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Casos de éxito

Recurso de apelación presentado por inadmisión de solicitud de concurso consecutivo

Impugnación de aplicación de la nueva normativa

(Foto: E&J)

César Paunero Herrero

Socio director en Paunero & Jerónimo Abogados




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




Casos de éxito

Recurso de apelación presentado por inadmisión de solicitud de concurso consecutivo

Impugnación de aplicación de la nueva normativa

(Foto: E&J)



 

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 28-09-2022
  • Materia: Derecho Mercantil
  • Especialidad: / Derecho Mercantil / Concursal
  • Número: 13684
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Concursos, El texto definitivo de la Ley de Segunda Oportunidad. Objetivo de la Segunda oportunidad., La remisión de la deuda: La Segunda Oportunidad, ÓRGANO DE ADMINISTRACION SOCIAL, Responsabilidad de los Administradores

Documentos originales presentados

El caso

Supuesto de hecho.



Madrid, 30-04-2021

Se inicia por parte del cliente el procedimiento de ley de segunda oportunidad, habiendo sido objeto de una derivación de responsabilidad de la Agencia Tributaria (por deudas que tenía la empresa de la que era administradora). La demanda es inadmitida aludiendo a diversos motivos no relacionados.



La estrategia procesal más normal hubiese sido la presentación de la demanda de nuevo para que la viese otro juzgado. Sin embargo, la problemática reside en el hecho de que el artículo 487.1.2º del Texto Refundido de la Ley Concursal, prohíbe expresamente a las personas que en los 10 años anteriores a la solicitud del BEPI hayan sido objeto de un acuerdo de derivación de responsabilidad por resolución administrativa. Caso del cliente en cuestión.

Por tanto se recurre el auto de inadmisión del concurso buscando que el concurso sea declarado como consecuencia de una demanda interpuesta antes de la entrada en vigor de la nueva normativa. Sin embargo, la batalla no acaba ahí, pues la disposición transitoria primera 3.6º de la Ley 16/2022 de 5 de septiembre, determina que a las solicitudes de exoneración presentadas después de la entrada en vigor de esta ley, les será de aplicación esta nueva normativa, lo que claramente perjudica al cliente, que presentó su demanda con una normativa que no le impedía la exoneración de sus deudas, promulgándose de forma sobrevenida una norma que claramente le perjudica y que pretende ser aplicada con efectos retroactivos.



Objetivo. Cuestión planteada.

Que estimen el recurso de apelación presentado dando pie a alegar la inconstitucionalidad de esa disposición transitoria, opción que se nos cerraría si lo presentáramos directamente en otro juzgado, como solíamos hacer habitualmente.

La estrategia. Solución propuesta.

Tras el auto inadmitiendo el concurso, se recurre en apelación frente a esta resolución. Con el fin de poder solicitar la aplicación de la ley concursal 1/2020 ya que la ley 16/2022 no beneficia al cliente.

El procedimiento judicial

  • Orden JurisdiccionalCivil
  • Juzgado de inicio del procedimientoJuzgado de primera instancia
  • Tipo de procedimientoSolicitud de concurso consecutivo
  • Fecha de inicio del procedimiento13-09-2021

Partes

Demandante:

Don Alfredo

Peticiones realizadas

Que se tenga por presentada la Solicitud de concurso consecutivo y previo cumplimiento de los correspondientes trámites legales, se dicte auto por el que, estimando íntegramente la presente solicitud:

Se declare el concurso voluntario, procediéndose al nombramiento del Administrador Concursal que por turno corresponda, abriéndose la fase de liquidación y pudiendo mi mandante hacer frente a los créditos contra la masa que surjan de su aplicación, si se estima conveniente.

Se acuerde la sustanciación del correspondiente procedimiento, con la formación de las secciones correspondientes, siguiéndose, los trámites previstos en el procedimiento especialmente simplificado a que se refieren los arts. 522 Y SS. y concordantes LC (también denominado procedimiento abreviado).

Se designe administrador del concurso para la apertura de la fase de liquidación.

Se acuerde el régimen de mera intervención de las facultades patrimoniales del deudor, respetando los artículos artículo 123 y ss en relación con los artículos 411 y ss. de la Ley Concursal.

Se acuerde cuanto demás sea procedente en derecho para la sustanciación del procedimiento hasta su conclusión.

Además se suplica que se tenga por presentada la apelación por la inadmisión de este trámite, buscando que se pueda presentar de manera correcta el concurso.

Argumentos

El auto de inadmisión establece que la documentación aportada para la realización de la solicitud de concurso no queda acreditada de manera suficiente. Por lo que esta parte considera que  resulta claro que la resolución recurrida no es acorde a derecho, a modo resumen, queremos dejar patente que el estado de insolvencia como presupuesto objetivo determinado en el artículo 2 del TRLC, no puede acreditarse de un modo concreto, de ahí que la normativa concursal detalle una serie de documentos que de forma indiciaria puedan apoyar la tesis del estado de insolvencia alegado por el deudor, entre ellos, la lista de acreedores,  no exigiendo la normativa concursal la aportación de un documento que acredite la existencia de las deudas alegadas, pues en muchos casos, esto supondría la imposibilidad de presentar el concurso.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

  • Acta notarial con la solicitud de mediación
  • Listado de acreedores
  • Memoria de actividades
  • Inventario de bienes y derechos
  • Relación de acreedores
  • Propuesta de liquidación
  • Propuesta de informe
  • Concurrencia de requisitos establecidos para el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho

Prueba

Documental

Estructura procesal

Tras la solicitud de presentación de un concurso consecutivo por hallarse en insolvencia, el juzgado lo desestima por que no queda acreditado de manera suficiente esta situación. El abogado en cuestión recurre en apelación por entender que si queda acreditada la documentación de manera suficiente. Pero se encuentra con que el cambio de Ley perjudica a su cliente, por lo que busca la aplicación de la legislación anterior.

Resolución Judicial

Biblioteca

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