Las obligaciones tributarias prescriben a los 4 años, la acción civil para reclamar una deuda del tipo que hablamos prescribe a los 5 años Cuando entre particulares surge un conflicto tributario, este no se resuelve en los Tribunales de Justicia sino ante los Tribunales Económico-Administrativos competentes y en el ámbito de las reclamaciones económico-administrativas. Siendo […]