Reposición y contencioso por denegación de emisión de certificado para el traslado de aves
El 23 de mayo de 2018 se interpone recurso contencioso-administrativo contra silencio administrativo producido en relación con la solicitud de la realización de análisis y posterior emisión del certificado sanitario
(Foto: Freepik)
Reposición y contencioso por denegación de emisión de certificado para el traslado de aves
El 23 de mayo de 2018 se interpone recurso contencioso-administrativo contra silencio administrativo producido en relación con la solicitud de la realización de análisis y posterior emisión del certificado sanitario
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- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 07-11-2019
- Materia: Derecho Administrativo
- Especialidad: / Derecho Administrativo / Proceso Contencioso – Administrativo
- Número: 11889
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: CONFLICTOS DE COMPETENCIA, Cuestiones de competencia, La competencia territorial, MEDIDA CAUTELAR, PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, RECURSO DE REPOSICIÓN, Recurso de reposición
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho
- Santa Cruz de Tenerife, 23-05-2018
El 23 de mayo de 2018 se interpone recurso contencioso-administrativo contra silencio administrativo producido en relación con la solicitud de la realización de análisis y posterior emisión del certificado sanitario específico de exportación que tenía por objeto posibilitar el traslado de aves de España a Marruecos.
Objetivo: cuestión planteada
Obtener una resolución judicial en la que se estime la autorización para la realización de una serie de análisis y posterior emisión de certificado veterinario oficial para la exportación de palomas al territorio extranjero de Marruecos para que puedan ser soltadas en un evento deportivo de los Campeonatos de España organizados por la RFCE.
La estrategia: solución propuesta
Solicitar la adopción de la medida cautelar consistente en requerir al demandado la emisión de la autorización para que los análisis y, en su caso, posterior certificado veterinario oficial para la exportación de animales sea expedido, con el objetivo de que se pueda llevar a cabo el evento de competición animal objeto del proceso, consistente en la suelta de palomas en el territorio extranjero de Marruecos.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Contencioso – Administrativo
- Juzgado de inicio del procedimiento: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección segunda
- Tipo de procedimiento: Ordinario
- Fecha de inicio del procedimiento: 23-05-2018
Partes
Parte demandante:
- Real Federación Colombófila Española.
Parte Demandada:
- Consejería de Canarias.
- Federación Canaria de Colombofilia.
Peticiones realizadas
Parte recurrente:
- Que teniendo por presentado el escrito, tenga por formalizado en tiempo y forma demanda, elevando las actuaciones y previos los trámites oportunos, dicte Sentencia en la que se estime íntegramente la demanda, acordándose la aplicación de la medida cautelar consistente en la expedición de certificado veterinario animal que posibilite el traslado de las aves para la competición animal que tendrá lugar en territorio extranjero.
Parte recurrida:
- Dicte Sentencia por la que se anule la medida cautelar solicitada por la parte recurrente y desestime el recurso contencioso-administrativo que tiene por objeto posibilitar la expedición del certificado veterinario animal que legitimaría el traslado de aves para su participación en una competición de suelta de palomas al no poseer competencia para expedirlo.
Argumentos
Parte recurrente:
- La obligatoriedad de trasladar las aves de España a Marruecos como consecuencia de ser el lugar donde se producirá la suelta de las mismas.
- La necesidad de disponer del certificado de exportación que se emplea cuando los países receptores de las aves establecen por parte de las autoridades españolas una declaración expresa de que se cumplan determinados requisitos.
- La necesidad de cumplir con el procedimiento médico previo a la exportación, como puede ser el análisis de los excrementos de las aves y otras pruebas para descartar posibles infecciones.
Parte demandada:
- Alega que la parte recurrente no solicita una certificación sobre el estado de salud de sus palomas sino que su principal objetivo es organizar la competición, razón por la cual aporta el plan de sueltas de palomas a realizar en el continente africano.
- Alega que la competición que se quiere realizar es de carácter autonómico con deportistas exclusivamente de la Comunidad Autónoma de Canarias y no de carácter internacional, por lo que quien tiene que expedir el certificado no es esta parte recurrida.
- Aleja que el certificado que se solicita expedir puede ser utilizado para cometer actos que constituirían infracciones administrativas de las tipificadas en la Ley 4/2011, de 18 de febrero, de Fomento de la Colombofilia Canarias y Protección de la Paloma Mensajera de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Normas y artículos relacionados
- Ley 4/2011, de 18 de febrero, de fomento de la colombofilia canaria y protección de la paloma mensajera de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- LEY 8/2003,de 24 de abril,de sanidad animal.
- Real Decreto 993/2014, de 28 de noviembre, por el que se establece el procedimiento y los requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación.
- Orden PRE/847/2016, de 31 de mayo, por la que se establecen los animales y productos incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 993/2014, de 28 de noviembre, por el que se establece el procedimiento y los requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación.
- DECRETO 6/2011, de 20 de enero, por el que se regula el Tribunal Arbitral del Deporte Canario.
- Artículo 149 Constitución Española.
- Artículo 141. Salud, sanidad y farmacia. Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias.
- Artículo 7. , Artículo 18. , Artículo 19. , Artículo 45. , Artículo 43. , Artículo 14. , Artículo 40. , Artículo 60. , Artículo 129. , Artículo 10. Competencias de las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia. , Artículo 130. , Artículo 135. , Artículo 139. Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Documental aportada
- Misma que prueba aportada.
Prueba
La parte demandante en su demanda aportó los siguientes documentos:
- Documento 1: poder para pleitos.
- Documento 2: copia de los estatutos federativos donde se acreditan las facultades del Presidente de la RFCE.
- Documento 3.1 y 3.2: escrito y comprobante de registro de la solicitud de emisión de la correspondiente autorización para la realización de análisis, remitido en fecha 11 de octubre de 2017.
- Documentos 4.1 y 4.1: escrito de interposición y comprobante de presentación en registro de recurso de alzada por la desestimación presunta de la solicitud de emisión de la correspondiente autorización para la realización de análisis remitido en fecha 23 de enero de 2018.
- Documento 5: acuerdo de la Asamblea General de la RFCE de fecha 19 de diciembre de 2015.
- Documento 6: resolución del Secretario del CSD de 29 de junio de 2016.
- Documento 7: Sentencia del TSJ de Madrid de 28 de marzo de 2018.
- Documento 8: carta remitida por CSD a RFCE en fecha de 11 de diciembre de 2013.
- Documento 9: modelo de Certificado Sanitario Específico de Exportación.
- Documento 10: copia de la impresión de la información obtenida en la página web del Gobierno de Canarias, Laboratorio Autonómico de Sanidad Animal.
- Documento 11: escrito de 27 de abril de 2016 comunicando la respuesta a la solicitud efectuada por la RFCE en fecha 14 de abril de 2016.
- Documento 12: escrito de 15 de junio de 2017, por el que el Director General de Ganadería responde al escrito remitido el 19 de mayo de 2017 por el delegado de la RFCE.
- Documento 13: certificado de 4 de junio de 2015 del Laboratorio de Sanidad Animal, sobre analíticas solicitadas a efectos de exportación.
- Documento 14: Dictamen 88/2010 del Consejo Consultivo de Canarias de 24 de febrero de 2010.
Estructura procesal
La parte recurrente:
- Solicita la medida cautelar consistente en que la Administración demandada expida la correspondiente autorización para que sean realizados los análisis solicitados por la parte recurrente y posterior certificado del Servicio de Sanidad para que las aves puedan ser trasladadas.
La parte recurrida:
- Se opone a esta medida cautelar solicitada por la parte recurrente.
El auto con fecha 28 de mayo de 2018, deniega la medida cautelar sin oír a la parte contraria y se hace saber que no cabe interposición de recurso.
El auto con fecha 15 de junio de 2018 estima la medida cautelar y se indica que podrá interponer recurso de reposición.
El recurso de reposición es interpuesto el día 26 de junio de 2018 por la parte recurrida solicitando la desestimación de la medida cautelar solicitada por la parte actora e impugnada por la parte recurrente el 9 de julio de 2018 para que esta sea desestimada.
Este es desestimado y se interpone un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz de Tenerife que falla estimándolo y condenando a la administración demandada a que autorice los análisis y expida el certificado solicitado.
Fecha de la resolución judicial: 07-11-2019
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
- Se estima el recurso contencioso – administrativo y se condena a la parte demandada a que autorice la realización de análisis y emisión del certificado que permita a la parte demandante trasladar las aves desde Canarias a Marruecos.
- Pago de las costas por parte de la administración demandada.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
No puede denegarse a la recurrente la realización de los análisis, teniendo de este modo derecho a que se practiquen, a que se expida las certificaciones que se deriven de estos análisis, no existiendo causa legal para denegar lo solicitado por la parte demandante o recurrente de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/2011, de 18 de febrero, de Fomento de la Colombofilia Canaria y Protección de la Paloma Mensajera de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal o Real Decreto 993/2014, de 28 de noviembre, por el que se establece el procedimiento y los requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación.
Jurisprudencia
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 12-02-2004. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 157449
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 30-06-2006. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 273435
- Tribunal Superior de Justicia de Galicia, núm. 1130/2003, de 28-07-2003. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 161241
- Tribunal Supremo, núm. 0/0, de 18-06-2008. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 199505
- Audiencia Nacional, núm. 0/0, de 06-02-2012. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2383193
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