por el actor, su origen en un país Africano y los motivos de su solicitud, basados en la inseguridad y guerra en su país de origen.
3. Se han citado los fundamentos legales para el reconocimiento del derecho de asilo y protección subsidiaria, incluyendo la legislación nacional e internacional que establece los criterios para otorgar este tipo de protección.
4. Para el reconocimiento de la condición de refugiado y el derecho de asilo, no se requiere una prueba plena, sino indicios suficientes de la persecución sufrida, según la naturaleza de cada caso.
5. Se ha considerado que la resolución impugnada está suficientemente motivada y que el relato presentado por el solicitante carece de concreción respecto a la persecución individual, justificándose más en una mejora de la situación socioeconómica. Además, la Comisión Interministerial se ha pronunciado en contra de la concesión de asilo.
6. En base al artículo 139.1 de la LJCA, no se imponen las costas del proceso, al haberse estimado parcialmente el recurso contencioso-administrativo.
Jurisprudencia
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 14-10-2005. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 242788
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 08-02-2008. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 169863
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 30-12-2004. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 193014
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 31-01-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 133863
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 25-11-2005. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 242831
Biblioteca
Libros
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