Se señala que el artículo 26.2 de la Ley 55/2003 no establece un derecho a la prórroga en el servicio activo hasta los setenta años de edad sino sólo una mera facultad de solicitarla condicionada al ejercicio por el Servicio de Salud –la Administración recurrida– de su potestad de autoorganización en función de sus necesidades […]