Responsabilidad Civil de la comunidad de propietarios por daños derivados de la falta de mantenimiento de la red general de saneamiento
El demandante ha intentado que la Comunidad arreglara los desperfectos del edificio, de más de 50 años de antigüedad, sin éxito
(Imagen: E&J)
Responsabilidad Civil de la comunidad de propietarios por daños derivados de la falta de mantenimiento de la red general de saneamiento
El demandante ha intentado que la Comunidad arreglara los desperfectos del edificio, de más de 50 años de antigüedad, sin éxito
(Imagen: E&J)
FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 07-10-2022
Materia: Derecho Civil
Especialidad: / Derecho Civil / Propiedad horizontal
Número: 14208
Tipo de caso: Caso Judicial
Voces: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, filtraciones de agua, Propiedad horizontal, PROPIEDAD HORIZONTAL, RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, Responsabilidad civil
Documentos originales presentados
El caso
El Sr. Mauro, propietario de un local comercial, interpuso una demanda contra la Comunidad de Propietarios de su edificio debido a los daños continuados sufridos en su local, atribuibles a la falta de mantenimiento de la red general de saneamiento del inmueble. Desde hace varios años, el actor ha experimentado problemas graves en su propiedad, incluyendo malos olores, humedades, hundimiento del suelo y deterioro de la tarima, lo que ha afectado tanto la habitabilidad como la actividad comercial desarrollada en el local.
A pesar de múltiples intentos por parte del Sr. Mauro para que la Comunidad de Propietarios adoptara las medidas necesarias para reparar el saneamiento y prevenir futuros daños, esta no ha mostrado voluntad de actuación. Los problemas en el local se han visto agravados con el tiempo, especialmente tras lluvias, debido al mal estado de los bajantes y arquetas del edificio, que no han sido objeto de mantenimiento adecuado en sus más de 50 años de antigüedad.
La demanda se fundamentó en informes periciales aportados por el demandante, que determinaron como causa de los desperfectos las filtraciones continuadas desde la red comunitaria de saneamiento. El informe incluyó un presupuesto de reparación valorado en 10.083,91 euros. Además, se evidenció que el problema ya era conocido por la Comunidad, como lo demuestra un acuerdo previo de condonación de cuotas comunitarias para reparaciones parciales, las cuales resultaron insuficientes para solventar el origen de los daños.
Ante esta situación, el Sr. Mauro solicitó que se condenara a la Comunidad de Propietarios a abonar la cantidad de 10.083,91 euros, más intereses, por los daños causados, junto con la expresa condena en costas. El tribunal, considerando probados los hechos alegados por el demandante y acreditada la responsabilidad de la Comunidad de Propietarios, estimó la demanda en su totalidad.
Se condene a la Comunidad de Propietarios a pagar la cantidad de diez mil ochenta y tres con noventa y un céntimos (10.083,91.-€) más sus intereses.
Interponer demanda de juicio ordinario en reclamación de cantidad por responsabilidad civil.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia
- Tipo de procedimiento: Procedimiento Ordinario
- Fecha de inicio del procedimiento: 10-01-2020
Partes
Parte Demandante:
D. Mauro
Parte Demandada:
Comunidad de Propietarios
Peticiones realizadas
Parte Demandante:
1. Se condene a la Comunidad de Propietarios a pagar a la parte actora la cantidad de diez mil ochenta y tres con noventa y un céntimos (10.083,91.-€) más los intereses desde la fecha de interposición de la demanda de juicio monitorio
2. Se imponga al demandado la expresa condena en costas.
Argumentos
Parte Demandante:
- La parte actora es propietaria del local comercial.
- Desde hace varios años mi representado viene soportando en su local una situación insostenible debido al incumplimiento de la comunidad de propietarios a la que pertenece de la obligación de realizar las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad. Esta desatención de la comunidad ha provocado que el local del actor sufra malos olores de la red de saneamiento y daños por humedades que afectan a las condiciones de habitabilidad.
- Han sido innumerables las veces que mi mandante ha intentado que la comunidad solucione dicho problema, la cual nunca ha respondido con voluntad real de actuar en consecuencia.
- El perito de la compañía de seguro de la demandante emitió informe que deriva la responsabilidad del siniestro a la comunidad de propietarios, donde determinó las acciones necesarias para la eliminación del origen de los daños, pudiendo constatarse las humedades en la zona inferior de las paredes, hundimiento del suelo de tarima y deterioro del suelo provocado por las filtraciones desde el saneamiento del edificio. Igualmente la arrendataria del local de la demandante comunico siniestro a su compañía de seguros por los daños que sufría su negocio, tienda de pelucas, contestando la citada aseguradora que no podía hacerse cargo del siniestro por tener el origen de los daños en el mal estado de la red enterrada de saneamiento del edificio, correspondiendo a la comunidad demandada la responsabilidad por ello.
- El edificio tiene 50 años de edad y no se ha realizado nunca la sustitución o modificación completa de la red de saneamiento en dicho periodo, por lo que creemos conveniente realizarla para su correcto funcionamiento.
- El demandante requirió los servicios del Estudio de Arquitectos a fin de que informaran sobre patologías y posibles causas para justificar la reclamación por daños. Dicho informe realiza una valoración de acuerdo al presupuesto que se incluye en el mismo que se fija en la cantidad de 10.083,91.-€.
- La comunidad demandada es consciente del daño que padece la demandante, como lo prueba el acuerdo al que hubo que llegar en enero de 2.018 con la administradora de la comunidad, al condonar a mi mandante cuotas comunitarias para destinarlas al arreglo de desperfectos.
- Tras reparar en la medida de lo posible la demandante, en octubre de 2.019 volvió a sufrir daños por el mal estado de las arquetas contiguas al patio común, que también se encuentran en un estado lamentable y carente de todo mantenimiento como se puede apreciar en el informe pericial.
- Coincidiendo con las primeras lluvias el local volvió a sufrir daños consecuencia del mal estado de los bajantes y de las arquetas, sufriendo desperfectos en el suelo de madera de su local, con el consiguiente perjuicio a su arrendataria por el fuerte olor a aguas fecales, lo que imposibilita el normal desarrollo de la actividad comercial en el local.
- A pesar de la evidencia de los daños y del conocimiento de la causa que los origina la comunidad demandada siempre ha mantenido una actitud pasiva sin acometer las reparaciones y obras de manteniendo ni solventar los problemas.
Normas y artículos relacionados
Documental aportada
Parte Demandante:
- Escritura de compraventa acreditativa de la titularidad del local.
- Informe pericial de la compañía aseguradora de la demandante.
- Correo electrónico acreditativo de dicha comunicación por la citada compañía de la arrendataria del local.
- Informe de los servicios del Estudio de Arquitectos.
- Acuerdo de enero de 2018 con la administradora de la comunidad.
- Convocatoria de la última junta.
Prueba
Documentales y periciales.
Estructura procesal
- El 10 de Enero de 2020 se presentó la demanda.
- El 7 de octubre de 2022 se dictó sentencia estimatoria.
Resolución Judicial
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el Sr. MAURO contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, y en su consecuencia, condeno a la demandada abonar al actor la suma de 10.083,91 euros, más intereses correspondientes; con expresa condena en costas de la parte demandada.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
PRIMERO. Para estimar la demanda formulada bastará considerar en la presente resolución que la fundamentación fáctica en la que se apoya la reclamación efectuad se observa suficientemente justificada mediante la documentación aportada singularmente, mediante los informes periciales, en los que se determina el origen de los desperfectos padecidos por et local del actor y se valora el importe de los daños ocasionados al mismo, habiendo sido detalladamente explicados por sus autores en el acto del juicio (peritos), señalando como causa de los daños un filtración continuada de agua procedente de la red general comunitaria de saneamiento, rellenando así la demandante suficientemente la exigencia del art. 217. de la LEC de «probar la certeza de los hechos de los que ordinariamente se desprenda, según las normas jurídicas a ellos aplicables, el efecto jurídico correspondiente a las pretensiones de la demanda», mientras que ta parte demandad no ha cumplido con ta exigencia del art. 217.3 de la LEC de «probar los hechos que conforme a las normas que les sean aplicables, impidan, extingan o enerven la eficacia jurídica de los hechos a que se refiere el apartado anterior», pues no ha desplegado actividad probatoria para contradecir o contrarrestar los fundamentos sobre los que se asienta la reclamación formulada en la demanda (origen de los daños e importe de lo mismos).
SEGUNDO. De conformidad con lo establecido por el art. 394 de ta LEC, las costa deben imponerse a la parte actora.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Burgos, núm. 35/2008, de 30-01-2008. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 424146
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 406/2014, de 04-09-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69299325
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 370/2009, de 15-09-2009. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 1604622
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 203/2014, de 18-05-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69504613
- Audiencia Provincial de Madrid, núm. 490/2009, de 07-12-2009. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 1771415
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 560/2007, de 15-11-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 1643317
Biblioteca
Libros
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