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Casos de éxito

Resolución de contrato de compraventa de SPA y reclamación de cantidad

La parte demandada, encargada de la construcción del SPA, ha sido condenada a pagar más de 25 mil euros por no cumplir con su obligación contractual

(Imagen: E&J)

María José Tarancón Rodríguez

Abogada, Dra en derecho y economista. Socia fundadora y CEO de CONSULTING Y GESTIÓN INTEGRAL 87 SL.




Tiempo de lectura: 12 min



Casos de éxito

Resolución de contrato de compraventa de SPA y reclamación de cantidad

La parte demandada, encargada de la construcción del SPA, ha sido condenada a pagar más de 25 mil euros por no cumplir con su obligación contractual

(Imagen: E&J)



FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 20-10-2023

Materia: Derecho Civil



Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de compraventa / Incumplimiento de obligaciones del vendedor

Número: 14062

Tipo de caso: Caso Judicial



Voces: COMPRAVENTA CIVIL, Contrato de Compraventa. SPA, RESOLUCIÓN DE LOS CONTRATOS

Documentos originales presentados

El caso

Supuesto de hecho.

Barcelona, 24-03-2020

Ambas partes han contraído un contrato dónde una parte se ha obligado a instalar un SPA, y la otra parte a pagar un precio por ello, al contrato le son de aplicación los siguientes artículos, Art. 1091 CC. Las obligaciones que nacen de los contratos tiene fuerza de ley entre las partes contratantes, y deben cumplirse. En nuestro caso, hubo consentimiento dado que Propiedad cumplió con su parte pero la Empresa SL no cumplió con su obligación de colocar, distribuir y montar el SPA.

Todos los esfuerzos realizados por mi patrocinado, para que realizaran la obra han resultado infructuosos, ya que desde el inicio de las obras, los demandados han puesto excusa tras excusa para no cumplir con la obligación contractual y no colocar el Spa, manifestando excusas varias como que no tenían planos, que no estaba montado el vaso, que no lo habían fabricado, etc.

Cuando les hemos reclamado el pago de los daños y perjuicios causados, así como la reparación de los daños, tampoco han cumplido con su obligación, es por ello que para el cobro de la deuda pendiente y habiendo resultado infructuosos todos los intentos de acuerdo amistoso y de devolución de las cantidades entregadas así como de la resolución del contrato por incumplimiento del mismo, nos hemos visto en la necesidad de interponer el presente procedimiento de Resolución de contrato y Reclamación de cantidad.

Objetivo. Cuestión planteada.

Resolver el contrato por incumplimiento del mismo y reclamar 30.484.04€ en concepto de principal más los intereses legales.

La estrategia. Solución propuesta.

Interponer Demanda de juicio ordinario de resolución de contrato de compraventa y reclamación de cantidad.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Civil
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia
  • Tipo de procedimiento: Procedimiento Ordinario
  • Fecha de inicio del procedimiento: 13-05-2021

Partes

Parte Demandante:

Propiedad

Parte Damandada:

Empresa S.L.

Peticiones realizadas

Parte Demandante:

Se dicte Sentencia por la que se:

a) Determine la resolución del contrato firmado por incumplimiento del mismo,
b) Liquide a mi mandante la cantidad de 30.484.04€ en concepto de principal;
c) Más los intereses legales que se devenguen desde la interposición del presente procedimiento;
d) Las costas causadas y que se causen en este procedimiento.

Parte Demandada:

Se dicte Sentencia acordando la desestimación íntegra de la Demanda con expresa imposición de las costas a la actora, por su manifiesta temeridad y mala fe.

Argumentos

Parte Demandante:

  • Desde el 18 de julio de 2020 hasta el 04 noviembre 2020, tanto la Propiedad como la Dirección Facultativa insistió en numerosas ocasiones a Empresa S.L. por diversos medios (llamadas, WhatsApp, correos electrónicos), que debía iniciarse sin mayor dilación la ejecución e instalación del spa.
  • finales de marzo de 2021 no se ejecutó la tarea programada para septiembre de 2020, siendo el resultado una instalación fallida el 26 de marzo de 2021, un producto con deficiencias y unos daños causados en la ejecución de dicha instalación a un tercero.
  • Durante todo este plazo de tiempo desde el 15 de enero de 2020 hasta el 15 de julio de 2020, mis representados han estado solicitando a Empresa S.L. que si hubiera un retraso en la obra se produciría con los consiguientes perjuicios y sobrecostes en el resto de las partidas de obra (trabajos de parqué, revestimientos de piedra en la zona del spa, impermeabilización, falsos techos, pintura,…).
  • El 23 de julio de 2020 se requirió a Empresa S.L. para que acudieran con un técnico para que validara las instalaciones necesarias para la instalación del SPA, ya que Propiedad había cumplido con todas las obligaciones fijadas en el contrato de compraventa aportado como número.
  • En fecha 8 de septiembre la Propiedad había pagado el 95% del total del presupuesto. Empresa S.L. no apareció en la obra hasta la semana del 21 de septiembre, más de las 6 semanas pactadas en el contrato de compraventa firmado por ambas partes.
  • El 24 de enero de 2021, se les comunica que no retrasen más las obras y su ejecución ya que llevan demasiado tiempo demorando y el resto de la obra está parada con el perjuicio y costes que esto supone a la propiedad.
  • Podemos manifestar que de la documental adjunta, se desprende que Empresa S.L. no realiza la preinstalación y colocación del vaso del spa, quedando los trabajos incompletos, con el consiguiente problema para la ejecución total de la obra ya que hasta que no se realiza la instalación, el resto de industriales no puede hacer su trabajo.
  • Está también acreditado que durante la visita de la obra del 01 marzo 2021, la dirección facultativa inspeccionó y comunicó a Empresa S.L. que la impermeabilización del vaso del spa, era absolutamente deficiente, y que existían defectos de dicha instalación y constructivos, evidentes incluso a simple vista, entre otras, se le reclamó que existía una falta de conexión entre las bocas y los tubos de recirculación bajo el vaso del spa y la falta de sellado generalizado, reclamando que acudieran inmediatamente a realizar cuantas reparaciones fueran necesarias, ya que de la manera que habían dejado el spa, este podía ocasionar filtraciones de agua cuando se probase, como así sucedió.
  • El día 26 marzo 2021 Empresa S.L. realiza el llenado del spa, inmediatamente el agua se filtra a través del vaso del spa hasta el techo del baño de la vivienda situada en el piso inferior (planta primera), provocando filtraciones, una caída de agua que atravesó el forjado y cayó por el falso techo del baño del piso de la primera, afectando a la iluminación, y revestimientos de la citada vivienda.
  • En fecha 6 de abril de 2021 se envía burofax a Empresa S.L. reclamando la resolución del contrato firmado en fecha 24 de marzo de 2020,  y se les reclama el pago de 34.391.74€, en concepto de cantidades entregadas a cuenta de dicho contrato, 14.391.74€ así como los daños y perjuicios que dicha instalación mal efectuada, le han ocasionado y que ascienden a la cantidad de 20.000.00€.
  • El Arquitecto valora el Importe de costes totales de la obra en 10.513.42€, y el Coste base de un nuevo spa en 10.680.00€, los costes ocasionados a Propiedad por los continuos retrasos en la obra en 4.000.00€.
  • Por lo tanto el perito valora los daños y perjuicios ocasionados a la Propiedad por un total de 30.484.04€.
  • Dado que el deudor no ha montado el SPA, ha incurrido en mora, es por ello que debe de responder a indemnizar por daños y perjuicios al demandante por el perjuicio sufrido por el no pago de las cantidades debidas. Art.1108 del CC.
  • Los intereses vencidos se empezaran a reclamar desde el momento en que se insta la reclamación Judicial, es por ello que esta parte reclama los intereses que se empiecen a devengar desde que se inició la reclamación extrajudicial. Art. 1109 del CC.
  • La cuantía se fija en 30.484.04€ más los intereses legales que se devenguen desde la fecha de la interposición de la presente Demanda.

Parte Demandada:

  1. La parte demandada considera que la desviación respecto a la fecha prevista de ejecución de los trabajos fue motivada por diversas circunstancias, algunas de ellas de fuerza mayor debido a las restricciones y medidas derivadas del estado de alarma decretado por el gobierno en relación con el COVID-19, y también por las dificultades que encontraron para coordinarse con otros industriales que intervenían en la obra y que no habían cumplido en tiempo con los requisitos previos para iniciar sus trabajos.
  2. En todo momento se tuvo la intención de iniciar los trabajos según lo convenido, justificado ello por la numerosa correspondencia aportada por la propia actora y la razón principal es la que esta parte ya le expuso a la actora, constando en la numerosa correspondencia que la propia actora aporta al procedimiento.
  3. Por el estado de las fotografias se observará que la obra prácticamente estaba acabada, con la instalación de maquinaria, bañera spa, etc., significando que los trabajos consistían en la entrega de la bañera-spa tal cual está en las fotografias, (el cliente la tenia de recubrir por su cuenta con mármol, y la instalación prácticamente estaba acabada.
  4. Sorprendentemente en la Demanda se solicita la cantidad de veinte mil euros (20.000 €), por el concepto de daños y perjuicios, cantidad fijada de una manera totalmente arbitraria y exagerada, y ni tan siquiera se justifica su cuantía, puesto que la actora satisfizo la cantidad de (14.391,74 €), correspondientes al 95% del precio del contrato, con el siguiente desglose 11.894 +21 % de IVA 2.497,74 o, sea en total 14.391,74, y la actora se ha deducido el IVA satisfecho, por lo tanto pide como daños y perjuicios el doble de lo que ha pagado, 20.000€ cuando ha pagado 11.894, exageradísima e injustificada reclamación, por una obra prácticamente acabada según lo convenido, con el añadido que a mi principal se le impidió el acceso a la misma.
  5. Hemos de tener en cuenta la situación COVID -19, que afecto y está afectando a la capacidad productiva de este país, con el confinamiento de todo el país iniciado en fecha 15 de marzo de 2020.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

Parte Demandante:

  • Documento 1: poder.
  • Documento 2: email enviado a Empresa S.L.  solicitando información técnica necesaria para el SPA.
  • Documento 3: respuesta de la administradora de la Empresa S.L.
  • Documento 4: requerimiento del presupuesto del SPA.
  • Documento 5: email solicitando información respecto al estado del presupuesto del SPA.
  • Documento 6: presupuesto y propuesta del diseño.
  • Documento 7: correos a Propiedad consultando la aprobación del presupuesto.
  • Documento 8: aprobación del presupuesto mediante email.
  • Documento 9: email de Empresa S.L. facilitando sus datos bancarios.
  • Documento 10: Empresa S.L. envía primera factura por el 45% del total del presupuesto y justificante de pago por importe de 6.817.14€.
  • Documento 11: emails solicitando planos.
  • Documento:12: contrato de compraventa.
  • Documento 13: comprobante de pago por importe de 7.574.60 euros.
  • Documento 14: solicitud por 3ª vez los planos a Empresa S.L.
  • Documento 15: planos adjuntados.
  • Documento 16: envío del contrato y oferta firmados por Propiedad
  • Documento 17: petición nuevamente de los planos técnicos.
  • Documento 18: email con el plano técnico solicitado.
  • Documento 19: email de Empresa S.L. solicita a Propiedad el pago del porcentaje pactado antes de la entrega.
  • Documento 20: email contestando que se iba a proceder a realizar el segundo pago.
  • Documento 21: email preguntando cuando tenían previsto la realización de dicho pago.
  • Documento 22: comprobante de reunión entre las partes.
  • Documento 23: factura del segundo pago.
  • Documento 24: llamada telefónica entre las partes.
  • Documento 25: email solicitando no retrasar más las obras.
  • Documento 26: reclamación del estado de las obras y el estado de fabricación del SPA.
  • Documento 27: email de la Empresa S.L. disculpandose por el atraso.
  • Documento 28: email de la Empresa S.L. comunicando fecha de finalización de la obra.
  • Documento 29: email entre el arquitecto y la Empresa S.L.
  • Documento 30: video de filtraciones de agua, afectando al vecino.
  • Documento 31 y 32: emails negando la entrada a operarios y solicitando fecha para continuar con los trabajos.
  • Documento 33: email de los incumplimientos graves y reclamando la devolución de la suma de 14.391.74€ satisfecha hasta este momento más la reclamación de los daños y perjuicios causados.
  • Documento 34: contestación del email, negando el abandono de la obra, de las afectaciones y solicitando continuar con los trabajos.
  • Documento 35: email solicitando repuesta del anterior email.
  • Documento 36 y 37: burofax y comprobante de envío instando a retirar todo el material que está en la vivienda.
  • Documento 38: respuesta al burofax.
  • Documento 39: burofax por parte de la Empresa S.L. aludiendo que se ha finalizado el 70% de la obra y negando el pago de cantidad alguna.
  • Documento 40: constancia del estado de la obra por notario.
  • Documento 41: informe pericial valorando los daños y costes causados.

Parte Demandada:

  • Documento 1: copia de peritaje.
  • Documento 2: fotografías del estado de la obra.

Prueba

Documentales y audiovisuales.

Estructura procesal

  • El 6 de abril de 2021 se envía burofax reclamando la resolución del contrato y reclamación de cantidad.
  • El 13 de mayo de 2021 se interpuso la Demanda.
  • El 21 de julio de 2021 se contesta la Demanda.
  • El 20 de octubre de 2023 se dicta Sentencia por la cual cabe interponer recurso de apelación.

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