Nuestro Derecho de Insolvencia se ha caracterizado, a lo largo de su historia, por el respeto a las garantías reales constituidas por los acreedores. Si la regla general en el concurso de acreedores es la igualdad de trato a acreedores, la pars conditio creditorum, la excepción es el tratamiento de las garantías reales. La garantía […]