Incidente concursal promovido por la administración concursal, solicitando la anulación de un acto del deudor que infringe las limitaciones establecidas en el artículo 40.7 de la Ley Concursal. Artículo 40. Facultades patrimoniales del deudor. 7. Los actos del deudor que infrinjan las limitaciones establecidas en este artículo sólo podrán ser anulados a instancia de la […]