En aquellos casos de separación legal o ausencia de vínculo matrimonial en los que la guarda y custodia de los hijos es compartida —y siempre y cuando no se de un mutuo acuerdo entre las partes— ambos progenitores deberán tributar en el régimen de «tributación individual». Al menos, así lo ha resuelto el Tribunal Económico-Administrativo […]