Usurpación del estado civil para la matriculación de un vehículo de alta gama
Sobreseimiento provisional por falta de autor de los hechos
(Imagen: E&J)
Usurpación del estado civil para la matriculación de un vehículo de alta gama
Sobreseimiento provisional por falta de autor de los hechos
(Imagen: E&J)
FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 19-06-2024
Materia: Derecho Penal
Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Falsedades / Usurpación de estado civil
Número: 14177
Tipo de caso: Caso Judicial
Voces: FALSIFICACIÓN DOCUMENTAL, MATRICULACIÓN DE VEHÍCULO, USURPACIÓN DE ESTADO CIVIL
Documentos originales presentados
El caso
Mónica un día de enero del año 2.023 recibe una llamada de la Agencia Tributaria (en adelante, AEAT) donde le comunican que se ha matriculado un coche de alta gama utilizando sus datos y le preguntan si ha sido ella quien ha adquirido ese vehículo. Sorprendida, abre el documento que la AEAT le indicó que debía rellenar siendo este el modelo 576, y se encuentra que el adquirente del vehículo es una empresa que ella desconoce. Días después, interpone una DENUNCIA por estos hechos ante el juzgado, añadiendo la DENUNCIA que tuvo que interponer hace un año como resultado de un hurto que sufrió donde le hurtaron la documentación. El juzgado en un primer lugar incoó las diligencias previas pero se tuvo que sobreseer la causa provisionalmente porque no se podía atribuir la autoría de los hechos a nadie.
Varios cuerpos policiales de España comienzan con las diligencias ya que se van encontrando varios posibles sospechosos. Esta labor de colaboración policial saca a la luz cuatro nombres de personas que serán investigadas: Mario, Alejandro, Luis y Eduardo que estaban vinculados de alguna u otra manera a la compraventa del vehículo; y también un testigo llamado Diego que declara que adquirió ese mismo coche por Internet al contactar con un tal Luis y le pagó unos 78.000 (SETENTA Y OCHO MIL EUROS) o 80.000 (OCHENTA MIL EUROS) euros en efectivo por el.
La Guardia Civil concluye que se debe de tratar de una red de regularización de vehículos de alta gama que evade impuestos utilizando la identidad de otras personas para llevar a cabo las operaciones de compra de los vehículos para luego venderlos.
A pesar de todas las diligencias llevadas a cabo, tuvo que decretarse el sobreseimiento provisional por parte del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de nuevo ya que aunque los hechos eran constitutivos de delito, no podía atribuirse la autoría de los mismos a nadie.
El objetivo del denunciado es que no se le juzgue por el delito de usurpación de estado civil por el que se le investiga.
La letrada en este caso prestó asistencia legal a su mandante el cual se acogió a su derecho de no declarar y finalmente el proceso no continuó porque se decreto el sobreseimiento provisional.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Penal
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
- Tipo de procedimiento: Diligencias previas del procedimiento abreviado
- Fecha de inicio del procedimiento: 23-01-2023
Partes
Parte denunciante y Ministerio Fiscal
Doña Mónica
Parte denunciada
Don Mario, Don Luis, Don Alejandro y Don Eduardo
Peticiones realizadas
Parte denunciante
Pide que se tenga por interpuesta la DENUNCIA y que se hagan las averiguaciones pertinentes para descubrir quien está detrás de la usurpación de su identidad.
Parte denunciada
Mario se acoge a su derecho de no declarar.
Argumentos
Parte denunciante
Argumenta que repentinamente le llegó una llamada de la AEAT donde le preguntaban si había adquirido un coche y que debía rellenar el modelo 576 y proceder al pago de impuestos por su matriculación, para su sorpresa, ella no había adquirido ningún vehículo y menos aún uno de alta gama. Además, al entrar al modelo 576 que le proporcionó la AEAT vio que el comprador del vehículo era una empresa que ella no conocía.
Añade que hace un año tuvo que denunciar el robo de su bolso donde se encontraba su documentación por lo que posiblemente eso tenía algo que ver.
Parte denunciada
Mario se acoge a su derecho de no declarar.
Normas y artículos relacionados
Documental aportada
- Atestado de diligencias policiales
- Denuncia interpuesta por Mónica en 2.022 a causa del hurto de su bolso con su identificación dentro
- Modelo 576 que la AEAT facilitó a Mónica
Prueba
- Prueba documental
- Prueba testifical
Estructura procesal
- El 20 de enero de 2.023 la AEAT llama a Mónica preguntándole por una supuesta compra de un vehículo y recordándole que debe rellenar el modelo 576 para proceder al pago de impuestos por matriculación ya que todo esto se ha gestionado usando sus datos de identidad.
- El 23 de enero de 2.023, Mónica hace llegar al juzgado una DENUNCIA donde relata estos hechos ya que ella no había matriculado ni comprado ningún vehículo. También adjunta una DENUNCIA que había interpuesto en 2.022 porque le hurtaron el bolso con su documento de identificación dentro.
- El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción incoa diligencias previas pero debe decretar el sobreseimiento provisional ya que no se conoce al autor de los hechos.
- Entre el 24 de junio de 2.023 y el 8 del septiembre de 2.023, varios cuerpos de policía colaboran realizando las diligencias oportunas para esclarecer este caso. Finalmente, obtienen cuatro nombres relacionados con los hechos y un testigo.
- El 7 de febrero de 2.024, el juzgado emite AUTO DE REAPERTURA DE ACTUACIONES tras estos nuevos hallazgos.
- El 19 de junio de 2.024 finalmente el juzgado debe volver a decretar el sobreseimiento provisional ya que no se le puede atribuir fehacientemente a nadie la autoría de los hechos.
Resolución Judicial
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Se decreta el sobreseimiento provisional de la causa con el archivo de las actuaciones por falta de autor conocido de los hechos.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
El Juez considera que de lo actuado se desprende que los hechos investigados son constitutivos de infracción penal, si bien no existen motivos suficientes para atribuir su perpetración a persona alguna determinada y por ello es procedente decretar el sobreseimiento provisional de estas actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 641-2 ª , así como, en su caso, en el art. 779.1 º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Soria, núm. 53/2001, de 10-10-2001. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 207098
- Audiencia Provincial de Madrid, núm. 203/2009, de 11-05-2009. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70104417
- Audiencia Provincial de Zaragoza, núm. 290/2005, de 28-06-2005. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 241462
- Audiencia Provincial de Lérida/Lleida, núm. 298/2012, de 20-09-2012. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2417006
- Audiencia Provincial de Madrid, núm. 324/2004, de 15-06-2004. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 197488
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