En consecuencia, el Juzgado de lo Contencioso nº 2 de Sevilla la absuelve de la falta disciplinaria grave de la que se le acusaba. Se trata de expresiones que no revelan una actitud de desconsideración hacia sus superiores, compañeros, subordinados o usuarios, y que sólo suponían una crítica en relación con la atención dispensada […]