Se solicita la división de herencia tras no llegar a un acuerdo judicial
El juez ha aprobado las operaciones divisorias de la herencia, que asciende a 145 mil euros
(Imagen: E&J)
Se solicita la división de herencia tras no llegar a un acuerdo judicial
El juez ha aprobado las operaciones divisorias de la herencia, que asciende a 145 mil euros
(Imagen: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 30-03-2022
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Sucesiones / Sucesión testada
- Número: 13888
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: HERENCIA, La división de la herencia, PARTICIÓN HEREDITARIA, SUCESIÓN TESTADA, Sucesión testamentaria
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho.
Tras el fallecimiento de la Señora Madre en 2019, y tras haber otorgado ésta testamento en agosto de 2018, Estrella y los demás coherederos, hijos también de la causante, declaran sus intenciones de iniciar negociaciones para llegar a un acuerdo extrajudicial para la división de su patrimonio y bienes. Sin embargo, tras conversaciones telefónicas y reunión, envío de Burofaxes, no ha sido posible consumar la adjudicación extrajudicial de la herencia conforme a las disposiciones testamentarias de la finada.
Así, solicitó Álvaro la división judicial de la herencia de su madre, solicitando asimismo la participación de los coherederos, la liquidación de la Sociedad de Gananciales de la causante con su desaparecido esposo y se solicita la formación judicial de inventario.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo del cliente es que, a través de este procedimiento, se proceda a la partición de la herencia de su Señora Madre, asignando en la liquidación-partición a cada uno de sus herederos lo que le corresponde, sin perjuicio de alcanzar un acuerdo entre ellos durante la tramitación de la «Litis».
La estrategia. Solución propuesta.
El abogado argumenta:
- La existencia de un testamento a fecha de agosto de 2018, documento que adjunta junto con el Certificado de Defunción, de Actos de Última Voluntad, Certificado de defunción del padre y Libro de Familia
- Señala que los bienes inmuebles privativos, salvo que apareciesen otros durante la tramitación del proceso son (en base a notas simples del Registro de la Propiedad concerniente a los bienes inmuebles, certificados de los saldos de las cuentas bancarias y declaración del Impuesto de Sucesiones y Donaciones adjuntados como documentos):
- Inmuebles
- Rústica 1 (Huerto)
- Urbana (Planta Baja)
- Rústica 2 (Prado)
- Rústica 3 (Prado 2)
- Rústica 4 (Prado 3)
- Dinero en cuentas corrientes
- Cuenta ahorro abierta 1: 313,74 euros.
- Cuenta ahorro abierta 2: 1214,08 euros.
- Inmuebles
- Argumenta que tras conversaciones telefónicas y reunión, envío de Burofaxes, no ha sido posible consumar la adjudicación extrajudicial de la herencia conforme a las disposiciones testamentarias de la finada.
- Declara que serán de aplicación los artículos 657, 658, 659, 661, 806 y correlativos, así como los artículos 988, 999, 1.006 y concordantes, todos ellos del Código Civil, así como arts. 1052 y 1059 del mismo.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
- Tipo de procedimiento: División Judicial de Herencia
- Fecha de inicio del procedimiento: 07-07-2020
Partes
Solicitante
- Álvaro
Coherederos
- Mireia
- Margarita
- Estrella
Peticiones realizadas
Solicitante
Tenga por promovido juicio especial de división de la herencia de la causante madre y, citados que sean todos los coherederos y demás derechohabientes, se proceda a la división, partición y adjudicación de los bienes relictos de la precitada finada, previa liquidación de su extinta Sociedad Legal de Gananciales, con imposición de las costas a los coherederos que se opusieran temerariamente a ello. Asimismo, que se proceda a la liquidación previa de la Sociedad Legal de Gananciales de la causante madre con su desaparecido esposo, y una vez esto se haya realizado, se solicita a su vez como trámite previo a la división de la herencia la formación judicial de Inventario de la sucesión.
Argumentos
Solicitante
- Existencia de un testamento a fecha de agosto de 2018, documento que adjunta el solicitante de la división judicial junto con el Certificado de Defunción, de Actos de Última Voluntad, Certificado de defunción del padre y Libro de Familia.
- Señala que los bienes inmuebles privativos, salvo que apareciesen otros durante la tramitación del proceso (considerando notas simples del Registro de la Propiedad concerniente a los bienes inmuebles, certificados de los saldos de las cuentas bancarias y declaración del Impuesto de Sucesiones y Donaciones adjuntados como documentos) y en base a los que debe realizarse la correspondiente división son:
- Inmuebles
- Rústica 1 (Huerto)
- Urbana (Planta Baja)
- Rústica 2 (Prado)
- Rústica 3 (Prado 2)
- Rústica 4 (Prado 3)
- Dinero en cuentas corrientes
- Cuenta ahorro abierta 1: 313,74 euros.
- Cuenta ahorro abierta 2: 1214,08 euros.
- Inmuebles
- Argumenta que tras conversaciones telefónicas y reunión, envío de Burofaxes, no ha sido posible consumar la adjudicación extrajudicial de la herencia conforme a las disposiciones testamentarias de la finada, por lo que es necesario el Auxilio Judicial.
- Declara que serán de aplicación los artículos 657, 658, 659, 661, 806 y correlativos, así como los artículos 988, 999, 1.006 y concordantes, todos ellos del Código Civil, así como arts. 1052 y 1059 del mismo para la división de ésta herencia.
Normas y artículos relacionados
- Código Civil.
- Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Artículo 1059. , Sección 5.ª De las legítimas , Artículo 988. , Artículo 1006. , Artículo 657. , Artículo 658. , Artículo 661. , Artículo 989. , Artículo 659. , Artículo 1052. Código Civil.
- Artículo 787. Aprobación de las operaciones divisorias. Oposición a ellas. Ley de Enjuiciamiento Civil.
Documental aportada
Solicitante
- Copia del testamento otorgado por la madre
- Certificado de Defunción
- Certificado de Actos de Última Voluntad
- Certificado de defunción del padre
- Copia del Libro de Familia
- Notas simples del Registro de la Propiedad concerniente a los bienes inmuebles
- Certificados de los saldos de las cuentas bancarias
- Declaración del Impuesto de Sucesiones y Donaciones
Prueba
- Pericial judicial
- Prueba documental
Estructura procesal
Tras el fallecimiento de la Señora Madre en 2019, y tras haber otorgado ésta testamento en agosto de 2018, Estrella y los demás coherederos, hijos también de la causante, declaran sus intenciones de iniciar negociaciones para llegar a un acuerdo extrajudicial para la división de su patrimonio y bienes. Sin embargo, tras conversaciones telefónicas y reunión, envío de Burofaxes, no ha sido posible consumar la adjudicación extrajudicial de la herencia conforme a las disposiciones testamentarias de la finada. Así, solicita Álvaro la división judicial de la herencia de su madre ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, solicitando asimismo la participación de los coherederos, la liquidación de la Sociedad de Gananciales de la causante con su desaparecido esposo y se solicita la formación judicial de inventario.
Admitida a trámite, se lleva a cabo la formación del inventario y la subsiguiente Junta de Herederos en la que no se llega a acuerdo sobre la designación del contador encargado de las operaciones divisorias y peritos que hayan de efectuar el avalúo de los bienes. Por ello, se procede a designar contador por sorteo de entre la lista obrante del Juzgado y que reúne la doble condición de tener despacho en el lugar y conocimientos en la materia. En cuanto al nombramiento de Perito/s, se procede al nombramiento por el contador.
Una vez realizado esto, el contador formaliza el Cuaderno particional, que es finalmente aprobado mediante Decreto por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción en base a la aceptación de las operaciones divisorias de los interesados.
Resolución Judicial
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Aprobar las operaciones divisorias de la herencia de la finada madre por el contador.
De acuerdo a estas operaciones, y en atención a lo dispuesto en el testamento de la causante, el reparto de la herencia será del siguiente modo:
- Estrella:
- Cuadra de planta baja: 25.603’19 €.
- 1/4 Rústica 1: 28.978’77 €.
- 1/4 Rústica 2: 325 €.
- 1/4 Rústica 3: 275 €.
- 1/4 Rústica 4: 75 €.
- Metálico: 1.527’82 €:
- Libreta 1: 313’74 €.
- Libreta 2: 1.214’08 €.
- TOTAL: 56.784’78 €.
- Álvaro:
- 1/4 Rústica 1: 28.978’77 €.
- 1/4 Rústica 2: 325 €.
- 1/4 Rústica 3: 275 €.
- 1/4 Rústica 4: 75 €.
- TOTAL: 29.653’77 €.
- Mireia:
- 1/4 Rústica 1: 28.978’77 €.
- 1/4 Rústica 2: 325 €.
- 1/4 Rústica 3: 275 €.
- 1/4 Rústica 4: 75 €.
- TOTAL: 29.653’77 €.
- Margarita:
- 1/4 Rústica 1: 28.978’77 €.
- 1/4 Rústica 2: 325 €.
- 1/4 Rústica 3: 275 €.
- 1/4 Rústica 4: 75 €.
- TOTAL: 29.653’77 €.
Si apareciesen otros bienes, derechos o acciones, deberían ser distribuidos en la misma proporción que la utilizada por este Contador en el presente cuaderno.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
En las presentes actuaciones para la división de la herencia de la finada se han presentado por el contador las operaciones divisorias, para cuya labor había sido designado. De dichas operaciones divisorias se ha dado traslado a los interesados en la herencia, haciéndoles saber que en el plazo de DIEZ DÍAS podrían formular oposición a las mismas. Los interesados han aceptado las operaciones divisorias del contador.
Establece el artículo 787.2 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil (LEC) que, pasado el plazo señalado a los interesados para poder oponerse a las operaciones divisorias sin presentar la posición o manifestando expresamente su conformidad a las mismas, el Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto aprobando las operaciones divisorias, mandando protocolizarlas, que es lo sucedido en el presente caso.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Navarra/Nafarroa, núm. 211/2018, de 04-10-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71602664
- Audiencia Provincial de Asturias, núm. 483/2018, de 11-10-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71608155
- Audiencia Provincial de Navarra/Nafarroa, núm. 145/2018, de 22-03-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71578303
- Tribunal Supremo, núm. 1112/2020, de 23-07-2020. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71887849
Biblioteca
Libros
- La subrogación real: derechos reales, régimen económico matrimonial y derecho de sucesiones
- Derecho de sucesiones Catalán y Español. Concordancias y discordancias
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