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Casos de éxito

Se declara en situación de incapacidad permanente total a una educadora infantil

La actora reclamó una falta de evaluación adecuada por parte de la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social

(Imagen: E&J)

Alejandro López Royo

Administrador. Abogado en López-Royo Abogados y Asesores Fiscales




Tiempo de lectura: 7 min

Publicado




Casos de éxito

Se declara en situación de incapacidad permanente total a una educadora infantil

La actora reclamó una falta de evaluación adecuada por parte de la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social

(Imagen: E&J)



 

FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 24-05-2023



Materia: Derecho Social

Especialidad: / Derecho Social / Seguridad Social

Número: 14040



Tipo de caso: Caso Judicial

Voces: ACCIDENTE LABORAL, LESIONES, Protección de la salud, PROTECCIÓN DE LA SALUD, Seguridad y salud, TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO

Documentos originales presentados

El caso

Supuesto de hecho.

Madrid., 27-11-2020

En abril de 2019, la demandante inicia una baja por incapacidad temporal por enfermedad común. Después de 365 días, se le concede una prórroga de 180 días. En octubre de 2020, la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social emite un alta médica, a lo que se presenta una Reclamación Previa desestimada. La reclamación se basa en la falta de evaluación de las dolencias del demandante, que incluyen hernias discales, problemas cervicales, migrañas y trastornos mentales. Se argumenta que estas dolencias afectan su salud física y mental, imposibilitándolo para su profesión de Educadora Infantil. Además, se sostiene que trabajar en su estado actual podría poner en peligro a los menores a su cargo. Subsidiariamente, se afirma que las patologías reducen al menos un 33% su rendimiento laboral. La base reguladora mensual es de 2,100 €, con efectos económicos a partir del 24 de septiembre de 2020, fecha del alta médica.

Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo del demandante es obtener el reconocimiento de una Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual como Educadora Infantil. Su intención es que se considere que sus condiciones de salud, que incluyen hernias discales, trastornos mentales, y otras dolencias, le impiden desempeñar adecuadamente las tareas fundamentales de su trabajo, además de plantear preocupaciones sobre la seguridad de los niños a su cargo.

La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado consiste en presentar una reclamación basada en la falta de evaluación adecuada por parte de la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Social
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de lo Social.
  • Tipo de procedimiento: Procedimiento Laboral.
  • Fecha de inicio del procedimiento: 27-11-2020

Partes

Parte demandante:

– Victoria Gómez.

Parte demandada:

– La Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Peticiones realizadas

Las peticiones principales de la parte actora son el reconocimiento de la incapacidad permanente total, la revisión del alta médica y la consideración de las limitaciones funcionales.

Argumentos

Falta de Evaluación Detallada:

Se argumenta que la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social no ha realizado una evaluación adecuada de las dolencias y lesiones del demandante. Se destaca que esta falta de evaluación es la base de la reclamación.

Impacto de las Patologías en la Capacidad Laboral:

Se detallan múltiples patologías que afectan tanto la salud física como mental del demandante. Estos problemas de salud incluyen hernias discales, trastornos cervicales, migrañas, síndrome miofascial, entre otros, y se argumenta que estas condiciones tienen un impacto significativo en su capacidad para realizar su trabajo como Educadora Infantil.

Riesgo para la Seguridad de los Menores:

Se sostiene que, debido a las limitaciones funcionales y de salud del demandante, su desempeño en la profesión de Educadora Infantil podría poner en peligro la integridad física de los niños a su cuidado. Este argumento subraya la importancia de considerar la seguridad en el entorno laboral.

Imposibilidad de Realizar Tareas Básicas de la Profesión:

Se argumenta que las condiciones de salud del demandante le impiden realizar tareas fundamentales de su profesión, como levantar y cargar con niños, mantener posturas repetitivas y realizar actividades que requieren fuerza y atención.

Impacto en el Rendimiento Laboral:

Se indica que, subsidiariamente, las patologías reducen al menos un 33% el rendimiento laboral del demandante, lo que afecta negativamente la productividad y eficacia en su trabajo.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

DOCUMENTAL.

Consistente en se Oficie al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y a la  a fin de que remita todo el Expediente Administrativo Tesorería Judicial de la Seguridad Social de Doña Victoria Gómez y con entrega de una copia adicional a esta parte.

PERICIAL:

Consistente en que se Oficie a la Clínica Médico Forense para que, por el Especialista en Medicina del Trabajo, sea reconocida mi mandante, emitiendo el oportuno Informe sobre su estado médico, detallando las lesiones médicas que padece, sus limitaciones orgánicas y funcionales y repercusión en su vida laboral, y si éstas derivan de una enfermedad común, dando copia del mismo a esta parte, en virtud de los artículos 47.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y artículos 234.2 y 235 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con al menos 15 días de antelación a la celebración del acto del Juicio Oral.

Prueba

Prueba documental y pericial aportada por la parte actora.

Estructura procesal

Demanda Inicial:

Presentación de la solicitud de incapacidad permanente por parte de la demandante ante el INSS.

Resolución del INSS:

El INSS emite una resolución en fecha 29/3/2021 denegando la prestación de incapacidad permanente a la demandante. Esta decisión se basa en la consideración de que las lesiones no alcanzan un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral.

Reclamación Previa:

La demandante, en desacuerdo con la resolución del INSS, presenta una reclamación previa el 29 de marzo de 2021.

Sentencia del Juzgado de lo Social:

El Juzgado de lo Social número 2 emite una sentencia en fecha 13 de junio de 2022, autos nº 1320/2020, desestimando la demanda y ratificando la decisión del INSS.

Recurso de Suplicación:

Presenta un recurso de suplicación impugnando la sentencia del Juzgado de lo Social.

Fallo y Condena:

El fallo del Tribunal condena al INSS y Tesorería General de la Seguridad Social a cumplir con la resolución, reconociendo a la demandante la prestación correspondiente consistente en el 55% de la base reguladora de 956,75 euros, con efectos desde el 09-02-2021, considerando las mejoras y revalorizaciones legales pertinentes.

Resolución Judicial

Segunda instancia

Tipo de recurso: Recurso de suplicación
Recurrente: Demandante.
Fecha del recurso: 29-07-2022
Tribunal: Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Prueba

No hay aportación de pruebas adicionales por ninguna de las dos partes.

Documentación

Documentación aportada en primera instancia.

Resolución judicial del recurso

Fecha de la resolución judicial: 24-05-2023

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Considerando el recurso de suplicación presentado por la parte actora en representación de Dña. Victoria Gómez contra la sentencia emitida por el Juzgado de lo Social en fecha 13 de junio de 2022, se revoca la mencionada sentencia. Se declara a la demandante en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de educadora infantil. Se condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social a acatar y cumplir con esta resolución. Asimismo, se ordena el abono a la demandante de la prestación correspondiente, la cual consiste en el 55% de la base reguladora de 956,75 euros, con efectos a partir del 09-02-2021, sin perjuicio de los topes que pudieran establecerse legal o reglamentariamente, y considerando las mejoras y revalorizaciones legales aplicables.

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
PRIMERO: Se establece que los hechos probados se han extraído del expediente administrativo, la documentación presente en autos y el informe del médico forense, en cumplimiento del artículo 97.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

SEGUNDO: La parte actora impugna la resolución del INSS de fecha 29/3/2021, que le denegó la prestación de incapacidad permanente. La negación se basó en que las lesiones no alcanzaban un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, mientras que la actora argumenta que sus dolencias le impiden llevar a cabo total o parcialmente su profesión de Educadora Infantil. Se destaca que la profesión de la demandante es la de Educadora Infantil, como se evidencia en las nóminas y carta de despido presentadas.

TERCERO: Se hace referencia al artículo 194 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Este artículo establece la clasificación de la incapacidad permanente en distintos grados en función del porcentaje de reducción de la capacidad de trabajo del interesado, evaluado de acuerdo con la lista de enfermedades que se apruebe reglamentariamente. Se mencionan los grados de incapacidad permanente parcial, total, absoluta y gran invalidez como determinados por la legislación.

Jurisprudencia

Biblioteca

Libros

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