De conformidad con el art. 225 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y el 238 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), los actos procesales serán nulos de pleno derecho en los casos siguientes: Cuando se produzcan por o ante tribunal con falta de jurisdicción o de competencia objetiva o funcional. Cuando se […]