Por Sonia Castro y Raimon Casanellas de INSOLNET, SLP La liquidación y posterior extinción voluntaria y extrajudicial de la sociedad, exige actualmente el previo pago a los acreedores o consignación de sus créditos (artículos 391.2 y 395, 1, b) de la Ley de Sociedades de Capital), e. Es decir, presupone la existencia de un activo suficiente […]