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Casos de éxito

Recurso contra orden de alejamiento alegando vulneración del derecho de defensa

"Que se desestime el recurso de reposición interpuesto por el ahora denunciante y consecuentemente se decrete la invalidez de la orden de alejamiento y prohibición de comunicación que recae sobre la investigada"

(Foto: E&J)

Giulio Adinolfi

Director Jurídico de Legality Servicios Jurídicos Integrales.




Tiempo de lectura: 6 min

Publicado




Casos de éxito

Recurso contra orden de alejamiento alegando vulneración del derecho de defensa

"Que se desestime el recurso de reposición interpuesto por el ahora denunciante y consecuentemente se decrete la invalidez de la orden de alejamiento y prohibición de comunicación que recae sobre la investigada"

(Foto: E&J)

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 14-08-2020
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra la libertad y la integridad moral
  • Número: 12635
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: COACCIONES, COACCIONES EN EL ÁMBITO FAMILIAR, De las coacciones, DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, DERECHO DE DEFENSA, ORDEN DE ALEJAMIENTO

Documentos originales presentados



(Foto: E&J)

El caso

Supuesto de hecho

  • Valencia, 28-02-2020

El día 28 de febrero de 2020, se dicta un auto por el que se acuerda estimar el recurso de reforma interpuesto por el denunciante, contra un auto que desestimaba su solicitud de orden de alejamiento contra su mujer, por los delitos de malos tratos psicológicos en el ámbito familiar.



Este auto es desestimado y, se impone a la mujer del denunciante la orden de alejamiento y prohibición de aproximarse a este. La denunciada/ investigada, a su vez interpone una demanda por la que solicita que el ahora denunciante sea condenado por delitos de coacciones y amenazas, a la vez que solicita la desestimación de la orden de alejamiento y aproximación a la supuesta víctima alegando vulneración del derecho de defensa, por tratarse de una medida restrictiva que ha sido adoptada sin que ella fuere escuchada, además de encontrarse en su país de origen (Argentina) visitando a familiares, a lo que debe sumársele la pandemia del Covid que la imposibilita a regresar al Estado español.



Objetivo: cuestión planteada

Que se desestime el recurso de reposición interpuesto por el ahora denunciante y consecuentemente se decrete la invalidez de la orden de alejamiento y prohibición de comunicación que recae sobre la investigada.

La estrategia: solución propuesta

  • Demostrar que es la investigada la víctima en la presente litis, alegando que es el propio denunciante quien amenaza, coacciona y trata denigrantemente a la investigada.
  • Demostrar que el derecho a la tutela judicial efectiva y defensa se han visto vulnerados en la presente litis.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Penal
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Instrucción
  • Tipo de procedimiento: Diligencias previas
  • Fecha de inicio del procedimiento: 06-06-2020

Partes

Parte denunciante:

  • D. Enrique Márquez.

Parte denunciada/investigada:

  • Dª Rosa Estevez.

Peticiones realizadas

Parte denunciante:

  • Que se desestime el recurso de reforma interpuesto por la ahora investigada contra el auto que decreta la orden de alejamiento y prohibición de comunicarse con la parte denunciante.

Parte denunciada/invstigada:

  • Que se declare la nulidad de la orden de alejamiento.
  • Que se suspenda el presente procedimiento, como consecuencia de que esta parte ha interpuesto una denuncia ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, por lo que se daría una causa de inhibición por competencia objetiva por razones de materia.
  • Que se autoricen formas alternativas para que la investigada pueda otorgar el oportuno apoderamiento a su abogado, al encontrarnos ante una situación inédita a causa de la pandemia mundial que se está viviendo.

Argumentos

Parte denunciante:

  • Que se da una falta de representación procesal en la ahora denunciada/investigada.
  • Que el ahora denunciante es una víctima de extrema vulnerabilidad al padecer de un grado de minusvalía del 67% y diversas enfermedades, tanto físicas como mentales, causadas por el trato denigrante recibido por la investigada en el ámbito familiar.
  • Que las alegaciones que la parte denunciada realiza acerca de la medida cautelar son irrelevantes y carentes de documentos que las prueben.
  • Que existe una improcedencia de la acumulación o inhibición a favor del Juzgado de Violencia sobre la Mujer, como consecuencia de que la denuncia interpuesta por la investigada carece de prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del ahora denunciante.

Parte denunciada/investigada:

  • Que se da una ausencia de base fáctica de los hechos denunciados, además de no existir prueba suficiente que desvirtúe la presunción de inocencia de la ahora denunciada/investigada.
  • Que no se da una situación objetiva de riesgo para la adopción de la medida cautelar.
  • Que la ahora denunciada no ha tenido posibilidad de contradecir u oponerse a la denuncia interpuesta contra esta, razón por la cual se alega la vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y justa defensa.
  • Que se solicita la autorización de formas alternativas para que esta parte otorgue el oportuno apoderamiento, como consecuencia de que la ahora denunciada/investigada se encuentra «retenida» en Argentina (país de origen y donde tiene su familia) debido a la situación inédita de pandemia mundial que se está viviendo.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

Parte denunciante:

  • No hay/no consta.

Parte denunciada/investigada:

  • Documento 1: copia del email con la orden de alejamiento que ha recibido la denunciada.
  • Documento 2: copia de la denuncia presentada ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer.
  • Documento 3: justificante envÍo de Cd Rom, mediante correo certificado, remitido al Juzgado de Instrucción que contiene las conversaciones telefónicas entre el denunciante y la denunciada de fecha 16 de marzo de 2020, 22 de marzo de 2020 y 14 de abril de 2020.
  • Documento 4: copia de la notificación realizada el día 8 de mayo de 2020 por parte de este letrado al denunciante.

Resolución Judicial

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:



Se acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones, por no resultar debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado lugar a la formación de la causa.

Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:

    • No queda acreditado debidamente la perpetración de delito alguno de acuerdo con lo establecido en el art. 779.1.1ª en relación con el 641.1 LECrim.
    • Respecto del delito de coacciones, no se ha consumado delito alguno, dado que la denunciante, al tiempo de la denuncia no había acudido al domicilio familiar y, en consecuencia, no se le ha impedido el acceso al mismo.
    • Respecto al delito de apropiación indebida, la acción de extraer dinero de la cuenta común y traspasarlo a una cuenta privada, es una cuestión que en su caso deberá acreditarse y tendrá consecuencias en el posible procedimiento de divorcio, pero no tiene transcendencia penal en aplicación del art. 268 CP.

Segunda instancia

  • Tipo de recurso: Recurso de apelación
  • Recurrente: Dª Rosa Estévez
  • Fecha del recurso: 20-07-2020
  • Tribunal: Audiencia Provincial

Prueba

Parte recurrente:

  • Copia del recurso de reforma presentado por esta defensa el día 4 de junio de 2020.
  • Los documentos anexados al mismo.
  • Las grabaciones remitidas al Juzgado.
  • En particular los folios 53-44 en Autos.

Parte recurrida:

  • No hay/no consta.

Documentación

Parte recurrente:

  • No hay/no consta.

Parte recurrida:

  • Documento 1: Auto de 13 de Julio.

Resolución judicial del recurso

  • Fecha de la resolución judicial: 14-08-2020

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:

  • Se estima el recurso de apelación contra el auto de fecha 1 de junio de 2020 y, procede a revocarse.
  • Declaración de las costas de oficio.

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:

    • No se ha oído a la investigada de manera previa a la adopción de la medida consistente en la orden de alejamiento y prohibición de comunicarse con la víctima.
    • No queda acreditado que la supuesta víctima se encuentra en una situación excepcional por la gravedad de la conducta delictiva desarrollada o, en situación de riesgo elevado para la integridad de esta.
    • A pesar de que la falta de representación procesal de la investigada sea cierta, debe admitirse el recurso, pues no debe olvidarse que la medida cautelar ha sido adoptada inaudita parte, impidiendo así que la investigada pueda alegar contra la medida; por lo que impedirle la posibilidad de recurrir, vulneraría el derecho a la tutela judicial efectiva, al causarle evidente indefensión al no poder oponerse a la medida acordada.

Jurisprudencia

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