Conforme al artículo 3 de la ley 22/1994 de responsabilidad civil por los daños causados por productos defectuosos ha de considerarse defectuoso aquel producto que no ofrezca la seguridad que cabía legítimamente esperarse del mismo, teniendo en cuenta todas las circunstancias y, especialmente, su presentación, el uso razonablemente previsible del mismo y el momento […]