El artículo 1107 CC se refiere a los daños y perjuicios de los que ha de responder el deudor de buena fe, caso de incumplimiento, exigiendo, como requisito fundamental para su imputación al incumplidor, que esos daños y perjuicios sean consecuencia necesaria de ese incumplimiento. En el caso, la sentencia de apelación resolvió el […]