Es conocido que para hacer valer nuestro derecho y que no prescriba, es necesario interrumpir la prescripción, requiriendo extrajudicialmente al responsable, de un modo fehaciente, según lo que establece el artículo 1.973 del Código Civil. Por lo que lo normal es interponer un burofax, dentro de plazo, al que consideramos responsable, para detener el transcurso […]