Los diputados y senadores no podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva, así lo estable la Constitución Española en su artículo 71.2. Por ello, el juez o tribunal que encuentre méritos para procesar a un senador o diputado a Cortes por causa de delito, se abstendrá de dirigir el […]