Suspensión del desahucio y obtención de moratoria en defensa de inquilinos vulnerables
La cliente no pudo oponerse al desahucio a tiempo porque no había recibido la notificación correspondiente
(Imagen: E&J)
Suspensión del desahucio y obtención de moratoria en defensa de inquilinos vulnerables
La cliente no pudo oponerse al desahucio a tiempo porque no había recibido la notificación correspondiente
(Imagen: E&J)
Materia: Derecho Civil
Especialidad: / Derecho Civil / Derechos reales / Posesión / Precario
Número: 14095
Tipo de caso: Caso Judicial
Voces: DESAHUCIO, La enervación de la acción de desahucio y la rehabilitación de los contratos de arrendamientos urbanos (artículo 70 de la LC)
Documentos originales presentados
El caso
El caso en cuestión se desarrolla en base a la recepción de un decreto del Juzgado de Primera Instancia de Madrid que resolvía un contrato de arrendamiento entre propietarios e inquilinos, ya que la cliente no había presentado oposición al desahucio dentro del plazo establecido. El desahucio estaba programado para el 11 de septiembre de 2023. Sin embargo, la cliente no pudo oponerse al desahucio a tiempo porque no había recibido la notificación correspondiente, lo que hacía prácticamente imposible detener el proceso.
Se presentó un Recurso de Revisión argumentando la nulidad de las acciones judiciales debido a la falta de comunicación, así como la condición de gran tenedora de la propietaria y la vulnerabilidad social de los clientes por falta de recursos económicos. Además, se demostró que había una menor de 7 años viviendo en la propiedad, lo cual se respaldó con pruebas. El Juzgado suspendió el lanzamiento tras la interposición del recurso, lo que permitió ganar tiempo para los clientes. A pesar de no haber recibido la demanda de desahucio y encontrarse en una situación vulnerable, lograron una moratoria que les permitió permanecer en la propiedad.
El objetivo del cliente es evitar el desahucio y mantenerse en la propiedad. Para lograrlo, buscan la suspensión del lanzamiento y obtener una moratoria que les permita permanecer en el inmueble.
La estrategia del abogado consiste en interponer un Recurso de Revisión ante el Juzgado, argumentando la nulidad de las actuaciones judiciales debido a la falta de comunicación, así como destacando la condición de gran tenedora de la propietaria y la vulnerabilidad social de los clientes por falta de recursos económicos. Además, se busca demostrar la presencia de una menor de 7 años viviendo en la propiedad, respaldando esta afirmación con pruebas.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia.
- Tipo de procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio).
- Fecha de inicio del procedimiento: 07-09-2023
Partes
Parte demandante:
– Propietarios.
Parte demandada:
– Inquilinos.
Peticiones realizadas
Por parte de los propietarios:
– Solicitar la resolución del contrato de arrendamiento.
– Solicitar el lanzamiento del inmueble para el día 11 de septiembre de 2023 a las 10:30.
Por parte de los inquilinos:
– Interponer un Recurso de Revisión.
– Argumentar la nulidad de las actuaciones judiciales debido a la falta de comunicación.
– Destacar la condición de gran tenedora de la propietaria y la vulnerabilidad social de los inquilinos por falta de recursos económicos.
– Demostrar la presencia de una menor de 7 años viviendo en la propiedad.
– Solicitar la suspensión del lanzamiento.
– Obtener una moratoria que permita a los inquilinos permanecer en el inmueble.
Argumentos
Primero.- Disponer el artículo 440 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que si el demandado no atendiere el requerimiento de pago o no compareciere para oponerse, allanarse o allanamiento, ante el Letrado de la Administración de Justicia se tendrá por concluido el juicio de desahucio, imponiendo las costas del procedimiento al demandado y trasladando al demandante para que inste despacho de ejecución, hasta llegar a la misma o solicitarla.
Segundo.- En el caso, viendo la solicitud del demandante hecha al demandado y su posterior ausencia ante este tribunal, se procede a ordenar el archivo del juicio verbal y la devolución del importe de la tasa para que se emplee el expediente en lo que corresponda.
Tercero.- En cuanto a la deuda de renta, el interés moratorio será el previsto en el artículo 576 de la LEC, condenando al demandado al pago de las cantidades adeudadas, así como a las que se devenguen con posterioridad a la presentación de la demanda hasta la efectiva entrega de la posesión de la finca. Se tomará como base para la liquidación de las rentas futuras el importe de la última mensualidad reclamada en la demanda; y de conformidad con el artículo 394.1 y 2 LEC, procede imponer las costas al demandado, ya que, aunque la exposición de motivos de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal señala que se extiende el sistema de Juicio Verbal al Juicio de Desahucio, a diferencia de aquel proceso, en el desahucio sigue siendo preceptiva la intervención de abogado y procurador.
Normas y artículos relacionados
- Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Artículo 440. Citación para la vista. , Artículo 454. Irrecurribilidad del auto que resuelve la reposición contra resoluciones judiciales. , Artículo 394. Condena en las costas de la primera instancia. , Artículo 451. Resoluciones recurribles en reposición. Inexistencia de efectos suspensivos. , Artículo 576. Intereses de la mora procesal. , Artículo 517. Acción ejecutiva. Títulos ejecutivos. , Artículo 22. Terminación del proceso por satisfacción extraprocesal o carencia sobrevenida de objeto. Caso especial de enervación del desahucio. Ley de Enjuiciamiento Civil
Documental aportada
En este caso, se hace referencia a la acreditación de la presencia de una menor de 7 años viviendo en la propiedad como parte de los argumentos presentados en el Recurso de Revisión.
Prueba
Prueba testifical aportada por la parte demandada.
Estructura procesal
1- Inicio del procedimiento: La cliente acude al despacho legal tras recibir el decreto del Juzgado de Primera Instancia de Madrid.
2- Interposición del Recurso de Revisión: El abogado presenta el Recurso de Revisión ante el Juzgado, argumentando la nulidad de las actuaciones judiciales por falta de comunicación, así como la vulnerabilidad social de los inquilinos y la presencia de una menor de 7 años en la propiedad.
3- Admisión del Recurso: El Juzgado admite a trámite el Recurso de Revisión y notifica a las partes involucradas.
4- Pruebas: Se presenta la documentación y evidencia necesaria para respaldar los argumentos del Recurso de Revisión, incluyendo la prueba de la presencia de la menor en la propiedad.
Resolución Judicial
Falta Auto: El juzgado todavía no lo ha remitido.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
Falta Auto: El juzgado todavía no lo ha remitido.
Jurisprudencia
- Tribunal Supremo, núm. 180/2014, de 27-03-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2450705
- Audiencia Provincial de Soria, núm. 8/2000, de 29-01-2000. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 215548
- Tribunal Supremo, núm. 335/2014, de 23-06-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2455625
- Audiencia Provincial de Málaga, núm. 260/2019, de 12-04-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71463950
- Audiencia Provincial de Melilla, núm. 13/2014, de 13-05-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 245900
Biblioteca
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