La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha declarado que el deudor concursado que tiene suspendidas sus facultades patrimoniales no puede presentar demandas con acciones de índole no personal, ni siquiera con la autorización de la administración concursal. La sentencia, de 14 de septiembre de 2022, subraya que la legitimación para interponer esas demandas […]