Comenzaré indicando que el artículo 71 de la vigente Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, se refiere a la reclamación previa en materia de prestaciones de Seguridad Social, con especial mención a las peculiaridades en la impugnación de altas médicas, estableciendo al efecto los siguientes extremos: “Será requisito necesario para […]