Recurso de apelación contra la autorización de entrada en domicilio ocupado ilegalmente
“Una mujer ha ocupado ilegalmente una vivienda, de titularidad de la Administración Pública, para vivir con su pareja y su hijo de cuatro años”
(Foto: E&J)
Recurso de apelación contra la autorización de entrada en domicilio ocupado ilegalmente
“Una mujer ha ocupado ilegalmente una vivienda, de titularidad de la Administración Pública, para vivir con su pareja y su hijo de cuatro años”
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 02-12-2021
- Materia: Derecho Administrativo
- Especialidad: / Derecho Administrativo / Proceso Contencioso – Administrativo
- Número: 13607
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Administración, Recurso contra autos, RECURSO DE APELACIÓN
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho
Ante la falta de una vivienda en la cual residir con su familia, doña Paula ha ocupado ilegalmente una vivienda, de titularidad de la Administración Pública, para vivir con su pareja y su hijo de cuatro años.
La Administración Pública quiere recuperar la vivienda, y para no quebrantar el Derecho Fundamental a la inviolabilidad del domicilio, presenta, ante el juzgado, una solicitud de autorización judicial de entrada en domicilio y de recuperación posesoria del inmueble; solicitud que da lugar a un Auto judicial autorizando la entrada en el domicilio de doña Paula y la recuperación posesoria de la vivienda por la Administración Pública.
Objetivo. Cuestión planteada
Combatir con éxito y dejar sin efectos jurídicos el Auto judicial que autoriza la entrada en domicilio, la orden de desalojo y la recuperación posesoria de la vivienda.
La estrategia. Solución propuesta
Presentar recurso Recurso de apelación invocando:
- La falta de motivación del Auto apelado, que pondere la situación personal, social y familiar particular del menor de edad, afectado por la ejecución de la orden de desalojo.
- La vulneración de los derechos e intereses del menor de edad.
- La falta de ponderación del interés superior del menor antes de autorizar la entrada en domicilio.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Contencioso – Administrativo
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de lo Contencioso administrativo
- Tipo de procedimiento: Juicio Ordinario
- Fecha de inicio del procedimiento: 20-08-2020
Partes
Parte Recurrente
- Cliente
Parte Recurrida
- Administración Pública
Peticiones realizadas
Parte Recurrente
- Se estime el Recurso de apelación.
- Se anule y se deje sin efecto el Auto dictado por el juzgado de lo contencioso administrativo, acordándose, asimismo, la anulación de la resolución por la que se acuerda la recuperación posesoria del inmueble.
- Se autorice la permanencia en la vivienda del menor de edad, hasta que cumpla la mayoría de edad.
- En su defecto, para el caso eventual de no estimarse la petición anterior, y se desestimase la petición de autorización de entrada en domicilio, se autorice la misma, condicionada a la puesta a disposición, en favor dedoña Paula y de su hijo menor, con 4 años de edad, de una vivienda alternativa, de las destinadas a protección social, de las que, ciertamente, disponela Administración Pública u otra entidad pública, al servicio de las personas vulnerables.
Parte Recurrida
- Tenga por formulada oposición al Recurso de apelación, desestime el Recurso de apelación y confirme el Auto judicial por el que se autoriza la entrada en domicilio.
Argumentos
Parte Recurrente
- Falta de motivación del Auto del Auto apelado que pondere la situación personal, social y familiar particular del menor de edad, afectado por la ejecución de la orden de desalojo.
- Vulneración de los derechos e intereses del menor de edad.
Parte Recurrida
- Conformidad a Derecho del Auto recurrido.
Normas y artículos relacionados
- LEY 3/1999, DE 30 DE MARZO, DE ORDENACION DE LOS SERVICIOS JURIDICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
- REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
- Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Instrumento de Ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.
- Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- Artículo 91. , Artículo 551. , Decimoquinta. Depósito para recurrir. Ley Orgánica del Poder Judicial (6/1985, de 1 de julio)
- Artículo 81. , Artículo 8. , Artículo 89. , Artículo 93. , Artículo 139. Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Artículo 10 , Artículo 18 , Artículo 24 Constitución Española.
- Artículo 38. Ejecutividad. , Artículo 97. Título. , Artículo 99. Ejecución forzosa. , Artículo 100. Medios de ejecución forzosa. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Artículo 36. LEY ORGANICA 3/1983, DE 25 DE FEBRERO, DE ESTATUTO DE AUTONOMIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
- Art. 51. Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
- Art. 25. Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración institucional de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 11. Recuperación posesoria. , Artículo 65. Adquisición de bienes. Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.
- CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO Instrumento de Ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.
Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial
- Se autoriza a la Agencia de Vivienda Social de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructura de la Comunidad de Madrid para que en ejecución de su resolución de 3 de septiembre de 2018 pueda proceder a la entrada en el inmueble ocupado ilegalmente.
- Informar a la comisión de tutela del menor de la consejería de servicios sociales de la Comunidad de Madrid que habrá de adoptar las medidas de protección necesarias y adecuadas para la guarda de los menores al producirse el desalojo de la vivienda y en el supuesto de situación de desamparo de estos.
- Adoptar las medidas precisas y necesarias al objeto de causar el menor perjuicio posible a los posible interesados, pudiendo recabarse al efecto el auxilio de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y/o Policía Municipal competentes. Una vez practicada la entrada en la vivienda referenciada y ejecutada la resolución, comuníquese el resultado a este órgano judicial en el plazo de los 15 días siguientes a su ejecución.
- NOTIFICAR este Auto a las partes, a la COMISIÓN DE TUTELA DEL MENOR DELINSTITUTO MADRILEÑO DE LA FAMILIA Y EL MENOR de la CONSEJERÍA DESERVICIOS SOCIALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como al MINISTERIO FISCAL.
- ESTABLECER un plazo de vigencia de este Auto de CUATRO MESES, contados a partir de la fecha en que se reciba en la Agencia de Vivienda Social de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructura de la Comunidad de Madrid el testimonio del presente Auto.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial
- Artículos 100 de la ley 39/2015, 8 de la LJCA y la resolución.
Segunda instancia
Resolución judicial del recurso
Fecha de la resolución judicial
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial
Jurisprudencia
- Tribunal Superior de Justicia de Madrid, núm. 922/2015, de 02-12-2015. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69478178
- Tribunal Superior de Justicia de Madrid, núm. 2472/2007, de 09-01-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 352681
- Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, núm. 84/2015, de 05-03-2015. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69347036
Biblioteca
Libros
- Ley de la jurisdicción contencioso administrativa. Concordada con cuadros sinópticos resúmenes instituciones procesales
- Las medidas cautelares en la jurisdicción contencioso-administrativa
Artículos jurídicos
- Las medidas cautelares en general y la suspensión del acto administrativo en singular en la nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso administrativa (noviembre/diciembre 1998)
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